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IEPS El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Enviado por   •  4 de Septiembre de 2018  •  6.807 Palabras (28 Páginas)  •  342 Visitas

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El IEPS aplicado a gasolina y diésel, debido al impacto que provoca su traslación al consumidor final, tanto en las finanzas públicas como en el nivel general de precios, y, en consecuencia, en el ingreso disponible de personas y empresas, merece una profundización en el análisis.

Entre 1992 y 1996 este rubro representó alrededor de 70.0 por ciento del IEPS, si bien, como ya veíamos, en 1994 ascendió a 77.9 por ciento, como consecuencia de una mayor recaudación. A partir de 1997 aquella proporción se incrementó llegando a ser de 82.0 por ciento en 1999. En la Ley de Ingresos de la Federación para 2001 se proyecta una proporción de 78.3 por ciento, al ascender el monto de recaudación a 25 mil 739.9 millones de pesos constantes la mayor cifra presentada después de la de 1999, que fue de 28 mil 396.5 millones, lo que implica una continuidad en la concepción de obtener un amplio margen de recursos adicionales de la sociedad a través del consumo de energéticos básicos, pauta de las actuales autoridades hacendarias.

La tasa promedio de crecimiento anual real de los ingresos totales del gobierno federal, durante el sexenio zedillista, fue de 2.8 por ciento, en tanto que la de los ingresos tributarios fue de 1.9 por ciento. En ese periodo el ISR tuvo una tasa promedio de crecimiento anual real de 1.45 por ciento y el IVA de 5.6 por ciento. El crecimiento del IEPS en el mismo periodo fue destacado, debido básicamente a gasolina y diésel, que presentaron un crecimiento real promedio, en ese periodo, de 3.5 por ciento. La tasa de crecimiento real del IEPS, exceptuando gasolina y diésel, entre 1994 y 2000, fue de 2.5 por ciento.

Estas cifras reiteran lo arriba señalado: el objetivo del gobierno federal de sostener sus ingresos, entre otros medios, a través del creciente gravamen al consumo de gasolinas.

La Ley de Ingresos de la Federación ha establecido, en su artículo primero, inciso cuatro, parágrafo A, que la Federación percibirá ingresos por concepto de la aplicación del IEPS a la compraventa de gasolina y diésel. Sin embargo, no define criterios explícitos para su fijación o modificación, por lo que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) ha contado con la discrecionalidad para incrementarlos en cualquier momento sin la autorización del Congreso de la Unión, presentándolos como incrementos a los precios de gasolinas y diésel.

Tan no se trata de incrementos de precios, que Pemex sigue recibiendo los mismos ingresos (el "precio Pemex" se mantiene sin cambios) mientras que la SHCP acapara los ingresos adicionales derivados de ese incremento. Posteriormente, en la Cuenta Pública correspondiente, Hacienda simplemente informa al Congreso que los ingresos por IEPS fueron superiores a los esperados. () Por tal motivo hemos dicho que las gasolineras son cajas recaudadoras de impuestos.

Adicionalmente, debe destacarse que si la Federación no recauda lo estimado en la Ley de Ingresos por concepto del IEPS a gasolina y diésel, esta disminución se compensa aumentando el derecho de extracción de petróleo que paga Pemex.

La forma en que opera el régimen fiscal de Pemex, conforme al cual la reducción de la brecha entre el costo y precio de venta al público de las gasolinas y diésel, genera una disminución de este gravamen, misma que se compensa con un aumento en el derecho de extracción de petróleo, de manera que la carga fiscal del organismo no se afecta.3

Es decir, las autoridades hacendarias tienen garantizado el monto de los ingresos proyectados para IEPS de gasolina y diésel, a través de esa compensación, pudiendo, además, elevarlo discrecionalmente en la forma ya expuesta. Sin embargo, como hemos insistido, el IEPS es un impuesto indirecto que paga el consumidor final y, si la meta proyectada de recaudación por este concepto no es alcanzada, quien pagará ese faltante será la empresa, Pemex.

Esta concepción del gobierno federal de tratar a Pemex (y a otras empresas estatales) como fuente de ingresos ha llevado a la descapitalización de la paraestatal y a que los precios de las gasolinas en México sean superiores en 30 por ciento a los vigentes en Estados Unidos,4 repercutiendo directamente en los costos de producción y distribución y, finalmente, en los precios finales al consumidor.

La política fiscal mexicana debe buscar fuentes sanas de financiamiento, es decir, que no acabe con la infraestructura básica del país ni grave en exceso al consumidor, lo cual deprime la demanda y la oferta.

En consecuencia, se presentan las siguientes propuestas que tienen por objeto incrementar los recursos que financien el desarrollo:

- Que el Congreso de la Unión autorice en todo momento cualquier incremento en el impuesto.

- Que exista transparencia en la aplicación del impuesto, con una clara diferenciación entre los aumentos de precios y los incrementos del impuesto.

- Que se realicen las modificaciones necesarias a la Ley de Ingresos de la Federación y a la Ley del IEPS con objeto de que desaparezcan las compensaciones, con cargo a Pemex cuando la recaudación del IEPS baje.

- Que un porcentaje del IEPS sea canalizado directamente a Pemex con el propósito de fomentar su recapitalización.

- Que las tasas de IEPS aplicadas a gasolina y diésel disminuyan, a fin de que los precios de estos energéticos estén acordes con los que rigen en el mercado internacional y que no impacten de manera negativa al nivel nacional general de precios.

- La viabilidad que presenta el IEPS para incrementar los ingresos del gobierno federal se encuentra, desde nuestro punto de vista, en un aumento de las tasas aplicadas a bebidas alcohólicas, cervezas, y tabacos labrados. Si bien esta medida llevaría a una reorientación del consumo hacia productos de menor precio y del mercado negro, la alta inelasticidad de la demanda en estos productos permitiría incrementar los recursos recaudados. (Como apoyo a esta medida sería necesario limitar y mantener vigiladas las importaciones de esos productos y evitar el contrabando y la piratería.)

El primer objetivo sería una restructuración de los montos de los conceptos que componen al IEPS. Por lo tanto, se propone que la recaudación por IEPS, aplicado a bebidas alcohólicas, cervezas y tabacos, represente nuevamente alrededor del 30.0 por ciento del IEPS agregado.

Partiendo de la proyección hecha en la Ley de Ingresos de la Federación para 2001, estaríamos hablando de incrementar la participación de cada uno de estos rubros en tres puntos porcentuales del IEPS total.

A partir de una primera revisión de la Iniciativa de modificaciones a la Ley del Impuesto

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