Casa de justicias
Enviado por John0099 • 17 de Abril de 2018 • 4.815 Palabras (20 Páginas) • 291 Visitas
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Los derechos humanos: son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. ÁNGELO PAPACCHINI (20011)
- MARCO TEORICO
Uno de los logros más importantes del actual estado colombiano está en el respeto a la diversidad étnica y cultural de la nación colombiana. Este derecho fundamental, establecido como un principio de contenido y con fuerza normativa en nuestro conglomerado social, se centra en el marco de la igualdad y un trato favorable de los conciudadanos. En efecto las costumbres e identidad de los pueblos Indígenas, convive cotidianamente con diferentes factores de la cultura “blanca.” El respeto a la diversidad así visto, determina el mantenimiento de lenguajes minoritarios, su cultura y vida tradicional. Según el autor Oscar Parra Vera, se puede entender a la diversidad étnica y cultural, como la forma de vida, de tradición histórica y cultural de las comunidades Indígenas, enriquecidas con una importante serie de elementos adicionales como los son la raza, las creencias religiosas, la lengua, economía; una organización política, que enriquece sus tradiciones y permite implementar en armonía cultural sus “reglamentos y redes simbólicas”. [3]
Es por eso que las comunidades indígenas, se entienden como ese conjunto de familias de ascendencia amerindia, compartiendo sentimientos de identificación ancestrales, donde sus rasgos y valores de cultura tradicional, los diferencian de otras comunidades rurales. Razón por la cual gozan de un status constitucional especial. (Ibídem Op. Cit. 49)
A nivel territorial estas comunidades, bajo el parámetro de la protección especial, forman una circunscripción para la elección de representantes y senadores que los representará en el congreso de la república. Ahora bien, en medio de esto esta reflexión podemos decir que los territorios y resguardos, son de propiedad colectiva para estas poblaciones y de naturaleza inajenable, inalienable, imprescriptible e inembargable.[4]
La propiedad colectiva, es de gran importancia para estos grupos que se han hecho evidentes en el presente estudio monográfico. Ella es esencial para el mantenimiento de su cultura, de valores espirituales, de su saber hacer en el “territorio”. Así se establece que, que los grupos étnicos requieren para sobrevivir el territorio en el cual están asentados; requieren para el desarrollo de su cultura un respeto de su saber ancestral radicado en la tierra de sus antepasados. Aún más, lo que presupone este lineamiento, es el reconocimiento del derecho a la propiedad, sobre los territorios indígenas tradicionalmente ocupados.[5]
Esto se manifiesta en el deber de adelantar procesos de consulta con las comunidades indígenas y tribales para la adopción y la ejecución de decisiones que puedan afectarles, y la manera de dar participación en cuanto a la necesidad de estar informados en las decisiones que se toman estableciendo medidas, que aseguren a los miembros de estos pueblos gozar, en igualdad de condiciones, de los derechos y oportunidades que la legislación nacional otorga a los demás miembros de la población.
En la Constitución, Jurisprudencia e Instrumentos internacionales. Promoviendo la efectividad de los derechos, sociales, económicos y culturales, dando así un respeto a su identidad social y cultural, enriqueciendo las costumbre y culturas, eliminando las diferencias socioeconómicas que puedan existir entre los miembros indígenas y los demás miembros de la comunidad nacional, de una manera compatible con sus aspiraciones y formas de vida.[6]
Hasta el momento vemos como, la protección de la diversidad étnica y cultural de la nación es de necesidad especial, por lo que estos grupos merecen el reconocimiento y el respeto de los derechos consagrados en un margen de equidad y de justicia social, por lo que la idea de respetar derechos esenciales es deber del estado de conservar los derechos a la vida, a la educación, a la vivienda digna y una serie de derechos importantes en general, por lo que tal obligación por parte del estado se establece en la creación de un sistema de seguridad social que permita, el cumplimiento de los fines estatales y la realización de una vida digna.
Para el caso de las comunidades indígenas, se debe dotar de un sistema propio adaptado a sus necesidades socio culturales, y en respuesta a las exigencias y recomendaciones expresadas en diferentes instrumentos internacionales, teniendo en cuenta un perfil epidemiológico especial, a la motivación cultural y sus particulares cosmovisiones y saberes, en el entendido de que el acceso a las leyes no puede estar mediado por el dinero sino enfrentar el índice de necesidades básicas insatisfechas de la población indígena.
- ANTECEDENTES HISTÓRICOS
Entre los estudiosos de la historia americana no hay un acuerdo acerca del volumen de la población aborigen en el continente antes de la llegada de Cristóbal Colón. Los datos fluctúan entre cien millones y tres millones y medio de habitantes nativos. Lo cierto es que América estaba poblada por una variedad de culturas, -de símbolos, de tradiciones, de costumbres, de artes, de conocimientos y saberes...-, que fueron ignoradas, menospreciadas y destruidas, en su gran mayoría, por los invasores que llegaron de Europa con su afán de riqueza, de dominación y con sentimientos de una ilusoria superioridad.
Los estudios realizados sobre la denominada por algunos, época de la conquista y por otros la gran invasión, concuerdan en afirmar que la población indígena fue diezmada, casi a desaparecer en un 90%. Así se cometió uno de los actos más bárbaros en la historia de la humanidad: murieron hombres y mujeres indígenas y con ellos, la mayor riqueza que dejan los hombres en su transcurrir: la cultura plasmada en los conocimientos y los saberes.
El régimen colonial se caracterizó por un gran descenso de la población indígena tanto por su extinción física como cultural debido, por una parte, a los trabajos forzados a que eran obligados como cargueros, bogas o mineros; por otra parte, las enfermedades desconocidas los avasallaron sin poder oponer resistencia; y, por último, el afán de “civilizarlos” de incorporarlos o asimilarlos a la cultura del opresor, intimidó su dignidad y con ello sus posibilidades de expresión del pensamiento. Fue de tal
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