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“El derecho emanado de la revolucion mexicana”

Enviado por   •  8 de Diciembre de 2017  •  5.617 Palabras (23 Páginas)  •  849 Visitas

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El 30 de abril de 1904, a solicitud del Gobernador José Vicente Villada, La legislatura del Estado México dictó una ley en la que se establecía de los casos de riesgo de trabajo el patrón de prestarle atención médica requerida y pagar el salario la víctima hasta por tres meses.

El 8 de agosto de 1914 se decretó en Aguascalientes la reducción de la jornada de trabajo nueve horas. El 15 de septiembre de 1914 de septiembre de mil novecientos catorce se expidió San Luis Potosí un decreto que fijaba los salarios mínimos.

El 19 de octubre de 1914 cándido Aguilar expidió la ley del trabajo del Estado de Veracruz, en la que se establece una jornada máxima de nueve horas, descanso semanal, salario mínimo, teoría del riesgo profesional, escuelas primarias financiadas, inspección del trabajo Y reorganización de la justicia obrera.

El primer jefe de la revolución constitucionalista presenta su proyecto de Constitución, en la que se limitaba a autorizar el Congreso la unión a regular la materia de trabajo. En el artículo cinco los redactores del proyecto limitaron a un año la obligatoriedad del contrato trabajo.

Después de una breve discusión el artículo 123 aprobado el 23 de enero de 1917.

La Constitución de 1917 y la reforma política y social de México

Con la Constitución de 1917 se consolida el sistema federal y el principio de división de poderes en ejecutivo, legislativo y judicial. Se introdujeron grandes reformas en el campo socio-laboral y agrario. Se modificaron también aspectos de la relaciones Iglesia-Estado, en las que no se reconoce la personalidad jurídica de las iglesias. El material juicio de amparo, se consolidó su permanencia del derecho Mexicano. El texto constitucional quedó integrado por 136 artículos mas16 transitorias, distribuidos en un ratito las piezas de capítulos y secciones.

Los títulos tratando las tardes individuales, los mexicanos, los extranjeros, los ciudadanos mexicanos, la soberanía nacional y forma de gobierno partes integrantes de la Federación en el territorio nacional, división de poderes, poder legislativo, elecciones instalación del Congreso, iniciativa información de las leyes, las facultades del Congreso, Comisión permanente, poder ejecutivo, poder judicial, responsabilidad de los servicios públicos, estado la Federación del Distrito Federal.

La legislación emanada de los regímenes revolucionarios

En materia agraria, el 23 de junio de 1920, durante el gobierno de Adolfo de la Huerta, se expidió la ley de tierras ociosas en virtud del acuerdo de pero de utilidad pública el cultivo las tierras de Labor.

A estas débiles y yo segundo código agrario, del 22 de septiembre de 1940 que fue abrogado por el código agrario de 1942. Casi 30 años después se expidió la ley Federal de Reforma agraria el 22 de marzo de 1971 que fue abrogada por la ley agraria promulgada 23 de febrero de 1992. Junto con la nueva ley se modificó el artículo 27 constitucional en materia agraria, para permitir la canalización de mayores recursos al campo. Se crearon además los tribunales agrarios, el registro agrario Nacional y la Procuraduría agraria.

En materia laboral, en 1917, mediante decreto presidente Venustiano Carranza, te dejo la forma de integración de las juntas de conciliación y arbitraje.

El 27 septiembre 1927 se expidió decreto por la que fueron creadas la junta Federal de conciliación y arbitraje y asuntos Federales de conciliación.

Es de septiembre de 1929 se modificó la Constitución para establecer que la ley del trabajo sería unitaria y la expediría el congreso federal.

En 1960 López Mateos designó una comisión para que preparar un anteproyecto de la ley del trabajo. En 1967, durante la presidencia Gustavo Díaz Ordaz, se designó una segunda comisión integrada por las mismas personas.

La ley Federal del trabajo de 1 si970 ha sufrido, entre otras, las reformas siguientes, en orden cronológico:

- Descuentos de los salarios-fondos Nacional de la vivienda para los trabajadores.

- Protección de la capacidad adquisitiva del salario.

- Revisión anual de los contratos colectivos y los contratos-ley

- Procuraduría de la defensa del trabajo

- Obligación de anunciar las violaciones al salario mínimo general

- Salarios mínimo profesionales

- Igualdad jurídica de la mujer Y derecho de referencias en el trabajo

- Ampliación de la competencia federal

- En materia de beneficiarios el riesgo de trabajo Y aguinaldo

- Reformas en materia de descuentos autorizados a salarios mínimos

- Trabajos de médicos residentes en periodo de adiestramiento en una especialidad

- Capacitación y adiestramiento, seguridad e higiene

- Capacitación y adiestramiento

- Reformas procesales que modificar los títulos 14

- Trabajo de las universidades e instituciones de educación superior autónoma

- Fondo Nacional de la vivienda

- Revisión de los salarios mínimos

- Infonavit. Se reformó el artículo 141

- Capacitación

- Infonavit. Se modificaron los artículos 141

- Elecciones ordinarias

- Procedimiento para fijar los salarios mínimos

En materia penal, 15 de diciembre de 1929 entre en vigor el nuevo código penal, obra de José Almaraz que sustituyó al anterior de 1871. El código de 1929, a su vez fue sustituido por el publicado en el diario oficial de la Federación del 14 de agosto de 1931, y entro en vigor el 17 de septiembre de 1931.

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE GUADALAJARA

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“El porfiriato”

Materia: Historia del Derecho

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