Contratualismo
Enviado por Albert • 16 de Noviembre de 2017 • 1.140 Palabras (5 Páginas) • 293 Visitas
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Rawls, uno de los mas grandes exponentes del contractualismo kantiano, también se expresa sobre el contrato social, como una teoría de posición general, la cual establece que “Un contrato puede otorgar igual consideración a cada una de las partes, pero sólo si se negocia desde una posición de igualdad” (1971, p 274), sustituyendo el estado de naturaleza tradicional por posición de contratación la cual a cada parte otorga una consideración imparcial a los interesas de cada miembro de la sociedad. Por esto algunos kantianos encontraban una relación con la teoría que manejaba Rawls, poniendo al estado de manera que otorgara de manera imparcial los intereses de cada uno de los miembros de la sociedad, pero a pesar de que el contractualismo hobbesiano, al igual que el kantiano ofrece una explicación a la idea de que somos, por naturaleza iguales, se diferencian en el hecho de que para los kantianos, esta igualdad se refiere a la moral y no a la desigualdad física, como lo explica el contractualismo hobbesiano.
Mientras que Gauthier parte de la supuesta existencia de una igualdad de fuerza física entre los miembros de una interacción social, que se hace manifiesta en el dicho de que el acto mas insignificante puede alterar los resultados que genera el egoísmo racional, por lo tanto se establece que tiene una relación directa con el contractualismo de Hobbes, el cual habla de una actitudes egoístas racionales donde sus actores se encuentran en una misma situación de igualdad. En el mundo existen contingencias o situaciones que intervienen en los planes de acción que tiene el sujeto dentro de una sociedad persiguiendo la maximización de sus propias utilidades.
Se puede concluir que la mayoría de veces se piensa que el contractualismo se fundamenta en la moralidad pero luego se profundiza en la obligatoriedad del acuerdo, pero en la modernidad, los términos cambian ya que el acuerdo no es más que un recurso para identificar las exigencias de imparcialidad o beneficio mutuo, que constituyen el fundamento real de la obligación; pero la afirmación mas común es que las teorías contractualistas se encuentran comprometidas con una persona que hace parte de la sociedad, como un producto de un acuerdo entre los individuos. No solamente se debe relacionar con las teorías del contrato, ya que el texto no explica acerca de los antecedentes, ni de las conclusiones, dado que cada contrato se efectúa como mejor beneficie a ambas partes. En cierto sentido no existe una ética en las relaciones contractuales, sino que es considerado como un recurso para efectuar un contrato social, que rija y obligue a cada una de las partes que componen una sociedad.
Referencias bibliográficas
- Rawls, J.: A Theory of justice (Londres: Oxford University Press, 1971). Trad. esp. Teoría de la Justicia, Méjico, FCE, 1978.
- Kymlicka, W: La tradición del contrato social
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