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División de la criminología.

Enviado por   •  26 de Junio de 2018  •  834 Palabras (4 Páginas)  •  261 Visitas

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- Diagnostico clínico criminológico: Cada delincuente tiene una individualidad biológica, psicológica y social, en donde cada uno llega de una manera distinta a la conducta delictiva, y por lo tanto debe ser estudiado, conocido y comprendido desde su historia familiar, personal y social, y este estudio brindará un diagnostico criminológico en cuanto al perfil de la personalidad criminal y lo que originó esa conducta delictiva.

- Tratamiento individual familiar: La familia es la celula primaria y fundamental de la sociedad e influyen en las características intimas del grupo familiar. Debido a esto, todo tratamiento de rehabilitación no se debe únicamente centrar en el delincuente sino también debe extenderse al grupo familiar primario según corresponda.

- Medidas preventivas: La prevención tiene como objeto tratar de evitar nuevos comportamientos delictivos, la reincidencia delictiva y la persistencia de la violencia.

3) TERAPEUTICA CRIMINAL: Estudia las medidas individuales de represión del delito, procurando asegurar la defensa social, a través de instituciones preventivas y por la separación en establecimientos apropiados a los diversos casos.

Algunas medidas son:

- Penas: Es la condena que un juez o tribunal impone, según lo estipulado por la legislación a la persona que haya cometido un delito.

- Medidas de seguridad: Son aquellas sanciones complementarias o sustitutivas de las penas, que el juez puede imponer con efectos preventivos a aquél sujeto que comete un hecho antijurídico pero que es imputable.

- Métodos de reinserción social: 272 y el 184 (ordinal 7) de la CRBV.

- Métodos clínicos: Se utiliza con acierto en la exploración psicosomática del hombre delincuente y del antisocial.

Articulo 272 de la CRBV:

El presente artículo garantiza la rehabilitación del interno dentro del sistema penitenciario, a través de actividades que eviten los tiempos de ocio de los reclusos, tales como; el estudio, el trabajo el deporte y la recreación. Los internos deberán contar con atención de penitenciaritas profesionales, regidos por las medidas del Estado. Asimismo, se deberán respetar los derechos de los internos, haciendo énfasis en los derechos humanos, y posteriormente el Estado debe garantizar instituciones de asistencia post-penitenciaria que sirvan como medio de reinserción del interno a la sociedad.

Artículo 184 #7 de la CRBV:

El Estado también tiene el deber de acercar al los internos a la sociedad, y de participar en actividades que se acerquen a los establecimientos penales.

https://www.clubensayos.com/Filosof%C3%ADa/CRIMINOLOGIA-ETIOLOGICA/1011163.html

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