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Cuestionario romano (derecho).

Enviado por   •  20 de Abril de 2018  •  2.453 Palabras (10 Páginas)  •  711 Visitas

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- ¿EXPLICAS LAS DIFERENCIAS LEYES ROGATAE Y LEYES DATAE?

R= Son aquellas que provienen del comicio previa proposición de un magistrado y que luego deberán ser ratificados por el senado y la datae son emitidas por los magistrados en pleno uso de sus facultades otorgadas por los comicios

- ¿MENCIONA LAS PARTES DE UNA LA LEY ROGATAE?

R= praecriptio, rogatio y sanctio

- ¿EXPLICA COMO SURGE LA LEY DE LAS DOCE TABLAS?

R= Famosa ley de las XII tablas, que se promulgo a consecuencias de las querellas entre patricios y plebeyos. Los plebeyos se quejaban de que no tenían un verdadero derecho y que ignoraban las normas jurídicas aplicadas por los magistrados, quienes por ello podían actuar de manera orbitaria. El tribuno de la plebe, terentilio Arsa exigió la redacción de la ley escrita aplicable por igual a patricios y plebeyos; la redacción de las leyes fue realizada por diez legisladores llamados decenviros (diez varones) a los cuales se otorgaron poderes ilimitados para la realización de esta tarea. La labor la terminaron en un año y la dejaron escrita en diez tablas, pero como su obra parecía inconclusa fueron elegidos otros decenviros, entre ellos algunos plebeyos.

- ¿EXPLICA LOS SENADOSCONSULTAS Y DE LOS EDICTOS Y MAGISTRADOS?

R=En términos generales podríamos decir que senadoconsulto es toda mediada legislativa emitida por el senado; sin embargo; su carácter no era este en un principio, ya que durante su primera etapa consistían en simples consejos dirigidos a diversos tipos de magistrados, muy estimados y tomados en cuenta debido a que provenían del cuerpo senatorial.

Al referirnos a los magistrados, en este caso lo hacemos en relación con aquellos cuyas labor era la de administrar justicia; esto es, los proyectos y ediles en la ciudad de Roma y los gobernadores en las provincias. Cuando uno de estos magistrados entraba en funciones generalmente por el término de un año, era usual que publíquese un edicto; es decir, una especie de programa en el que se exponía la forma en que se iba a desarrollar la magistratura.

- ¿EXPLICA QUE ERA LA JURISPRUDENCIA?

R= son aquellas opiniones emitidas por los jurisconsulto sobre las diversas cuestiones que se le planteaban, ya fuesen presentadas por particulares, o por los propio magistrados. Fueron pues, los jurisconsultos los que al interpretar el derecho le otorgaron a este un carácter doctrinal.

- ¿EXPLICA EN QUE CONSISTIO EL IMPERIO ROMANO Y SU PERIODO DE DURACIÓN?

R= El periodo que conocemos con el nombre del Imperio Absoluto en el cual todos los poderes se concentran en manos del emperador, es una época de franca decadencia; abarca desde el inicio del reinado del Diocleciano en el año 284 hasta la caída de la ciudad de Roma en 476.

- ¿EXPLICA QUE ES EL CORPUSIURIS CIVILIS Y COMO SE COMPONEN?

R= Es la recopilación de constituciones imperiales y juristas es la más importante en la historia del derecho romano, realizada entre el año 529 y534 por el Emperador Bizantino Justiniano y dirigida por el jurista Triboniano la denominación provienen de la edición completa de las obras que la componen publicada por Dionisio Godofredo en Ginebra en el año 1583.

- ¿EXPLICA LOS PERIODOS DEL DERECHO ROMANO?

R=Período arcaico Se inicia con la promulgación de las XII tablas en el siglo V a.C y concluye al término de la segunda guerra púnica en el siglo III a.C; momento que marca el comienzo de la influencia griega.

2.- Período Helenístico. Principia al terminar la segunda guerra púnica siglo III a.c; y termina con la república en el siglo I a.C; fue durante los dos últimos siglos republicano de dejó sentir con más fuerza la influencia de la cultura griega; esto no quiere decir que dicha influencia no se registre con anterioridad, pero no es hasta finales de la república cuando Roma se relaciona más íntimamente con el “Helenismo” se puede decir que la influencia griega llego en un momento oportuno, es decir, cuando el derecho romano estaba lo suficientemente consolidado como para no dejarse absorber por el griego, pero aun joven y flexible como para recibir su estimulo.

3.- Período Clásico Este periodo corresponde al principado desde Augusto hasta Diocleciano en el siglo tercero de nuestra era.

El periodo se llama clásico aludiendo a las dos acepciones del vocablo. En primer lugar, considerando como clásica, a una obra completamente desarrollada o elaborada esto es acabada. Ya no encontramos en este periodo los grandes genios creadores ni a los audaces pioneros que fueron, característicos del periodo anterior, ellos e agotaron al extinguirse la república, los juristas clásicos tiene otra forma de trabajar ya que elaboran y sistematizan los conceptos jurídicos hasta las últimas consecuencias podríamos decir que son más minuciosos que los juristas de la última época republicana.

La otra acepción del clásico se refiere a una obra que sirve de modelo o patrón para las generaciones siguientes, en el área del conocimiento que se trata en este caso del derecho y así fue lo que en materia jurídica se produjo en esta época. Dentro del periodo clásico se distinguen a su vez dos fases las cuales están divididas por el reinado de Adriano en adelante se puede detectar una tendencia burocratizadora, el príncipe tiende a monopolizar la creación del derecho eh incluirla dentro de su esfera de acción, codificando e derecho y controlando su aplicación.

Es consecuente con esta tendencia la aparición del edicto perfecto, así como la incorporación de los grandes juristas a la maquinaria estatal, en su calidad de actos funcionarios de palacio. En tendencia, aunque encubierta, se inicia con Augusto, que coacervo formalmente las instituciones republicana, que desaparecerían de forma expresa hasta Diocleciano momento que maraca el triunfo de la burocracia y el final e la jurisprudencia aristocrática esto es la jurisprudencia independiente.

También es importante señalar que desde Adriano se da una “provincialización del derecho romano” ósea, la incorporación del derecho provisional al sistema jurídico romano reflejada entre otras cosas por el hecho de que a partir de entonces, muchos de los grandes juristas ya no son originarios de la ciudad de roma si no de las provincias, como sabio juliano, de adrumetum en el norte de áfrica,

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