Cuestionario clase de leyes
Enviado por Helena • 3 de Abril de 2018 • 1.520 Palabras (7 Páginas) • 413 Visitas
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- Inscribirse en el Registro de contribuyentes del Instituto;
- Remitir al Instituto el balance general correspondiente al ejercicio anterior, dentro de los sesenta (60) días siguientes al cierre de operaciones;
- Remitir mensualmente al Instituto copias autorizadas de las planillas y los salarios devengados por sus trabajadores u otro tipo de documentos equivalentes.
- Estructura y desarrollar los servicios de formación profesional que establezcan de acuerdo con las disposiciones del Instituto.
- Exhibir, cuando sean requeridos por representantes acreditados del Instituto, la documentación contable necesaria para la comprobación de aportaciones. Esta información se mantendrá en forma confidencial.
- Suministrar al instituto, dentro de los plazos que este les fije, las informaciones que les requiera para el cumplimiento de sus fines; y
- Las demás que resulten de la presente Ley y de sus reglamentos.
- El consejo Directivo del INFOP tendrá las siguientes atribuciones.
Artículo 15.- El Consejo Directivo tendrá las siguientes atribuciones:
- Formular la política general y aprobar los programas de la entidad de acuerdo con los planes nacionales de desarrollo económico y social.
- Supervisar el funcionamiento general del Instituto, verificando su conformidad con la política general y los programas adoptados.
- Aprobar los reglamentos que sean necesarios para el mejor funcionamiento del Instituto.
- Nombrar, suspender o remover al Director, al Subdirector y Auditor Interno.
- Nombrar, suspender o remover, a propuesta del Director Ejecutivo, a los asesores, Jefes de Departamento o de sección, Directores de Oficinas Regionales o de Centros de Formación que el Instituto establezca.
- Aprobar el balance general, el presupuesto anual por programas de la entidad y las normas para la ejecución de éste.
- Crear, integrar o suprimir oficinas regionales y centros de formación profesional.
- Autorizar, suspender o suprimir el funcionamiento de servicios de formación profesional de acuerdo con la reglamentación respectiva.
- Autorizar al Director Ejecutivo para celebrar contratos, cuyo monto exceda de cinco mil lempiras (Lps. 5,000.00).
- Presentar al Poder Ejecutivo, por medio de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, un informe anual de las labores realizadas por el Instituto y la liquidación de su presupuesto; y Las demás que señale la presente Ley y sus reglamentos.
- ¿Como estará integrada la dirección superior del INFOP?
Artículo 6.- La Dirección superior del Instituto estará a cargo de un Consejo Directivo integrado en la forma siguiente:
Cuatro (4) representantes del Estado, dos (2) representantes de la Empresa Privada y dos (2) representantes de los trabajadores. Cada uno de los integrantes del Consejo tendrá un suplente.
Los representantes propietarios por parte del Estado serán el Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Previsión Social, el Secretario de Estado en el Despacho de Educación Pública, el Secretario de Estado en el Despacho de Economía y el Secretario Ejecutivo del Consejo Superior de Planificación Económica.
Los representantes de la Empresa Privada y de los trabajadores durarán en su cargo tres (3) años; podrán ser reelectos y, en su caso, removidos por ausencia o por incapacidad.
Las organizaciones referidas designarán sus representantes propietarios y suplentes de oficio o por convocatoria del Secretario y Estado en los Despachos de Trabajo y Previsión Social, de acuerdo al Reglamento que al efecto aprobará el Poder Ejecutivo.
Los suplentes de los representantes propietarios del Estado serán los sub secretarios respectivos, excepto el del Secretario Ejecutivo del Consejo Superior de Planificación Económica, que será designado por ésta entre los funcionarios de más alta jerarquía de dicha Secretaría.
- Estas son las atribuciones que tendrá el INFOP.
Artículo 5.-El Instituto tendrá las atribuciones siguientes:
1. Realizar investigaciones sobre los recursos humanos existentes, determinar la necesidad de su formación profesional y planificar ésta.
2. Organizar y ejecutar programas de formación profesional para todos los sectores de la economía nacional y para todos los niveles de empleo;
3. Organizar y ejecutar programas de formación profesional para trabajadores empleados, desempleados y sub-empleados;
4. Prestar asistencia técnica a los empresarios aportantes para la creación, estructuración y funcionamiento de sus propios servicios de formación profesional, incluyendo el aprendizaje.
5. Colaborar en el desarrollo de programas de alfabetización de adultos en cuanto estén relacionado los planes y programas del instituto.
6. Colaborar con los servicios nacionales de colaboración y empleo; y
7. Las demás que sean necesarias para alcanzar el objetivo previsto en el artículo 2 de esta ley.
- ¿Cuál es el objetivo de la creación del INFOP?
Artículo 2.- El Instituto tendrá por objetivo contribuir al aumento de la productividad nacional y al desarrollo económico y social del país, mediante el establecimiento de un sistema racional de formación profesional para todos los sectores de la economía y para todos los niveles de empleo, de acuerdo con los planes nacionales de desarrollo económico y social y las necesidades reales del país. En consecuencia, al INFOP corresponderá dirigir, controlar, supervisar y evaluar las actividades encaminadas a la formación profesional a nivel nacional.
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