EPIDEMIOLOGIA DE HIPOACUSIA NEUROSENSORIAL
Enviado por Jillian • 3 de Enero de 2019 • 1.543 Palabras (7 Páginas) • 372 Visitas
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RESPONSABILIDADES
- ES FUNCIÓN DE OAL: implementar, mantener y garantizar la calidad de los programas de vigilancia ambiental de los trabajadores expuestos ocupacionalmente a ruido en sus empresas afiliadas.
- ES RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA (EMPLEADOR) la implementación de las medidas de control de ruido recomendadas por OAL a los cuales se encuentran afiliadas.
- EN LOS TRABAJADORES recaerá la responsabilidad de cumplir con los procedimientos, indicaciones y requerimientos que sus empleadores consideren necesarios para la protección de la salud auditiva, como también deber realizarse las evaluaciones de salud efectuadas por los administradores del seguro.
- LOS ORGANISMOS FISCALIZADORES DEL ESTADO (Inspección del trabajo y autoridad sanitaria regional)
EVALUACIÓN AUDITIVA
Objetivo: Realizar revisiones periódicas de la audición con el fin de detectar en forma precoz los efectos del ruido y realizar seguimiento de la efectividad de las medidas de control implementadas.
CONSENTIMIENTO INFORMADO
Antes de la evaluación de la salud auditiva del trabajador, se debe entregar un documento tipo que indique los objetivos y riesgos de la evaluación, los exámenes e instrumentos que se le aplicarán y los resguardos definidos por el profesional, para garantizar la confidencialidad de la información generada y su accesibilidad. Este documento entrega el consentimiento del trabajador para la evaluación de la salud y no para la entrega de resultados a la empresa.
Ley N° 19.628, referida a la protección de la vida privada, por la Guía Técnica y Ética para la Vigilancia de la Salud de los Trabajadores
EVALUACIÓN AUDITIVA
AUDIOMETRÍAS: Consiste en el examen que permite determinar los umbrales de audición aéreos en el rango de frecuencias de 500 Hz a 8000 Hz, en terreno o cámara audiométrica
Audiometría
- Sin Daño Médico Legal: ≤ a 25 dB (frecuencias 1KHz, 2kHz, 3KHz, 4KHz, 600KHz)
- Con Daño Médico Legal: > a 25 dB (frecuencias 1KHz, 2kHz, 3KHz, 4KHz, 600KHz)
Por cada 1 dB de pérdida, entonces se pondera 1,5% de pérdida de audición, por ejemplo, pérdida de 26 dB multiplicado por 1,5%, es un 39% de pérdida de audición. 67 dB de pérdida es 100% de pérdida de audición.
AUDIOMETRÍA:
-Audiometría Base
-Audiometría de seguimiento
-Audiometría de confirmación
-Audiometría Egreso
AUDIOMETRÍA BASE
Audiometría debe ser realizada dentro de 60 días de iniciada la exposición ocupacional a ruido a niveles iguales o superiores al Criterio de Acción.
*Si presenta una Incapacidad de Ganancia, IG ≥15%: Audiometría de confirmación
AUDIOMETRÍA SEGUIMIENTO
Permite determinar en forma periódica los umbrales de audición a través de una audiometría. Los resultados se deben comparar con la audiometría base o con la última audiometría de seguimiento o de confirmación, según corresponda.
Si presenta un descenso de 15dB o más en relación con audiometría base: Audiometría de confirmación
Periodicidad de Audiometría de seguimiento Nivel de Seguimiento
Exposición ocupacional a ruido
Periodicidad de audiometrías
I
82 dB(A) ≥NPSeq8H≤85dB(A)
50% ≥Dosis≤100%
Cada 3 años
II
85 dB(A) ≥NPSeq8H≤95dB(A)
100% ≥Dosis≤1000%
Cada 2 años
III
NPSeq8H>95dB(A)
Dosis>1000%
Cada 1 año
IV
Presencia de ruido impulsivo
(≥135 dB (C))
Cada 6 meses
PERIODICIDAD DE AUDIOMETRÍA DE SEGUIMIENTO
La periodicidad varía según la presentación de casos especiales, cambiando de nivel de exposición según sea el caso:
- Si hay una HNSL ≤45 dB y el trabajador se encuentra en Nivel I, pasa al Nivel II
- Si hay una HNSL ≥45 dB y el trabajador se encuentra en Nivel I o II, pasa al Nivel III
- Si hay presencia de Ototóxicos y el trabajador se encuentra en Nivel I, pasa al Nivel II
- Casos especiales como edad mayor a 50 años, diabetes, hipertensión, puede cambiar el nivel de exposición
AUDIOMETRÍA DE CONFIRMACIÓN
Corresponde a una audiometría efectuada en cámara audiométrica que debe ser realizada para confirmar la variación de los resultados obtenidos en la audiometría seguimiento.
Este tipo de audiometría debe ser realizada dentro de los 30 días luego de efectuada la audiometría de seguimiento.
-Si presenta una Incapacidad de Ganancia, IG
-Si presenta una Incapacidad de Ganancia, IG ≥15%: Evaluación Audiométrica Médico Legal
EVALUACIÓN AUDIOLÓGICA MÉDICO LEGAL (EAML)
Es una evaluación médica que tiene la finalidad de confirmar la HNSL, y si presenta una Incapacidad de Ganancia, IG ≥15% que corra el seguro de la Ley 16.744.
IG ≥15%: Comisiones de Medicina
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