NORMATIVA DE PERMISOS EMPRESA PUBLICA
Enviado por Rimma • 2 de Abril de 2018 • 2.113 Palabras (9 Páginas) • 490 Visitas
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R. LOSEP: Art. 39
Procedimiento:
- EL colaborador(a) deberá regularizar formalmente el permiso con la entrega del formulario de permiso hasta el tercer día después del reintegro a su trabajo, el mismo deberá estar lleno en todos sus campos y con las firmas habilitantes respectivas
- Es obligación también del colaborador adjuntar el Acta de Matrimonio o el documento de Unión de Hecho
- El tiempo de permiso para esta actividad son los siguientes:
- C.T.: No obligatorio, previo acuerdo con el Director(a) de la unidad y la Dirección General de Talento Humano
- LOSEP: 3 días hábiles
- Permisos para tramites y asuntos personales.- Se refiere a los permisos solicitados para realizar actividades de índole personal: Tramites bancarios, pagos, compromisos etc.…
Procedimiento:
- Todos los permisos para trámite personales deberán ser solicitados con 24 horas de anticipación, la “SOLICITUD DE PERMISO” tendrá que ser llenada en todos sus campos, especificando las horas o días de permiso
- C.T. y LOSEP.- No obligatorio, previo acuerdo con el Director(a) de la unidad y la Dirección General de Talento Humano
- Vacaciones.- Son los días descanso que podrá gozar el colaborador al cumplir 1 año de servicio.
PERIODO MÁXIMO DE ACUMULACIÓN
- REGIMEN LOSEP: 60 DIAS (Art. 29 LOSEP)
- REGIMEN C. DE TRABAJO: 3 AÑOS CONSECUTIVOS (Art. 75 C.T.)
DIAS A TOMAR POR AÑO DE SERVICIO
- REGIMEN LOSEP: 30 DIAS (Art. 29 LOSEP)
- REGIMEN C. DE TRABAJO: 15 DIAS, más 1 día adicional después del 5to año de trabajo (Art. 69 C.T.)
Procedimiento:
- Solicitar los días disponibles a gozar a la Dirección General de Talento Humano, la cual emitirá un certificado informativo “CERTIFICADO DE VACACIONES”, donde se detallará los días y los periodos pendientes a ser tomado por el colaborador.
- Solicitar a la Dirección General de Talento Humano la “SOLICITUD DE PERMISO” la cual tendrá que ser llenada en todos sus campos, especificando de que día a que día hará uso de sus vacaciones.
- La solicitud deberá ser firmada por el colaborador y el Director(a) que soliciten las vacaciones
- La solicitud de vacaciones deberá ser entregada a la Dirección General de Talento, adjuntado el “CERTIFICADO DE VACACIONES” con 15 días de antelación a la fecha en que se solicitan las vacaciones.
- La Dirección General de Talento Humano una vez validada la solicitud, deberá registrar en el cronograma anual de vacaciones.
- Cumplimiento de asistencia, puntualidad, ausencia del puesto de trabajo y horarios de lunch
Los siguientes procedimientos son aplicables a los régimen de LOSEP y CODIGO DE TRABAJO.
6.1. Todos los colaboradores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal Del Cantón Durán, registrarán su asistencia cuatro veces al día mediante el sistema del control biométrico:
- INGRESO
- SALIDA AL ALMUERZO
- INGRESO DEL ALMUERZO
- SALIDA
6.2. La jornada laboral inicia a las 08H00 am y culmina a las 17h00pm, de lunes a viernes.
6.3. Para el horario destinado al almuerzo se deberá registrar la salida y entrada respetando el cumplimiento del tiempo autorizado para dicha actividad (1hora), todas las direcciones deberán planificar un horario de salida paulatino el cual estará comprendido entre las 12H00pm y 14H00pm, asegurando que por ninguna circunstancia queden vacías las oficinas y que se brinde la atención oportuna y apropiada al usuario interno y externo.
6.4. La ausencia en el puesto de trabajo se legalizará con el permiso respectivo, sea este por asuntos personales, por comisión dentro de la ciudad, por enfermedad o por calamidad domestica debidamente comprobada. Adicionalmente el permiso por enfermedad deberá estar avalado por el IESS, caso contrario se los considerará como permiso personal. El permiso deberá estar debidamente firmado por las y los Directores de Área.
6.5. Ningún servidor o servidora podrá salir de la institución, a cumplir tareas oficiales, sin que haya elaborado el permiso correspondiente, caso contrario se lo tomará como ausencia injustificada.
- Amonestaciones y Sanciones
- Todos los colaboradores tendrán 3 minutos de gracia, para registrar su ingreso, considerándose atraso desde el minuto 4 (08H04 am).
- Los colaboradores que tuviesen 3 atrasos en un mismo mes, serán sancionados con amonestación verbal.
- Los colaboradores que tuviesen 5 atrasos en un mismo mes, serán sancionados con amonestación escrita.
- Los colaboradores que tuviesen 8 atrasos en un mismo mes, tendrán sanción pecuniaria equivalente al 3% de su remuneración.
- Los colaboradores cuyo régimen de contrato este por el CÓDIGO DE TRABAJO, tendrán sanciones conforme lo dispuesto por dicho Código, específicamente lo estipulado en el Art. 172 # 1 “Causas por las que el empleador puede dar por terminado el contrato”.
FLUJOGRAMAS DE LOS
PROCESOS
PERMISOS Y LICENCIAS
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VACACIONES[pic 4]
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