TEMA- INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY
Enviado por Helena • 15 de Junio de 2018 • 2.201 Palabras (9 Páginas) • 505 Visitas
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Entonces habiendo planteado lo anterior, teniendo en cuenta los distintos escenarios planteados, aunque se establezca que el feto sea considerado una persona desde la concepción, como no es permisible el disponer del cuerpo de otra persona aun cuando tu vida dependa de ello, esa persona (en este caso la madre) no tiene la obligación moral de acceder a esta situación. Ya que si en este momento le dijeran que tiene que pasar conectado con una persona durante nueve meses vía intravenosa para que otra persona sobreviva, teniendo en cuenta de que el hecho de desconectarlo de ti significa la muerte de otro, ¿estás obligado moralmente a acceder? Aunque tu vida no corra ningún riesgo no estas moralmente obligado a hacerlo, ahora en los casos en donde la vida de una madre si se encuentre en riesgo, mucho menos se puede le obligar a arriesgar su integridad física y negarle su decisión sobre su cuerpo. Porque nadie tiene el derecho a disponer de tu cuerpo o de alguna parte de él, a menos que tú le otorgues permiso, y a nadie se le puede exigir que brinde tal permiso.
Con lo anterior, en el planteamiento ético donde tanto el feto como la madre son considerados personas, no existe ningún escenario posible en donde la madre se le pueda negar su derecho legítimo a disponer íntegramente de su cuerpo, incluso de alguna parte en específico. Esto nos deja entonces claro que en este tipo de casos no se le tiene porqué negar ese derecho a la mujer.
Ahora tomando en cuenta que los dos, tanto el feto como la mujer embarazada son igualmente considerados como personas en los distintos escenarios posibles, sería muy difícil para un tercero decidir entre a quien debe salvar o a quien debe dejar morir. En la cuestión del embarazo se puede considerar como la relación de dos seres en la cual una tercera persona (puede ser un médico) se vea en la situación donde peligre la vida de la madre y se vea amenazado el derecho del feto (considerado como persona) a la vida; es decir, de la misma forma en que no es permisible el sacrificar a una persona para salvar a otra, no se puede decidir privar del derecho a la vida del feto para salvar a la madre. En este caso se puede mencionar la llamada Teoría del doble efecto de John Finnis, la cual podemos ejemplificar cuando la tercera persona por ayudar a preservar la madre gestante realiza una serie de acciones, sin la intención de violentar los derechos del feto, aunque estos traigan por consecuencia, ni premeditada, ni previsible, el feto no fue visto como “medio” en ningún momento, siempre se consideró con un “fin”, no se podría decir que esta persona no actuó éticamente o moralmente correcto.
En esta situación los criterios para determinar si una acción es moral o inmoral, no suelen estar muy claros, ahora, si dependiera de la intención con la que se realiza el aborto terapéutico (dado por razones médicas) la muerte del feto puede ser vista como una consecuencia no premeditada y no deseada, ya que la acción para ayudar a la mujer que se encuentre en riesgo su salud se hubieran dado con o sin la presencia del feto; es decir, que la muerte del feto no se pretende de ninguna manera con la acciones realizadas. Por otro lado la acción de la tercera persona podría implicar solamente una negación de ayuda o de auxilio, pero en ningún momento se realiza con la intención que se concrete como un ataque directo hacia la integridad del feto.
En la teoría de John Finnis nos encontramos con una imagen del embarazo donde la mujer es un contenedor; es decir, un cuerpo que contiene a otro en la cual no se puede ver como una unidad y es imposible deslindar entre dos diversas realidades, en donde se pueden ver de los lados tanto como una víctima como un verdugo. En este caso la intervención de un tercero a veces es necesaria como un mediador en donde se proteja la vida de un ser no nato frente a madres desaprensivas, y por supuesto visto de otro modo, un mediador que proteja la vida de una mujer en una situación donde peligre su salud por la existencia de una dependencia de otro ser sobre su cuerpo.
Entonces con lo mencionado a cerca de las implicaciones éticas que rodean al aborto, y nos encontramos en una situación en donde aunque sean considerados por igual a la madre y al feto, ¿sería justo criminalizar el acto de un médico, en este caso aborto terapéutico, que sólo tomo acciones para salvaguardar la vida de la madre?, por supuesto que no ya que él está actuando regido por su moral y sus valores con el único fin de cumplir con su labor.
En conclusión, retomando la premisa de la libre decisión de la madre con respecto a su cuerpo, y a favor de la despenalización del aborto terapéutico, reafirmo, con lo anteriormente redactado mi postura a favor, ya que considero que de esta forma no se pretende o no se violentan de ninguna forma los derechos ni la dignidad de ningún ser sintiente y/o consiente de sí mismo, y además, son alternativas en las cuales no se vean prohibidos los derechos de nadie ni castigadas las acciones de terceros que no tienen ninguna mala intención. Es por eso que aunque existan siempre argumentos en contra de la interrupción del embarazo, sea cual sea su caso, yo pienso que de alguna forma solo estando presentes en un situación así sabremos realmente lo que pasaría, y posiblemente siempre sea la mejor opción, en la cual no te arrepientas después, claro que eso es independiente y varia con cada persona, es por eso, que una vez más reafirmo mi postura a favor de la libre decisión.
Referencias
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Luna, Florencia & Salles, Arlen. Decisiones
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