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ENTREGA DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP)

Enviado por   •  27 de Septiembre de 2018  •  1.237 Palabras (5 Páginas)  •  508 Visitas

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4.4.- Del Recambio del Equipo de Protección Personal.

Corresponderá a cada trabajador informar a su jefatura directa, de la necesidad de cambio de algún Elemento de Protección Personal o ropa de trabajo. Este último generará una nota de solicitud o pedido del EPP al área que corresponda, de acuerdo a la necesidad requerida.

Los trabajadores deberán inspeccionar los EPP antes de usarlos para garantizar que estén en condiciones óptimas y será responsabilidad del Trabajador de informar de la situación a su Jefe Directo y/o encargado de prevención de riesgos.

4.5.- Reposición de E.P.P

La reposición se realizara de acuerdo al estado que se encuentra el EPP. El trabajador para realizar el cambio deberá presentar y devolver los EPP que se encuentren en mal estado, de esa forma se le repondrá los EPP defectuosos. Sin este canje se entenderá de responsabilidad del trabajador la reposición pertinente a menos que informe oportunamente.

La frecuencia de recambio, será una vez al año, si los elementos se deterioran o pierden de acuerdo a lo indicado en parrado anterior, se realizara el cambio de forma inmediata.

Cada vez que se realice la compra de un E.P.P. La empresa vendedora deberá emitir un certificado en el que se indique que el EPP que se está comprando es de calidad certificada, dicho certificado debe estar firmado por la empresa proveedora.

5. RESPONSABLES.

5.1. Jefe inmediato o superior

Proporcionar a sus trabajadores elementos de protección personal (EPP) adecuados, según tipo de trabajo y riesgo específico presente en el desempeño de sus funciones

5.2. Asesor Prevención Riesgos

Encargado de evaluar los elementos de protección personal (EPP) que soliciten los colaboradores-nuevos puestos y mantener la ficha de control de entrega de elementos de protección personal (EPP) en digital por cada colaborador.

Controlar que la adquisición se efectúe de acuerdo a:

- Las especificaciones técnicas definidas en la licitación o establecidas como resultado de este procedimiento.

- Certificados de calidad, muestras y prototipos de equipos.

5.3. Encargado de bodega

Brindar las facilidades para la entrega de los elementos de protección personal (EPP) solicitados a logística (incluyendo los solicitados para las visitas). Enviar reportes periódicos del consumo de los elementos de protección personal (EPP) del almacén al área de sistemas de gestión.

5.4. Trabajador

- Hacer uso de su equipamiento de protección personal durante la jornada de trabajo. Esta disposición tiene carácter legal y obligatorio, ya que se encuentra contemplada en el artículo 67 de la ley 16.744, no permitiéndose el uso de estos implementos fuera del trabajo.

- Solicitar los elementos de protección personal, de acuerdo al estándar definido en el presente procedimiento.

- Responderá del EPP entregado a cargo por la administración de la empresa.

- Se preocupará por el buen estado del EPP entregados, limpiando o lavando los componentes de estos, de ser necesario.

- El equipo entregado a cargo es intransferible y ningún trabajador puede intercambiarlo con otro. Mantendrá el EPP en buenas condiciones de operatividad para que le brinde la seguridad y protección de acuerdo al riesgo asociado a su trabajo.

- Verificará vencimiento del EPP a cargo.

- Ningún trabajador podrá vender, regalar o traspasar sus elementos de protección personal.

6. ASPECTOS LEGALES.

Código del Trabajo y Reglamentación”, Articulo Nº 184 del 24 de Enero de 1994: “El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.”

- Ley Nº 16.744.

- Decreto Supremo Nº 40. Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales

- Decreto Supremo Nº 594 y modificaciones. Reglamento Sanitario sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

- Decreto Supremo Nº 18./1982 modificado por D.S. Nº 2605 /1994 del Instituto de Salud Pública, que establece la exigencia de controlar la calidad del EPP.

- Normas chilenas oficiales y Normas técnicas internacionales aceptadas.

7. ANEXO

REGISTRO ENTREGA DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP).[pic 2]

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