CAPITULO I TEMA Y ESQUEMA
Enviado por monto2435 • 7 de Abril de 2018 • 5.056 Palabras (21 Páginas) • 400 Visitas
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1.6. OPERATIVIZACION DE VARIABLES
CUADRO Nº1
PROPUESTA
VARIABLE DE ESTUDIO
INDICADORES
La empresa de trasporte Internacional “H&B” S.R.L. no cuenta con la suficiente información tributaria, definida para el tratamiento del Impuesto al Valor Agregado con TASAS MIXTAS (13% por tramos nacionales) y (0% por tramos internacionales), lo cual dificulta definir políticas contables para el manejo de área impositiva en su conjunto y la elaboración de sus Estados Financieros.
- Elaboración de procedimientos para el Registro Contable de las Compras, Ventas y otras transacciones del rubro.
- Políticas Contables Tributarias para los Rubros de Compras y Ventas, con relación al I.V.A. 0% y el I.V.A 13%.
- Políticas Contables para la Implementación del I.V.A. 0% y el I.V.A 13% en la elaboración de los Estados Financieros.
- Procedimientos para la liquidación de otros impuestos gravados por la actividad de la empresa (RC-IVA, IT e IUE).
- Matriz de Sistematización delas características del Impuesto enmarcado en la Ley Nº3249, D.S. 28656 y R.N.D. 10-0012-06 y otras relacionadas.
1.7. ASPECTOS METODOLOGICOS DE LA INVESTIGACION
1.7.1. Tipo de Estudio
El presente proyecto de investigación muestra un tipo de Estudio exploratorio, descriptivo, basados en el propósito de profundizar la Investigación para de esta manera establecer una buena solución al Problema Planteado.
1.7.2. Método de Investigación
El método que aplicaremos al presente trabajo será el INDUCTIVO, ya que permite observar situaciones particulares que enmarcan el Problema de la investigación, estructurando el estudio de manera clara y sistemática llegando a conclusiones para cada objetivo planteado.
1.7.3. Fuentes de Técnicas para la recolección de la Información
La investigación se iniciara en el estudio de la información teórica existente en libros, periódicos y portales web del Servicio de Impuestos Internos de Bolivia y otros países, también se revisara documentación existente relacionada con el tema en investigación en la empresa.
La obtención de datos válidos y exactos referidos al tema en investigación se lograra a través de técnicas de observación, entrevistas y encuestas aplicadas a los socios y personal de la Empresa, sin dejar de lado las opiniones y asesoramiento de profesionales expertos en materia tributaria.
CAPITULO II
MARCO TEORICO
2.1 ANTECEDENTES DEL REGIMEN I.V.A. TASA CERO EN BOLIVIA
La aplicación dela tasa cero de I.V.A. al transporte internacional por carretera en Bolivia se origina bajo la normativa establecida por la Ley 3249 del 1 de Diciembre de 2005, esta normativa no afecta al sector exportador, en tanto los fletes por transporte internacional se reduzcan en la misma proporción que los impuestos que el transportador transfiere al fisco, de lo cobrado por el servicio de transporte que paga el exportador.
De hecho, la Ley 3249 de tasa cero al transporte internacional por carretera transgrede lo establecido en los Artículos 1,5 y 7 de la Ley 843donde se establecen las actividades gravadas, y por tanto su precio de venta genera un Debito Fiscal para el sujeto pasivo ( transportador) y un Crédito Fiscal para el comprador o tomador del servicio.
Con respecto a los antecedentes sobre la normativa establecida en los países andinos, cabe recalcar que la TASA CERO aplicada al servicio de transporte internacional terrestre, solo se da en el caso que dicha actividad sea considerada una “exportación de servicios”, lo cual no sucede en Bolivia, es más, la Ley 3249 expresa de manera explícita “La aplicación de la mencionada tasa (cero) no implica que el sujeto pasivo ( el transportador) sea beneficiario de la devolución del Crédito Fiscal (I.V.A.), por no constituir exportación de servicios”.
Para realizar una justificación de esta aplicación podemos señalar el Artículo 8º de la “Ley de Exportadores”, que señala que se garantiza la libertad de exportación de mercaderías y servicios, pero con una excepción para aquellos que tengan prohibición expresa mediante Ley del Estado Plurinacional.
En consecuencia una normativa bien fundamentada debería empezar por reconocer al transporte internacional de carga como una exportación de servicios y a partir de ello establecer la reglamentación tributaria apropiada, entre tanto no se puede cargar al exportador más tributos no pagados por terceros.
En consecuencia podrían optarse a celebrar convenios de legislación tributaria internacional como es el caso de Chile y Perú, que mantienen un acuerdo para el reconocimiento del gasto de operación realizados en tramos de ambos países por empresas de carga internacional.
2.2 MARCO NORMATIVO TRIBUTARIO
De acuerdo al Sistema Tributario vigente en nuestro país la Ley 843 ( Texto Ordenado), establece como el Marco Normativo en materia Tributaria, misma que regula cualquier determinación relacionada en materia Impositiva a ser considerada para cualquier actividad económica que se desarrolle dentro el territorio nacional.
Es en este sentido que el 1 de Diciembre de 2005, se promulga la Ley Nº 3249, denominada “Tratamiento Impositivo para el Transporte Internacional por Carretera de Carga”, la cual en su artículo único decreta que a partir del primer día hábil del mes de enero de 2006 todas las empresa dedicadas al servicio de transporte internacional de carga por carretera, incluyendo el transporte de encomiendas, paquetes, documentación o correspondencia, estarán sujetos al Régimen de Tasa cero en el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). La aplicación de la mencionada tasa no implica que el sujeto pasivo sea beneficiario de la devolución del Crédito Fiscal (I.V.A.) esto por no constituirse la exportación de servicios.
Esta Ley se encuentra Reglamentada por el Decreto Supremo Nº28656 de 25 de Marzo de 2006 “Reglamento para el Tratamiento del Régimen I.V.A. Tasa Cero”, la misma que en su contenido establece los procedimientos de aplicación, definiciones,
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