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Legislación ambiental internacional.

Enviado por   •  25 de Enero de 2018  •  1.399 Palabras (6 Páginas)  •  484 Visitas

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- Firma/Adopción: Junio 5 de 1992.

- Entrada en Vigor: Diciembre 29 de 1993.

- Ley Aprobatoria para Colombia: Ley 165 de 1994.

- Fecha de Ratificación y Adhesión: Noviembre 28 de 1994.

- Entrada en Vigor para Colombia: Febrero 26 de 1995.

Artículo 13. Educación y conciencia pública

Las Partes Contratantes:

a) Promoverán y fomentarán' la comprensión de la importancia de la conservación de la diversidad biológica y de las medidas necesarias a esos efectos, así como su propagación a través de los medios de información, y la inclusión de esos temas en los programas de educación; y

b) Cooperarán, según proceda, con otros Estados y organizaciones internacionales en la elaboración de programas de educación y sensibilización del público en lo que respecta a la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica.

- En el municipio de Ayapel se encuentra un humedal llamado ciénaga de Ayapel,

[pic 1] [pic 2]

(en las fotografias se observa este bello humedal).

Considerado como un recurso natural protegido, por esta razón en el municipio de Ayapel se encuentra presente una de las sedes de la CVS (corporación autónoma regional de los valles del Sinú y san Jorge), esta corporación no solo es la encargada del cumplimiento adecuado de la legislación nacional que ratifico el convenio de diversidad biológica, si no también, de las diversas leyes que se refieren al cuidado del medio ambiente. Pero aunque se encuentre presente en el municipio. Considero que la correcta aplicación del (CDB) en la región no es la adecuada ya que la prioridad de este convenio es fortalecer y complementar los arreglos internacionales existentes para la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de sus componentes, y a conservar y utilizar de manera sostenible la diversidad biológica en beneficio de las generaciones actuales y futuras. Por lo dicho la prioridad en mi región debería ser la conservación de este humedal y de los diferentes ecosistemas que se encuentran a su alrededor. Como también la conservación de las especies animales ya sean acuáticos vertebrados o terrestres invertebrados, plantas, anfibios, reptiles entre otros. Pero contrario de esto es evidente que en la zona se presentan actividades mineras que por lo general están destruyendo gran parte de flora y fauna del municipio. Esto hace pensar que el derecho a un medio ambiente sano se no está siendo negado. Porque no solo destruyen gran parte de flora si no que esta actividad tiende a la desaparición o extinción de especies importantes de fauna.

El artículo 13, que se encuentra al principio del trabajo quise profundizarlo ya que este hace parte del CDB. La CVS propende por este artículo, ya que cuando van a realizar actividades de liberación de especies en la ciénaga de Ayapel, tiene en cuenta a los jóvenes estudiante que además ayudan a la liberación de estas especies.

[pic 3] [pic 4]

Este convenido es aplicado según mi conocimiento, en las actividades que si realiza la CVS (corporación autónoma regional de los valles del Sinú y sal Jorge) como lo es la conservación de especies en peligro de extinción en so criaderos.

El (CDB) se viene aplicando en Ayapel por medio de la CVS (corporación autónoma regional de los valles del Sinú y san Jorge) que es la encargada de la administración, manejo y conservación de los recursos naturales en el departamento de córdoba.

[pic 5]

Cvs en la cienaga de ayapel

[pic 6]

CVS liberando aves nativas

- Construya una línea de tiempo:

[pic 7]

Nota: esta línea de tiempo fue realizada en power point y luego pegada en este trabajo.

2.2 importancia del conocimiento de la Legislación Internacional Ambiental para su futuro desempeño profesional.

Como administradora ambiental me es obligatorio conocer todos los tratados, leyes y convenios que tengan que ver con el medio ambiente. Ya que en esto consiste mi carrera profesional. La legislación ambiental es sin duda alguna, la más clara manifestación de conciencia ambiental que puede tener una comunidad nacional frente a la gran gama de problemáticas ambientales que acechan nuestro bienestar y la conservación ambiental hoy en día. A través de decretos, acuerdos y leyes los ciudadanos del mundo hemos podido no solo sembrar conciencia ambiental a todos los hombres, sino exigir una responsabilidad con el adecuado uso de los recursos y una moderada o más bien inexistente contaminación de la naturaleza.

CONCLUSION

El derecho internacional ambiental es diferente a las regulaciones o leyes ambientales de cada uno de los estados, las cuales se ocupan exclusivamente de la hipótesis referida a que el origen o causa y los efectos de sus impactos ambientales son focalizados o nuclealizados y solamente por excepción el ámbito del origen, el efecto y la aplicación se da en el plano extra territorial.

BIBLIOGRAFIA

http://www.un.org/es/events/biodiversityday/convention.shtml

http://www.scielo.org.co/pdf/racefn/v35n137/v35n137a08.pdf

https://www.cbd.int/doc/legal/cbd-es.pdf

http://slideplayer.es/slide/17190/

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