En el ámbito legal, la medicina legal cumple un rol muy importante en cuanto ofrece informaciones mediante conocimientos técnicos de la ciencia médica que ayudan a esclarecer cuestiones legales dudosas con un mayor rango de exactitud conforme avanza la
Enviado por klimbo3445 • 8 de Marzo de 2018 • 1.927 Palabras (8 Páginas) • 564 Visitas
...
En el código civil en el artículo 234 dice
“Los hijos tienen acción para ser reconocidos por sus padres. Esta acción es imprescriptible e irrenunciable. En la investigación de la paternidad o la maternidad, se admitirán todas las pruebas aptas para probar los hechos.
No habiendo posesión de estado, este derecho sólo puede ser ejercido durante la vida de sus padres.
La investigación de la maternidad no se admitirá cuando tenga por objeto atribuir el hijo a una mujer casada, salvo que éste hubiera nacido antes del matrimonio.”
De éste artículo se puede rescatar dos cosas importantes: primero al decir pruebas aptas para probar los hechos, se puede referir a un examen de ADN. Y segundo que para que pueda ser realizada ésta acción sobre un fallecido es necesario además cumplir con ciertos requisitos de posesión de estado (que se haya usado el apellido de la persona de quien se pretende ser hijo; que aquélla le haya dispensado el trato de hijo, y éste a su vez lo haya tratado como padre o madre; y que haya sido considerado como tal por la familia o la sociedad.). O sea que un hijo de sangre puede no ser reconocido legalmente por más que médicamente si sea hijo del fallecido.
Finalmente podemos ver la ley 879/81, el código de organización judicial, donde habla de las atribuciones del médico forense en el artículo 183
“Son atribuciones del médico forense:
a) Dictaminar por mandato judicial en los casos de enfermedad, impedimento físico o incapacidad de procesados y condenados que requieran tratamiento especial fuera del establecimiento penal;
b) Establecer el diagnóstico y pronóstico en los atentados a la vida, a la salud y al pudor de las personas que den lugar a procedimiento judicial;
c) Practicar el reconocimiento del cadáver y la autopsia en los casos exigidos por la investigación judicial, describiendo exactamente la operación e informando sobre el origen del fallecimiento y sus causa; y,
d) Intervenir en todas las demás cuestiones médico-legales que se plantean en los procesos judiciales y asesorar al Juzgado sobre las diligencias de orden científico conducentes a la investigación del hecho.”
Se puede observar en el inciso “c)” que habla de reconocimiento del cadáver. Lo cual es imprescindible para la realización de pruebas de ADN pertinentes a demostrar una relación de parentesco por sangre.
Formas de solicitar la autopsia
- En la parte penal: La autopsia de puede solicitar como apto investigativo, siendo una atribución del fiscal, caso en el que el Perito Médico emite un informe de autopsia por lo que debe usarse como prueba y el Perito como testigo (al ser una persona capaz de dar fe de sus conocimientos de lo acontecido en relación a su estudio del cuerpo).
También puede solicitarse la autopsia como anticipo jurisdiccional de prueba. Deben concurrir el juez, la defensa, el Ministerio Público y la querella y se debe poner los puntos de pericia como son: Causa de la muerte (asfixia, isquemia cerebral, etc), mecanismo (ahorcamiento), circunstancia (datos del lugar, víctima, etc), modo (suicidio, homicidio, accidente, etc) y otros.
- En la parte civil ya debe ser solicitado en el escrito de la demanda, especificando los puntos de pericia. Habitualmente son para resarcimiento por daños y perjuicios, mayormente en el área laboral.
Exhumación
La Exhumación (ex humus) consiste en excavar un cuerpo que se encontraba enterrado para su estudio. Habitualmente es pedida en juicios de filiación donde, no para realizar una autopsia, sino para levantamiento de ADN. También pueden pedirse otros puntos de pericia (causa, mecanismo, modo, circunstancia y otros). Es importante que al pedir los puntos de pericia se describa el proceso a realizar con la mayor libertad posible para el perito, utilizando verbos como “pudiendo extraerse” la evidencia de dientes, cabellos, huesos y otros, puesto que no se sabe en qué estado se encontrará el cadáver al desenterrarlo.
---------------------------------------------------------------
Conclusión
En nuestro sistema legal la parte tanatológica cuenta con serias deficiencias tanto estructurales como legales. Se pueden ver al respecto varios vacíos legales como en el caso de filiación post-mortem y la falta de actualización del código al hablar de días máximos y mínimos de embarazos, habiendo hoy en día pruebas de ADN que pueden garantizar de una forma más segura la relación de sangre entre dos personas.
La falta de importancia que se le da a la resolución de crímenes violentos en cuanto a la determinación científica de su causa, modo y circunstancia en el mismo código penal es preocupante, acompañada de la deficiencia estructural en cuanto a que si se aplicara una autopsia a cada uno de los casos de crímenes violentos las instalaciones actuales serían insuficientes por lo que se necesitaría una mayor inversión en el área para la creación de nuevos centros equipados para realizar todas las pruebas necesarias.
Hoy en día, los conocimientos médicos, proveen de herramientas muy importantes a los juristas para entender lo que realmente sucedió en cada caso y permitir una resolución más justa y objetiva, logrando así un derecho más eficiente.
...