Sistemas Operativos COMIDAS CENTROAMERICANAS S.A.
Enviado por Eric • 13 de Diciembre de 2018 • 1.381 Palabras (6 Páginas) • 329 Visitas
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De acuerdo a expediente, la declaración de la trabajadora en el Hospital Max Peralta, la planilla del I.N.S., la nota presentada por el patrono, el expediente administrativo y lo recopilado de la investigación en los sistemas de la Caja, es que se comprobó que efectivamente por error del patrono no le reportó los días del mes de febrero 2015, sino que la incluyó hasta el mes de marzo del mismo año, razón por la cual se originó este informe de inspección. La omisión del salario se estableció mediante la información del expediente y los datos patronales, al confrontarla con el reporte del estudio de salarios en planillas que emite la Caja.
Esta situación no libera al patrono de su obligación de reportar la inclusión de sus trabajadores, así como el salario real devengado y notificarlo a tiempo ante esta Institución. Provocando que no se registraran los datos obreros y el salario devengado mensualmente por esta persona, montos afectos por cargas sociales dejados de pagar en su oportunidad, por lo que se generó la planilla adicional.
FUNDAMENTO LEGAL
Lo actuado por esta dependencia tiene fundamento legal en lo dispuesto por el artículo 73 y 74 de la Constitución Política, artículos 3, 20, 37 y 44 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social.
CONCLUSIONES:
1.- La trabajadora laboró al servicio del patrono COMIDAS CENTROAMERICANAS S.A., N° Pat. 2-03101016470-001-071, desde el 13 de febrero de 2015, por error del patrono fue reportada hasta la planilla de marzo de 2015, según la consulta realizada en el SICERE y documentos recabados en la labor de Inspección.
2.- El patrono presentó oficio el 03 de mayo de 2017, vía correo electrónico, a la suscrita, con la finalidad de aceptación que se confeccione la planilla adicional por 01 trabajadora, por omisión de salario no reportado en el periodo del 13 al 28 de febrero de 2015. Prescindiéndose de confeccionarle el Traslado de Cargos, toda vez que en la información salarial existe coincidencia.
3.- Al contar con la declaración de la trabajadora en el Hospital Max Peralta y los documentos que demuestren el salario por parte del patrono, se calcula el salario con lo indicado por el patrono, según sus planillas internas, lo cual coincide con lo reportado en el Instituto Nacional de Seguros.
POR TANTO
Concluida la respectiva investigación y verificados el dato salarial de la trabajadora afectada, procede la planilla adicional por omisión a nombre del patrono COMIDAS CENTROAMERICANAS S.A., N° Patronal Actual 2-03101016470-001-071, dado que quedó demostrado el error del patrono al no reportar el salario del periodo del 13 al 28 de febrero de 2015 a la trabajadora Viviana Otárola Granados, cédula 3-0471-0047, se toma el salario indicado por el patrono de sus planillas internas, las cuales coinciden con lo reportado por el patrono al I.N.S. y lo recabado por el servicio de inspección.
DETERMINACIÓN DE LOS MONTOS EXIGIBLES
Con el propósito de subsanar las anomalías en que incurrió el administrado al no incluir en planillas de la Institución a la trabajadora en estudio, procede la confección de la planilla adicional por omisión, por el período del 13 al 28 de febrero de 2015, según la información obtenida del expediente administrativo y lo declarado por la trabajadora. El total de salarios afectados es de ¢85.833,86 (ochenta y cinco mil ochocientos treinta y tres colones con 86/100), lo cual el patrono debe cancelar a esta Institución el 22.34%, en cuotas obrero patronales en los Regímenes de Salud e Invalidez, Vejez y Muerte que administra la Caja el monto de ¢19.459,00 (diecinueve mil cuatrocientos cincuenta y nueve colones con 00/100), el 5.75%, es decir, ¢4.935,45 (cuatro mil novecientos treinta y cinco colones con 45/100) de los aportes derivados de la Ley de Protección al Trabajador. Más cuotas de otras instituciones, intereses de ley y recargos de no cancelar en la fecha que se establezca en la factura de cobro (estos serán calculados en el momento de la cancelación). Se adjunta al expediente patronal la hoja de trabajo como la planilla adicional que emite el Sistema Institucional de Gestión de Inspección (SIGI) de la Caja.
NOTIFÍQUESE
SUCURSAL SEGURO SOCIAL - CARTAGO
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Licda. Hannia Calvo Barrantes
Inspectora de Leyes y Reglamentos
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Licda. Evelyn Brenes Molina
Jefe a.i. Administrativo
ANEXOS
Hoja de Trabajo
Planilla adicional del SIGI
COPIAS
Expediente patronal
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