Lex mercatoria.
Enviado por monto2435 • 23 de Marzo de 2018 • 1.508 Palabras (7 Páginas) • 246 Visitas
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- Autonomia: La Lex Mercatoria es a-nacional lo que quiere decir que tiene un carácter desvinculante de cualquier normativa nacional o local y no depende de ninguno de estos ordenamientos lo que quiere decir que no requiere de su reconocimiento o aprobacion. 1. Se rige por la normativa del comercio internacional y 2. La Lex Mercatoria tiene una importancia normativa que no depende de la ley local.
Esto tiene sus fundamentos sobre 3 pilares fundamentales:1.Las practicas del día adía de la comunidad internacional del comercio, 2.Los usos codificados en convenciones internacionales y por ultimo 3.Los principios generales del Derecho. Este orden juridico es espontaneo ya que se soporta en la voluntad de las partes quienes ponen en practica su autonomia y el reconocimiento que los estados les ha otorgado, elaborando reglas que se identifican mejor con las necesidades de sus creadores. Pero no consta de solo la creacion de las normas por aprte de los coemrciantes lo que sustentaria la existencia y validez de este orden juridico que presume su autonomia, Tambien consta del reconocimiento por parte de los sujetos directos de obligaciones (Comerciantes) lo que otorga a la reglas cierta validez lo que termina por imponerlas en el ordenamiento juridico. (Empirico).[8]
- Mecanismos de coaccion propia: La Lex Mercatoria en la antigüedad contaban con cortes y tribunales especiales para la regulacion del comercio, algo que en la actualidad sigue con vigencia pero a diferencia de la antigüedad las cortes y tribunales especiales con aval o aprobacion por entes internacionales siendo reconocidos por muchos paises lo que provee a todas las entidades gubernamentales de un marco normativo para la regulacion del comercio.[9]
- Fuentes de produccion normativa de la lex mercatoria:Lo que constituye la Lex Mercatoria no es otra cosa que un conjunto de reglas de comportamiento y cláusulas de interpretacion uniforme y tipicas que se propagan de manera constante y reiterada en el comercio internacional, y estas son asumidas por los particulares en virtud de la presuncion de la existencia una conviccion vinculante.[10]
- Los usos y practicas ya reconocidos por diferentes agencias internacionales: Codificacion o compilacion de las reglas y usos comerciales considerados mas importantes para el desarrollo del comercio internacional, generando certeza al marco juridico de la regulacion del comercio internacional para los comerciantes.[11]
- La estadarizacion de las formas contractuales: Se generan condiciones deneralas y los contratos de tipo, ya que su utilizacion e smuy frecuente dentro del derecho mercantil, ya que involucra amplio volumen de transacciones a sectores concretos. Ya que este tiene una fuerza juridica única que las partes le confieren a partir de su aceptacion social, refiere una importante manifestacion de la lex mercatoria ya que existe un consentimiento , que han sido elaborados de forma equitativa por los organismos juridicos intervinientes en la rama de actividad comercial o mercantil. [12]
- Fuente Subsidiaria: Teniendo como base el articulo #3 y #7
- Articulo #3: La costumbre mercantil: La costumbre mercantil tendrá la misma autoridad que la ley comercial, siempre y cuando no la contrarie manifiesta o tacitamente y que los hechos constitutivos de la misma sena públicos, uniformes y reiterados en lugar donde hayan de cumplirse las prestaciones o surgido las relaciones que deban regularse por ella.
En defecto de costumbre local se tendrá en cuenta la general del país, siempre que reúna los requisitos exigidos en el inciso anterior.[13]
- Articulo #7: Tratados no ratificados y de costumbres internacionales: Los tratados o convenciones internacionales de comercio no ratificados por colombia, la costumbre mercantil internacional que reúna las condiciones del art 3ro, así como los pirncipios genrales del derecho comercial, podrán aplicarse a las cuestiones mercantiles que no puedan resolverse conforme a las reglas precedentes. [14]
BIBLIOGRAFIA Y CIBERGRAFIA
Hildebrando Leal Perez. (2016). Codigo de comercio. Bogota D.c: Uniacademia Leyer
Maximiliano Rodriguez. (2012). RECONOCIMIENTO DE LA LEX MERCATORIA COMO NORMATIVA PROPIA Y APROPIADA PARA EL COMERCIO INTERNACIONAL*. 2012, de Universidad externado de Colombia Sitio web: http://www.emercatoria.edu.co/PAGINAS/VOLUMEN11/HTML2/143.html
Castro giovanni. (2010). Lex mercatoria. 2010, de Derecho comercial Sitio web: http://www.derecho-comercial.com/Doctrina/lexmerc.pdf
Maria del Carmen tovar. (2010). Lex Mercatoria. 2010, de corpo legal Sitio web: http://whttp://www.limaarbitration.net/LAR2/maria_del_carmen_tovar_gil.pdfww.corpolegal.com.gt/index.php/publicaciones/indice/61-lex-mercatoria
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