La obligaciòn cotractual
Enviado por tomas • 2 de Mayo de 2018 • 752 Palabras (4 Páginas) • 338 Visitas
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- ¿Cuáles son las acciones que se pueden iniciar por el saneamiento, en qué plazo, y éstas son excluyentes entre sí?
R/- Acción Redhinitoria
-Acción Estimatoria
- ¿Por su forma, cómo pueden ser los contratos?
R/En Escritura Pública
En Documento Privado
Por correspondencia
Verbalmente
- ¿Cuáles son los contratos solemnes?
R/ Los contratos que por disposición de la ley deben de constar en escritura pública como requisito esencial y son; Mandato, sociedad, Renta Vitalicia y donación.
- ¿Qué es la rescisión de los contratos?
Es la manera de deshacer un contrato, terminarlo de manera anormal, o antes de tiempo.
- ¿Clases de rescisión?
R/-Por mutuo consentimiento
-Por declaración judicial
- ¿Cuál es el plazo para solicitar la rescisión?
R/ Un año, contado desde la fecha de la celebración del contrato.
- ¿En qué consisten los contratos onerosos conmutativos
R/Consiste en que las prestaciones que se deban partes son ciertas desde que se celebra el contrato, de tal suerte que ellas pueden apreciar el beneficio o la pérdida que les cause éste.
- ¿En qué consisten los contratos reales?
R/son los que requieren para su perfección, la entrega de la cosa, art. 1588 ej. Contrato de depósito y Contrato de Mutuo
- ¿En qué consisten los contratos bilaterales?
R/Consisten en que ambas partes deben obligarse recíprocamente.
- ¿En qué consiste la interpretación literal de los contratos?
R/ esta se da cuando los términos o conceptos del contrato son claros y no dejan lugar a duda, sobre la intención de los contratantes. Art. 1593 C.C.
- ¿En qué consiste la interpretación favor debitoris de los contratos?
R/ -Las cláusulas oscuras, ambiguas o contradictorias de un contrato, insertas en modelos o formularios preparados de antemano por uno de los contratantes, se interpretarán a favor del otro contratante.
- Si la duda no puede resolverse por los medios indicados, debe decidirse en favor del obligado.
- Tratándose de una obligación debe estarse, en caso de duda, más por la negativa que por la afirmativa, y viceversa, si se trata de una liberación.
- ¿Cuál es el fundamento legal de la interpretación favor debitoris?
R/
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