DEONTOLOGÍA JURÍDICA
Enviado por Rebecca • 19 de Diciembre de 2018 • 1.306 Palabras (6 Páginas) • 715 Visitas
...
-
Independencia Profesional [pic 7]
“Es la ausencia de toda forma de injerencia, de interferencia, de vínculos y de presiones de cualesquiera que sean provenientes del exterior y que tiendan a influenciar, desviar o distorsionar la acción del ente profesional para la consecución de sus fines institucionales y la actividad desempeñada por los colegiados en el ejercicio de su profesión”[8]
Este principio lo resumiríamos en ausencia de injerencias y presiones en el ejercicio de la profesión, es una autonomía profesional.
-
Libertad Profesional
Este principio tiene mucho en común con el principio de INDEPENDENCIA PROFECIONAL.[pic 8]
Este se refiere a la libertad de autodeterminación del profesional en orden a su conducta en el ejercicio de la profesión.
“Mientras que el principio de Independencia supone sobre todo una garantía del ente profesional y del profesional individualmente considerado frente a intromisiones arbitrarias de terceros, el principio de libertad, en su aspecto deontológico, concierne en particular al comportamiento del abogado con relación a su cliente…”[9]
-
Ciencia y Conciencia
Obrar según ciencia y conciencia.
Ciencia
Cuando se habla de “ciencia” hacemos referencia a la ciencia propia de la profesión sea, el Derecho; no solamente desde su aspecto teórico sino también práctico.
“La ciencia propia del abogado es, esencialmente, una ciencia jurídica compresiva no solamente de la normativa en rigor, sino además de su aplicación jurisprudencial y, comprende, el conocimiento de la doctrina y de los principios jurídico-filosóficos en que la doctrina se basa.”[10]
Conciencia
“La Conciencia profesional se encuentra vinculada con el conocimiento y en este sentido, con la autorresponsabilidad del profesional. Este último debe actuar no solo con rigurosa atención a las normas técnicas, sino también con conocimiento de todas las consecuencias que derivan de su aplicación, incluso hasta más allá de los límites de la relación profesional, teniendo en cuenta el interés individual del cliente y el general de la colectividad en relación a la función social desarrollada por la profesión.” [11]
En este sentido, Couture expone el mandamiento 2°, según el cual;[pic 9]
“El derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando”.[12]
En este mandamiento se recoge, con meridiana precisión, el conocimiento científico que el profesional del derecho debe tener (la ciencia); pero, además, requiere realizar el ejercicio de su profesión con el pensamiento (la conciencia)
-
Probidad Profesional
La probidad es la honradez. Un profesional debe ser, sin lugar a dudas, una persona honesta, donde sea su pauta de conducta en la vida profesional y, además, privada.
La probidad tiene carácter universal, una inmediata relación con la deontología, por lo que se aplica a todas las profesiones, incluida la abogacía.
Problema de las Normas Deontológicas
El principal problema es que a veces los juristas nos encontramos en conflicto de lo que consideramos justo o no, ya que debemos decidir en función de normas preestablecidas por otros; “En resumidas cuentas, pues la disyuntiva estribara en decirse así mismo “la ley es la ley”…”[13][pic 10]
Conclusión
La Deontología Jurídica abarca conceptos y principios que esencialmente, se encuentran estrechamente unidos a las actividades del proceder ordinario del profesional en derecho. Dentro de estos conceptos entendemos incluidos la moral, la ética, la probidad, la independencia, y la libertad profesional.
La correlación inmediata entre la moral y ética resulta innegable, como también lo es, de estas con la deontología profesional y, especialmente con la Deontología Jurídica.
La función del abogado se debe a la sociedad y, por supuesto, al cliente. Lo anterior debe dirigirlo a la búsqueda, en todo momento, de la justicia al caso concreto, donde proceder debe enmarcarse en el comportamiento ético profesional.
---------------------------------------------------------------
...