Caracterización socioeconomica.
Enviado por Jillian • 14 de Enero de 2018 • 4.788 Palabras (20 Páginas) • 290 Visitas
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- Plan de Ordenamiento Territorial de Pereira Acuerdo Municipal N° 18 de 2000. (PORTE)
- Revisión POT Adoptado mediante Acuerdo Municipal N° 23 de 2006.
- VISION RISARALDA 2032: Ejercicio de prospectiva territorial denominado: “RISARALDA, futuro posible: Construcción Social Visión 2032”.
- Prospectiva Pereira 2032: Ejercicio de prospectiva territorial denominado: “PROSPECTIVA CON MOVILIZACIÓN SOCIAL, BAJO UN CONTEXTO REGIONAL, EN EL MARCO DEL SESQUICENTENARIO DEL MUNICIPIO DE PEREIRA”.
- Plan Integral de Desarrollo Metropolitano del AMCO.
- Plan de Desarrollo de Pereira 2012- 2015: “Por una Pereira Mejor”
- El ejercicio de Diagnóstico y Formulación del POT desarrollado por la anterior Administración Municipal en los años 2010-2011
- Documentos de soporte de la Declaratoria de Paisaje Cultural Cafetero.
Este ejercicio de Diagnóstico fue desarrollado por un Equipo interdisciplinario de profesionales y ha sido socializado con los siguientes actores y grupos relevantes:
- Funcionarios y contratistas de la Secretaria de Planeación Municipal de Pereira
- Consejo de Gobierno Municipal.
- Funcionarios de las Secretarias e Institutos Descentralizados del orden Municipal,
- Cámara Colombiana de la Construcción CAMACOL Risaralda.
- Secretarios de Planeación de los Municipios Vecinos. (Armenia, Manizales, Santa Rosa de Cabal, Dosquebradas, La Virginia, Cartago.)
- Concejo Municipal de Pereira (Plenaria y Comisión del Plan)
- Ediles y Comuneros del Municipio.
- Universidades (Tecnológica de Pereira UTP, Católica de Pereira UCP, Libre de Pereira ULP, Antonio Nariño de Pereira, SENA)
- Concejo Directivo y Académico de la Universidad Tecnológica de Pereira UTP.
- Gremios Económicos. (Federación Nacional de Comerciantes FENALCO Pereira, Cámara de Comercio de Pereira, Sociedad Colombiana de Arquitectos SCA Risaralda, Asociación de Ingenieros de Risaralda AIR, Lonja de Propiedad Raíz de Risaralda, Asociación Nacional de Industriales ANDI Risaralda, Asociación Colombiana de Pequeños y Medianos Industriales ACOPI Risaralda, Comité Intergremial de Risaralda,
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Corporación Risaralda Ética, Comité de Cafeteros de Risaralda, Cooperativa de Ganaderos de Risaralda COODEGAR)
- Equipo Técnico de la Empresa Aguas y Aguas de Pereira
- Área Metropolitana Centro Occidente.
- Corporación Autónoma Regional de Risaralda CARDER
- Consejo Territorial de Planeación de Pereira.
Los talleres de socialización se desarrollaron con el objetivo de retroalimentar el proceso de diagnóstico, recibiendo; aportes, comentarios y sugerencias, los cuales fueron tenidos en cuenta por el Equipo de Expertos de cada uno de los atributos, e incluidos en el presente DTS.
Además de lo anterior el equipo Interdisciplinario del POT de Pereira realizó 12 salidas de campo recorriendo todo el Territorio Urbano y Rural del Municipio en compañía de miembros, o de las Juntas Administradoras Locales (Ediles) o de Comuneros o Líderes comunitarios. Con el fin de conocer de primera mano las problemáticas de cada uno de los sectores visitados.
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MARCO LEGAL DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
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PERTINENCIA DE LA REVISIÓN
La Constitución Política de 1991, orienta los procesos de planeación al interior de los municipios al señalar desde su primer artículo los principios de autonomía de las entidades territoriales, y prevalencia del interés general, establece igualmente el derecho a la participación de la comunidad en las decisiones que la afectan y el consecuente deber de las autoridades de garantizar dicha participación.
La Carta establece los criterios fundamentales para el desarrollo territorial, asignándole a las entidades públicas la función de regular los usos del suelo urbano en defensa del interés común, el artículo 311 concreta dicha competencia así:
Al municipio como entidad fundamental de la división política administrativa del Estado le corresponde (…) ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes.
Se establecen igualmente como deberes del Estado, la protección de la diversidad e integridad del ambiente, la conservación de las áreas de especial importancia ecológica (Art. 79), y la protección de la integridad del espacio público y su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular (Art. 82).
Estas competencias municipales deben ser aplicadas conforme los principios constitucionales y legales que orientan y determinan el ordenamiento del territorio entre ellos:
- Prevalencia del interés general: El cual aplicado al ordenamiento territorial, se establece como el sustento de las políticas territoriales estructurantes, como de los instrumentos de gestión, en el entendido de que estos generan beneficio para la mayoría de la población, aunque en determinados momentos pueden afectar a minorías de propietarios en particular.
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- Función social y ecológica de la propiedad: Implica deberes y obligaciones por parte de los propietarios de terrenos o construcciones, entre otras las cargas y los beneficios generados del proceso urbanizador, en virtud de la prevalencia del interés general sobre el particular bajo una figura de corresponsabilidad y solidaridad entre el sector público y los actores privados que intervienen en el proceso ordenador. En ese orden de ideas, y reivindicando el concepto de función social, “el legislador
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