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El aborto es un tema controversial Antecedentes del aborto

Enviado por   •  24 de Diciembre de 2018  •  2.447 Palabras (10 Páginas)  •  391 Visitas

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[…] un embarazo no deseado, que se define como un rechazo activo y razonado de la concepción durante las primeras semanas de gestación, tiene como consecuencia un mal desarrollo en la niñez y una gran cantidad de dificultades y problemas que empeoran en la adolescencia y en la primera edad adulta, en comparación con el desarrollo social de los hijos deseados.[3]*

A partir del siglo XVII varios países del mundo crearon leyes que prohibían el aborto. Para principios del siglo XX se empieza a despenalizar el aborto cuando la vida de la madre corra peligro con fin de proteger su salud. Islandia es el primer país que legaliza el aborto terapéutico en ciertas circunstancias, en el año 1935. En los Cincuenta la mayoría de los países del ex bloque soviético lo legalizan cuando el aborto es voluntario en el primer semestre de embarazo. A finales de los años sesenta y principios de los setenta, casi todos los países industrializados de Europa y Norteamérica despenalizan el aborto en el primer trimestre de embarazo, ampliando las circunstancias en que se permite, el motivo de la despenalización fueron las revoluciones sexuales y las luchas feministas de esos años. Los países europeos más católicos se mantuvieron más firmes al legalizarlo, mientras que los países escandinavos y anglosajones fueron más sensibles hacia el derecho de decidir de las mujeres.[4]

El aborto en México

En México, la práctica del aborto está penalizada en diferentes estados de la República Mexicana, con excepción de la Ciudad de México existe un consenso cada vez mayor respecto a la importancia del aborto como problema de salud pública, reconocido así desde 1973 en el proyecto de la Ley General de Población. Durante las últimas tres décadas distintos sectores sociales han elaborado iniciativas para liberalizar las leyes sobre el aborto, se han enfrentado las ideologías de la Iglesia católica y de los grupos más conservadores de la sociedad mexicana que defienden el derecho a la vida desde la concepción y pugnan por leyes aún más restrictivas. Los argumentos morales y religiosos contra la interrupción del embarazo bajo cualquier circunstancia han entorpecido la discusión pública sobre el aborto e impedido que la sociedad mexicana en su conjunto tenga una percepción clara sobre sus repercusiones sociales y sanitarias.

En los últimos años, esta situación ha empezado a cambiar. El movimiento de mujeres y otros sectores sociales involucrados en la promoción de los derechos de las mujeres y en el mejoramiento de sus condiciones de salud han intensificado sus esfuerzos para hacer visible la compleja situación del aborto. El debate público sobre el tema ha empezado a adquirir nuevos matices y recientemente se han logrado algunos avances para modificar las leyes. Por otro lado, distintas encuestas de opinión sobre el aborto han mostrado que buena parte de los habitantes del país tienen opiniones que no coinciden con las de la Iglesia católica y otros grupos conservadores, dichas encuestas de opinión para Carmen Martínez Ten:

Dice mucho sobre nuestra sociedad el que el debate sobre el aborto, sobre su despenalización y su realización en términos sanitariamente adecuados, se haya desviado normalmente hacia una discusión en torno a principios morales abstractos, alejados de la realidad cotidiana de los seres humanos concretos, y muy en especial de la realidad cotidiana de las mujeres. Se invocan criterios morales y jurídicos mientras las mujeres de carne y hueso, las vidas reales de esas mujeres concretas, pasan al segundo plano de la anécdota.[5]*

Basándonos en la evolución jurídica el aborto ha presentado una serie de avances notorios, tomando como punto de partida los Anteproyectos del Código Penal para el Distrito Federal de 1949 y 1958, así como el Anteproyecto de Código Penal Tipo para la República Mexicana de 1963.

Retomando a Olga Islas, se establecen las disposiciones de los Códigos y anteproyectos mencionados[6]*, en el Código penal de 1931, el cual sigue vigente a nivel Federal sin cambio en cuanto al tipo penal del aborto, haciendo alusión a la muerte del producto de la concepción.

El avance que se dio en el Código de 1929, fue la adición del supuesto aborto no punible, cuando este resultara de una violación, ya que se debe de proteger a la mujer ultrajada.

A partir de la reforma al artículo 122 constitucional, públicada en el DOF el 22 de agosto de 1996, se faculta a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para legislar en materia penal, todo lo que concierne a la regulación de los delitos del fuero común, entre los que se encuentra el aborto.

El 27 de enero del 2004, se publica la primera reforma al nuevo Código Penal en materia de aborto, la cual aumenta la sanción que constaba de 3 a 6 años de prisión para pasar de 5 a 8 años cuando se cometiera el aborto sin consentimiento de la mujer, o cuando se obligaba a la mujer por medio de violencia física o moral el cual era una sanción de 6 a 8 años ampliándose de 8 a 10 años, quedaba como excluyentes de responsabilidad penal las causales de aborto no punibles.

Con la reforma de abril del 2007 en la Ciudad de México, el aborto se despenaliza, siempre y cuando se realice antes de las 12 semanas, los puntos relevantes de dicha reforma se observa; la definición del tipo penal, definición del embarazo, incorpora la penalización cuando la mujer practique el aborto después de las 12 semanas de embarazo con sanción de 3 a 6 meses de prisión o de 100 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad y define el aborto forzado.

El aborto, al ser legal ha ido aumentando con mayor velocidad en la Ciudad de México a diferencia con otras entidades de la República Mexicana, del periodo de abril 2007 a mayo del 2015, en la página electrónica del GIRE, se puede observar la grafica de las entidades de origen de mujeres que interrumpieron legalmente su embarazo en la Ciudad de México[7].

Las controversias por el tema siguen trayendo consigo dos posturas, por consiguiente en el 2008 los congresos locales de distintas entidades federativas han emprendido unas iniciativas legales para reformar las constituciones estatales en materia de aborto volviéndolos más restrictivos, a favor del derecho a la vida desde la concepción, para el 2009 dichas reformas prosperaron a 16 estados, los cuales fueron: Querétaro, Baja California, Chihuahua, Campeche, Colima, Puebla, Durango, Jalisco, Nayarit, Quintana Roo, Guanajuato, Yucatán, Sonora, Morelos, Oaxaca y San Luis Potosí.

Concepto

El concepto del aborto depende de la carga valorativa adherida a valoración simbólica;

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