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LA RELACIÓN JURÍDICA

Enviado por   •  23 de Diciembre de 2018  •  901 Palabras (4 Páginas)  •  253 Visitas

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Sus representantes principales de la ESCUELA CLASICA son Beccaria y BENTHAM y ROMAGNOSI.

En cuanto a la reacción penal el fundamento se encuentra en la obligación de hacer justicia sobre la base de libre albedrio.

La pena es el mal que se le da al delincuente por el mal que este cometido y debe ser claramente determinada y debe contener requisitos de legitimidad y de idoneidad.

- Requisitos de legitimidad

- Afectiva: sufrimiento físico o moral para el delincuente

- Proporcional: mal equivalente al mal causado.

- Individual: solo se aplica al reo.

- Ejemplar: se debe convencer a los conciudadanos de no intentar la comisión de crímenes.

- Igual: se aplica parejo a todos los que violan l ley sin distinción de rango, jerarquía o posición.

- Requisitos de indoneidad

- Publicidad: todos se enteren de la actuación del juez.

- Certeza: no hay medios legales para sustraer la pena

- Prontitud: entre mas rápido el castigo mas factible la pena.

- Moralización: no debe pervertir al delincuente.

- Fraccionalidad: para lograr la proporcionalidad.

- Reparabilidad: corrección de errores judiciales.

4.9 LA ESCUELA POSITIVISTA

Tuvo una existencia real la cual realizo 7 congresos internacionales llamados de “ANTROPOLOGIA CRIMINAL” 1885-1911

Los llamados evangelistas de esta escuela son: Cesare Lombroso, Enrico ferri y Rafael Garófalo.

La escuela positivista nació como reacción de los excesos jurídicos de ña “CLASICA” a su formalismo y dogmatismo.

Parte del positivismo lo que le da el nombre del método científico y considera al delito como un hecho natural.

Al no haber libre albedrio la responsabilidad no puede ser moral si no social.

4.10EL ELCTICISMO

4.10.1

Representada por tradistas de primer orden su gran merito fue distinguir la Criminología del Derecho Penal y la diversidad de métodos.

CAPITULO VII

LA INDIVIDUALIZACION DE LA RELACION PENAL

7.1 CONCEPTO

Individualizar significa especificar una cosa tratar de ella con particularidad y por menor determinar individuos comprendidos en la especie.

Para Marck Ancel significa establecer un tratamiento de antisocialidad que se ha manifestado en el acto delictivo y que infracción realzada es contrariamente síntoma y medida. También se entiende como la sanción de de adaptación penal correspondiente.

La individualización tiene como limites la legalidad.

7.2DESARROLLO

Para la escuela clásica la individualización es de difícil aplicación pues ve más del acto que el autor a cada delito corresponde una pena correcta.

La escuela positivista al variar el interés científico del delito al delincuente cambia de mentalidad respecto a la pena y su aplicación.

La individualización es un fenómeno único pero que se da en n

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