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Alegaciones

Enviado por   •  26 de Abril de 2018  •  1.377 Palabras (6 Páginas)  •  293 Visitas

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Es necesario ene este punto que señale que El fraude de ley es, sin género de duda, una irregularidad patológica que aqueja al sistema de contratación laboral temporal, siendo conocidos sus principales rasgos y efectos gracias, en parte, al diseño normativo legal y convencional, pero gracias, especialmente, a la hermenéutica judicial de sus principales manifestaciones en la práctica. Así y por lo pronto, es clarísimo que el fraude de ley en un contrato temporal acarrea el carácter indefinido del mismo, con carácter iuris et de iure que no admite prueba en contrario; también es obvio que la ley de cobertura es, sin ir más lejos, un contrato temporal aparentemente realizado con base en la normativa laboral de referencia, pero que, en realidad, se utiliza con la finalidad transgresora de defraudar la estabilidad en el empleo propia, cuando menos vocacionalmente (dada la laxitud del sistema de extinción del contrato en nuestro sistema jurídico) claramente es injusto señalar la temporalidad de un trabajo después de terminado tiempo, hacerlo únicamente denota mala intención y lesividad a la humanidad de los trabajadores despojados de envestiduras protectoras legales y jurídicas.

*ante la situación de que uno o varios de los contratos temporales adolecen de la inexistencia de causa justificativa de la temporalidad, grave trasgresión que se transmite al resto de la cadena contractual temporal posterior, aunque ésta haya sido realizada de modo correcto se trata de un efecto dominó provocado por un contrato abusivo y fraudulento sobre los posteriores (el eslabón viciado de la cadena, en suma) lo que acarrea el carácter indefinido de la relación laboral

y es además necesario señalar que la Demandada acepto pagar prestaciones de otros demandantes en este mismo expediente todos con carácter de empleados interinos, dejando aceptada de manera tacita la legitimidad del reclamo de mis representados.

Recordemos lo que señala el PRINCIPIO DE LA PRIMACIA DE LA REALIDAD que expresa: Que en caso de discordancia entre lo que surja de documentos o acuerdos escritos y lo que ocurre en la práctica, se prefiere lo último. Claramente la practica de estos contratos destila permanentes funciones y permanentes obligaciones patronales, hay innegablemente una relación indefinida de trabajo.

Como es posible que mis representados no puedan tener acceso a sus prestaciones laborales? Es una necesidad que tengan acceso a ese tipo de indemnizaciones sociales, ellos no realizaron absolutamente nada que fuera causa de despido, ellos no fueron sujetos a situaciones irregulares producidas por su desempeño laboral, simplemente se violo su estabilidad laboral, se les defraudo en cuanto a ley por ser contratados de forma engañoso por tanto tiempo..

Su señoría es necesario hacer justicia en este caso particular.

A Ud. su señoría por medio de este órgano jurisdiccional con el respeto que acostumbro en mis comparecencias PIDO: tener por manifestadas las alegaciones finales de esta parte actora, tomar en consideración y usar las normas mas favorables que puedan ser aplicables para el trabajador, impartir justicia no ley, hacer que ley se acerque a la justicia, reconocer el derecho que mis representados tienen como trabajadores permanentes a sus prestaciones sociales, y en todo lo demás resolver de conformidad a la justicia y el derecho.

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