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LA EXIGIBILIDAD

Enviado por   •  21 de Octubre de 2018  •  999 Palabras (4 Páginas)  •  244 Visitas

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El médico obra amparando por una causa de justificación pues “procede en cumplimiento de sus deberes de función y profesión” (art. 85, inc. 4to.), pero su papel en esta hipótesis es secundaria. Se limita a certificar la necesidad previa del aborto.

La naturaleza jurídica de esta eximente de no exigibilidad de otra conducta, emerge del respaldo que el derecho otorga a la elección de la mujer encima. “El total complejo de cultura de la que el derecho surge”, como expresa Mezger, no puede repudiar el aborto de la mujer, pues sabe certeramente que de no practicarse la embriotomía, se causaría la muerte o un mal grave y permanentemente en la salud de la madre.

Que permitir la libre elección que hace la madre: entre salvarse, pero destruyendo al Feto; preservando el feto, a costa de su vida o de su salud.

- Evitar un mal grave así propio, a los moradores o para cumplir un deber de humanidad o prestar auxilios a la justicia.

No puede asimilarse al estado de necesidad. Aquí no se exige la inminencia del peligro, que si lo precisó a el art. 85, inc. 2.

La excusa que se concede al agente, se limita a:

a) Evitar un mal grave a sí mismo, a los moradores o terceros;

b) Prestar auxilio a la justicia;

c) Cumplir un deber de humanidad.

- El encubrimiento de parientes.

El art. 331 prevé diversas modalidades del delito de encubrimiento personal. En este artículo se parentiza el aparente conflicto, entre el bien jurídico de la administración de la justicia y el orden público, y los motivo subjetivos que impulsaron al encubridor a obrar en forma des concorde con el Derecho. No hay duda que el agente se resiste y enfrenta a la autoridad, precisamente, en instantes críticos en que se busca aplicar una pena o aprehender a una persona por quebrantamiento de la ley penal. Sin embargo, no sufrirá pena alguna, si sus relaciones con la persona perseguida o reprimida son tan estrechas como para ser excusable su conducta. Los motivos que prevalecen no provienen de una situación externa determinante, sino de deberes provenientes del parentesco.

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