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IMPACTO SOCIAL DE LOS FEMINICIDIOS EN EL ESTADO DE MÉXICO (anteproyecto)

Enviado por   •  22 de Agosto de 2017  •  1.471 Palabras (6 Páginas)  •  1.084 Visitas

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¿Cómo se vincula la omisión en la impartición de justicia y la discriminación de género en los feminicidios en el estado de México para producir un patrón de impunidad?

Capítulo I MARCO CONTEXTUAL

Delito: Conducta típica, antijurídica y culpable constitutiva de infracción penal. Eugenio Cuello Calón define el delito como una acción antijurídica, típica, culpable y sancionada con una pena.

Ciencias Forenses: conjunto de disciplinas cuyo objeto común es el de la materialización de la prueba a efectos judiciales mediante una metodología científica. Cualquier ciencia se convierte en forense en el momento que sirve al procedimiento judicial.

Feminicidio: es un neologismo creado a través de la traducción del vocablo inglés femicide y se refiere al asesinato de mujeres por razones de género.

Derechos Humanos: son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.

Homicidio: el que priva de la vida a otro

Capitulo II MARCO TEORICO

Si bien es cierto que en el caso de México la Sentencia de Campo Algodonero significó un impulso para la tipificación del feminicidio, fue hasta 2011 cuando se comienza a concretar la tipificación como delito autónomo en los estados. Sin embargo, en años previos a la publicación de dicha sentencia, existieron algunos esfuerzos y discusiones en el ámbito legislativo para considerar el feminicidio como un nuevo delito.

En el año 2006 se realiza el primer esfuerzo de tipificación impulsado por Marcela Lagarde, quien entonces fungía como Diputada Federal. La propuesta de tipo penal consistía en considerar el feminicidio como un crimen de lesa humanidad. Esta propuesta tenía congruencia con los estudios y reflexiones sobre la problemática, realizados por Marcela Lagarde hasta ese momento; la impunidad documentada en los casos, hacía del feminicidio un crimen de Estado. Las discusiones polémicas en torno a la propuesta impidieron que prosperara.

Otro antecedente legislativo fue la propuesta impulsada por la Diputada Marina Arvizu en el año 2008, quien, a diferencia de Lagarde, hace un primer intento por acreditar el feminicidio a través de diversas circunstancias que hicieran visible la misoginia y la discriminación. Considera el feminicidio como la privación de la vida de una mujer mediante cualquiera de las siguientes conductas, por mencionar algunas: la construcción de escenas delictivas denigrantes, las lesiones que evidencian un trato degradante y destructivo, la intención de realizar un delito sexual y la existencia de delitos realizados con antelación, considerados como violencia familiar.

Asimismo, la doctora Guadalupe Ramos Ponce, como parte de su tesis doctoral Análisis georeferencial del feminicidio en Jalisco, México. 1997-2007. Tipificación del feminicidio. Acceso a la justicia penal y a una vida libre de violencia para las mujeres, publicada en 2008, elabora una propuesta de tipificación del feminicidio a partir del modelo conceptual de la doctora Julia Monarrez. En esta propuesta considera el feminicidio como el homicidio de una mujer perpetrado por un hombre, el cual se agrava, a nivel estatal, cuando éste se realiza dentro del ámbito familiar o la víctima es infante. Estas iniciativas contribuyeron a evidenciar la necesidad de tipificar penalmente el feminicidio y reconocer este tipo de asesinatos como un delito grave.

Capitulo III Marco histórico

El trato hacia la mujer a través de la historia de México

México se ha caracterizado por ser un país de corte machista desde los inicios de su historia, y esto tal vez se halla reforzado con la influencia de otros países en este capítulo se tratara de explicar como ha sido el trato hacia la mujer a través de la historia de México y para ello se retomara desde las tribus prehispánicas.

Capítulo IV Regulación del Feminicidio

En este capítulo se explicara cuales son los lineamientos de la actuación como son:

- Acciones preliminares al traslado del personal de investigación al lugar de investigación.

- Primeras diligencias en el lugar de investigación.

- Lineamientos generales de la investigación.

- Lineamientos específicos de la investigación.

Capítulo V Feminicidio en el estado de México

El estado de México cuenta con un territorio que representa el 1.1% de la superficie total del país. Ubicado en la región central, esta conformado por 125 municipios.

En los últimos tiempos el estado de México se han manifestado problemáticas que repercuten en violaciones graves de los derechos humanos.

En este capítulo se abordara la violencia contra las mujeres , la problemática del feminicidio en el estado de México.

CONCLUSIONES

Se puede concluir que aparatir de los resultados de los análisis de la investigacion se confirma la discriminación de genero, la omisión en la impartición de justicia y la violación de los derechos humanos de las mujeres, son factores que reproducen el feminicidio en el estado de México, los cuales se concretan en la mentalidad de los operadores de justicia.

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Bibliografía

Código penal Estado de México

Doc. PDF Estudio de la implementación del tipo penal del feminicidio en México: Causas y consecuencias.

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