VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN MÉXICO
Enviado por John0099 • 13 de Enero de 2018 • 6.969 Palabras (28 Páginas) • 648 Visitas
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Se llama cívico por realizar su candidatura al margen de los partidos políticos existentes, puesto que en una democracia los ciudadanos tienen el derecho inherente, universal e inalienable de postularse a los cargos de elección popular. Usualmente no disponen de los medios materiales y personales propagandísticos propios de un partido, ni cuentan con una base de votantes habituales. La posibilidad de presentarse como candidato independiente y las condiciones requeridas para ello depende de las normas electorales del lugar.
La circunstancia de haber sido elegido partiendo de una candidatura independientes no les impide la posibilidad de pactar con otros para formar gobierno e incluso a veces la circunstancia de no depender de un partido político les facilita las decisiones que puedan tomar en tal sentido y puede colocarlos en posiciones muy ventajosas por llegar a ser imprescindibles en la formación de alguna mayoría parlamentaria.
Las candidaturas independientes en México.
La Ley Electoral del 19 de diciembre de 1911, promulgada por el presidente Madero, que sustituyó a la de 1901, fue la primera norma mexicana que reconoció expresamente a los candidatos sin partido y dispuso mecanismos para velar por la igualdad de derechos político-electorales de éstos frente a los postulados por las fuerzas políticas formales. En sus numerales 12 y 22 la referida legislación los denominaba candidatos independientes.
Unos años después, la Ley Electoral para la Formación del Congreso Constituyente de 1916 regulaba de manera muy similar las candidaturas en comentario a lo largo del texto legal si bien no lo hacía de manera expresa y ordenada o estructurada en un apartado específico. Por ejemplo, el numeral 7 disponía que los ciudadanos, los
partidos políticos y los candidatos independientes podían solicitar impugnaciones en relación con el padrón, instalación de casillas y durante la jornada electoral. En semejante estilo, la Ley Electoral de 1917 regulaba la materia.
Una norma posterior, la Ley para la Elección de los Poderes Federales de 1918, casi repetía las reglas referidas y avanzó un tramo más al establecer reglas de registro de los candidatos ciudadanos: 50 electores del distrito respectivo para candidatos a diputados; 50 electores de cualquier distrito para senadores mientras residieran en el estado correspondiente; y de 50 electores de cualquier lugar del país para candidatos presidenciales. Dispuso además la obligación de este tipo de contendientes de presentar un programa político y difundirlo
Beneficios de las candidaturas independientes.
El beneficio que nos da a los ciudadanos comunes las candidaturas independientes es que podamos tener la posibilidad de elegir a un candidato "ciudadano" que nos represente a nosotros antes que a su propio partido, sin embargo hasta ahora los candidatos "independientes" que se han registrado -excepto uno- son personajes emergidos de un partido político -y en ocasiones de varios anteriores-y estos han optado por la candidatura independiente por habérseles negado su participación por el partido en el que militaban, es por ello que los ciudadanos debemos de ser muy estrictos en apoyar solo a aquellos que en verdad sean ciudadanos, y no dejar que nos engañen y nos usen para sus fines perversos.
Riesgos que conlleva ser candidato independiente.
Los riesgos que tiene ser candidato cívico es que por ser autónomo tienes que pagar tu propia publicidad, que tendrás los medios comprados en contra, tendrás que utilizar otras alternativas como las redes sociales que hoy tienen gran impacto en la sociedad. El convencimiento del elector siendo solo es mucho más difícil porque los grandes partidos tienen grandes estructuras de logística, movilización, grupos de choque y todo lo que conlleva una elección, por consiguiente, es difícil competir contra ellos. Los riesgos que tenemos como ciudadanos al elegir un candidato independiente es que pueda ser un ser hambriento de poder disfrazado de buena gente queriendo obtener el voto ciudadano para así poder usurpar más el erario, por eso debemos tener mucho cuidado con el perfil de los candidatos ciudadanos para no cometer los mismos errores que hemos venido pagando con creces.
Marco de referencia.
Según Luis Carlos Ugalde, columnista del Financiero, dice que las candidaturas independientes no son la salvación del sistema político, pero sí una oportunidad de competencia externa a los partidos. No van a producir mejores gobernantes, pero sí pueden alentar que los partidos escojan mejores candidatos. No van a reducir la corrupción, pero sí constituyen una bocanada de aire fresco (y quizá también de demagogia) para la elección presidencial de 2018.
Sergio González de La Crónica, escribió en su columna los antecedentes de las candidaturas independientes. La Ley Electoral del 19 de diciembre de 1911, promulgada por el presidente Madero, que sustituyó a la de 1901, fue la primera norma mexicana que reconoció expresamente a los candidatos sin partido y dispuso mecanismos para velar por la igualdad de derechos político-electorales de éstos frente a los postulados por las fuerzas políticas formales. En sus numerales 12 y 22 la referida legislación los denominaba candidatos independientes.
Es tanto el impacto de este tema que José Rubinstein de Excélsior dice que Resulta significativo que sobresalientes personalidades de diversos ámbitos de la vida pública rubriquen relevante carta abierta solicitando cancha pareja a las candidaturas independientes, rechazando las leyes que las dificultan, exhortando a las distintas legislaturas estatales, así como al Congreso de la Unión a no aceptarlas, requiriendo al TEPJF, INE y a la SCJN a apoyar y proteger los derechos políticos electorales de los ciudadanos.
Las candidaturas independientes provienen fundamentalmente del hartazgo, de la decepción y del escepticismo hacia la política y los partidos políticos. No obstante, sería imprudente descontar de un plumazo el alcance del ideario y fundamentos de todo organismo partidista. Adjudicar el poder a un candidato independiente conlleva la incertidumbre sobre su personal estilo de gobernar, mismo que se irá despejando a lo largo del camino que éste irá haciendo al andar. Proceder de una estructura política constituida, denota la identificación del candidato con la doctrina del partido que lo avala, implicando presencia y apoyo del mismo en cualquier circunstancia.
“Las candidaturas independientes seguramente llegaron para quedarse el laboratorio
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