Essays.club - Ensayos gratis, notas de cursos, notas de libros, tareas, monografías y trabajos de investigación
Buscar

LECCIÓN 43. LA MONARQUÍA

Enviado por   •  19 de Agosto de 2017  •  5.010 Palabras (21 Páginas)  •  409 Visitas

Página 1 de 21

...

▪ Navarra: costumbre de alzar al nuevo rey sobre el escudo de los ricoshombres.

▪ Aragón: la coronación solemne parece no haber tenido lugar hasta el s. XIII.

▪ León:

⁃ El obispo conduce al rey profesionalmente a la iglesia, invocando sobre el la bendición.

⁃ Despojado de sus vestiduras solemnes declara querer gobernar rectamente y se invita al pueblo a la obediencia.

⁃ Unción.

⁃ Entrega de insignias reales, coronación, se sienta en el trono, misa y procesión solemne.

El poder real:

• Poder en general se denomina potestas en la E. Media.

• Imperium:

⁃ Sentido genérico: todo poder coactivo.

⁃ Acepción técnica: poder que ejerce el gobernante sobres sus gobernados.

⁃ Fuera de España: extenso poder sobre los territorios del Imperio Romano que se atribuye a Carlomagno; y el que se atribuye a Otón I sobre los territorios austro-húngaros.

En España: se utiliza en esta acepción en la segunda mitad del s. XI (Alfonso VI). S. XII (Alfonso I y Alfonso VII).

---------------------------------------------------------------

• El poder real se denomina regnum y el condal comitatus. Cepit regnum significa que se apoderó del poder real, no del territorio.

• Regnare: designa el reinado o el ejercicio del poder real, por lo que el conde reina, aunque no ejerce el regnum.

• Poder dispositivo y ordenador:

⁃ Iussio regia.

⁃ Cautum o mandatum.

⁃ Bann: para designar lo ordenado.

• La desobediencia real hace incurrir en multa. En los casos graves provoca la ira regia y el airatus debe abandonar el reino.

Derechos del rey:

Conjunto de facultades y derechos que el príncipe tiene sobre la honor. Se caracteriza con expresiones como ius regale o comitale (señorío real).

Interés en algún lugar o castillo del rey que pertenece al señorío de alguno de sus súbditos, en el caso de no poderlo adquirir lo recibe en prestimonio o feudo, cumpliendo en relación con él los deberes hacia el señor excepto el homenaje.

Contenido y limitaciones del poder real:

✓ Poder real es amplio, se extiende por todo el reino, pero limitado por:

⁃ Nuevo carácter de la realeza (rectora y no dominadora).

⁃ Las facultades que poseen los señores.

✓ Es fundamentalmente:

⁃ Rector.

---------------------------------------------------------------

⁃ Ordenador.

⁃ Militar

⁃ Facultades que se extienden sobre todo en orden a la Justicia y a la guerra.

✓ No tratan de configurar el reino a su antojo (aceptan lo ordenado conforme a la costumbre).

✓ No legisla en los primeros siglos: se limita a conceder privilegios o exenciones.

✓ S. XI: comienza a legislar, con carácter general:

⁃ Consolidando derecho consuetudinario.

⁃ Dictando medidas de excepción.

⁃ Accediendo a lo que le piden los súbitos.

✓ S. XII: desarrollo de legislación real:

⁃ Influencia del Derecho romano.

⁃ Desarrollo y fijación por escrito de los derechos locales.

Atribuciones del rey:

✓ Mantener el orden y la paz (poder moderador y judicial):

⁃ Aplica las penas más graves, mantiene la paz, juzga a los súbditos.

⁃ Derecho de gracia, repara los agravios e interviene en los conflictos graves.

✓ Acuñación de moneda.

---------------------------------------------------------------

✓ Recepción de los impuestos ordinarios.

✓ Mando supremo militar (congregar el ejército y ponerse frente a él).

✓ Cuida las relaciones exteriores con otros reyes y declara la guerra y hace la paz.

Regnum: poder supremo de dirección.

Potestas regia: no supone un poder efectivo de imperium, excepto en León (s. X).

Diferencias entre Castilla y Aragón, el primero considera que no se puede enajenar al rey las cuatro cosas esenciales (justicia, dirección de la guerra, acuñación de moneda y derecho a exigir

hospedaje). En Aragón la voluntad del príncipe es fuerza de ley (su poder es imperio y dominación).

Dominaticum o señorío o ius regale: derecho real sobre las tierras de realengo similar al de los señores. Tiene la facultad de enajenar y puede cederlo de manera vitalicia a uno de sus familiares.

Limitaciones: No es un poder absoluto:

✓ Religión y moral cristiana y el bien común.

✓ Respeto al ordenamiento jurídico vigente.

✓ Gobierna con su curia, cort o corte.

El gobierno del reino:

✓ Complicado

...

Descargar como  txt (33.7 Kb)   pdf (258.4 Kb)   docx (34.4 Kb)  
Leer 20 páginas más »
Disponible sólo en Essays.club