Resumen de la Legislación Ambiental.
Enviado por Rebecca • 13 de Noviembre de 2017 • 9.763 Palabras (40 Páginas) • 446 Visitas
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Es mediante la modificación en el año 2008 del capítulo XIII del Código Penal peruano que se introdujeron penas efectivas cuando se atente contra nuestro medio ambiente, es decir, cuando se cometan delitos de contaminación ambiental o que afecten negativamente los recursos naturales de nuestro país.
Cambios como el nombrado, así como la creación del Ministerio del Ambiente, han logrado modificar significativamente la visión de nuestro entorno y promueven que analicemos toda actividad que pudiese de alguna forma afectar nuestro ambiente, lo cual hasta hace unas décadas no se hacía.
En la actualidad el tema del cuidado ambiental está en la agenda del Estado y de las empresas privadas y se busca fortalecer el concepto del derecho ambiental. Se sabe que el camino es largo y que falta mucho por recorrer, ya que aún muchas actividades siguen afectando nuestro ambiente y muchos proyectos de inversión no lo toman en cuenta como debieran, pero poco a poco se va logrando crear una conciencia ambiental.
CONCEPTOS INTRODUCTORIOS
- Ambiente.
El ambiente es un sistema de variables biológicas y químicas que necesitan de los organismos vivos para vivir, particularmente del humano. Algunas de estas variables son el oxígeno, la presencia o no de agua, la presencia o no de alimentos, entre otros.
La delimitación del ámbito y alcances del ambiente se puede definir en el concepto de biósfera que son los espacios biológicamente habitables. Así la biósfera es un sistema complejo de interacciones de seres vivos y no vivos con sus ecosistemas buscando la prolongación de la vida, lo que se llamaría “equilibrio ecológico”.
Este equilibrio se encuentra amenazado todo el tiempo por factores naturales y principalmente en las últimas décadas por las actividades humanas.
A razón de esta amenaza humana a equilibrio ecológico mundial existe una preocupación creciente por los ambientes humanos y su conservación, entendiendo que éstos son los que garantizarán nuestra existencia.
- Derecho ambiental.
Entendiendo que el derecho tiene por finalidad restringir las conductas humanas por medio de normas que buscan el bien común, el derecho ambiental busca regular aquellas conductas del hombre que puedan alterar o influir de manera significativa el equilibrio ecológico, el cual hace posible la vida en sus diferentes formas.
Así el derecho ambiental está concebido como el derecho protector del ambiente por lo que se ocupa principalmente en:
- Prohibir, permitir o restringir determinadas conductas humanas relacionadas al ambiente y sus componentes.
- Establecer derechos y obligaciones del hombre referente al ambiente y sus componentes.
- Asignas funciones y competencias a las autoridades encargadas de velar por la protección del ambiente.
- Recursos naturales.
Los recursos naturales son todos aquellos que componentes de la naturaleza que son o pueden ser aprovechados para satisfacer las necesidades humanas y que poseen valor en el mercado.
La legislación peruana establece como recursos naturales: las aguas superficiales o subterráneas, el suelo y subsuelo, la diversidad biológica, los recursos hidrocarburíferos e hidroenergéticos, la atmósfera y los minerales, el paisaje natural, entre otros.
La Constitución de 1993 en su artículo 66 reconoce a los recursos naturales renovables y no renovables como patrimonio nacional, siendo el Estado soberano de ellos quien también podrá brindar concesiones u otras autorizaciones para su uso.
Así la ley orgánica brinda las condiciones para su uso y la utilización de sus productos bajo las concesiones (lo cual no significa que exista derecho de propiedad para quien recibe la concesión), licencias, autorizaciones, contratos de acceso o de explotación y otras modalidades de derechos sobre los recursos naturales. Para todos los casos el Estado sigue siendo el propietario de dichos recursos aunque brinda el aprovechamiento de los mismos a un tercero.
- Diversidad biológica (Biodiversidad).
Según el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) define la biodiversidad como la variabilidad entre los organismos vivos de cualquier fuente incluyendo los ecosistemas que lo conforman. En otras palabras la biodiversidad es la variabilidad de genes, especies y ecosistemas así como los procesos ecológicos de los que depende toda forma de vida.
La CDB reconoce la conservación de la biodiversidad como un interés de la humanidad así como el derecho de los Estados sobre sus recursos naturales existiendo la posibilidad de explotarlos según su propia legislación.
En base a esto el Estado Peruano se declara soberano sobre las medidas necesarias para la conservación y utilización de la biodiversidad contenida en el territorio peruano. Aunque se debe aclarar que el manejo de la conservación de la biodiversidad en nuestro país es de carácter sectorial y no centralizada, es decir, cada autoridad según su sector está encargado de la conservación de la biodiversidad que le corresponde a pesar que existe actualmente el Ministerio del Ambiente.
- Áreas naturales protegidas.
En el Perú se define como áreas naturales protegidas a los espacios dentro del territorio nacional reconocidos como tales a fin de conservar su biodiversidad y otros valores asociados (cultural o científico) con el desarrollo sostenible del país.
Estas áreas constituyen patrimonio nacional por lo que deben conservarse a perpetuidad permitiéndose su uso y aprovechamiento bajo la normativa vigente. Asimismo su propiedad es de dominio público y no puede ser transferida a particulares.
Los principales objetivos de la creación de las áreas naturales protegidas son:
- Asegurar la continuidad de los procesos ecológicos y evolutivos del área.
- Evitar la extinción de las especies de flora y fauna silvestres.
- Evitar la pérdida de la diversidad genética.
- Mantener y manejar los recursos de flora y fauna silvestre así como la condición de las cuencas hidrográficas.
- Mantener el entorno de los recursos naturales,
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