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Comparativa de las MARCS Curso de Conciliación

Enviado por   •  25 de Mayo de 2022  •  Tareas  •  719 Palabras (3 Páginas)  •  250 Visitas

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Curso de Conciliación - Básico

Alumna: Lazo

Trabajo A[pic 1]signado: Realizar cuadro comparativo de los MARCS

NEGOCIACIÓN

MEDIACIÓN

CONCILIACIÓN

ARBITRAJE

VÍA JUDICIAL

¿Qué es?

Se da entre dos o más partes actuantes que tienen un conflicto y lo solucionan a través de técnicas de comunicación efectivas, intercambiando propuestas y haciendo concesiones.

Método alternativo que tiene como finalidad intrínseca arribar a la solución integral del conflicto entre dos o más partes, para evitar llevar a la instancia judicial.

Medio alternativo a la vía judicial, a través de la cual las partes resuelven por sí mismas y mediante un acuerdo el conflicto jurídico, contando con la intervención de un tercero que es el conciliador.

Es una forma de resolver el litigio sin acudir a la vía judicial. Las partes, de mutuo acuerdo, nombran a un tercero independiente denominado árbitro que será el encargado de resolver el conflicto.

Es la vía en la cual se consideran todos los actos jurídicos llevados a evaluación de un representante de la ley para que este resuelva el problema de acuerdo al ordenamiento jurídico.

¿Cuál es la naturaleza del procedimiento?

No es adversarial, es libre. No se presentan argumentos y/o pruebas.

No es adversarial, es libre. No se presentan argumentos y/o pruebas.

No es adversarial, es libre. No se presentan argumentos y/o pruebas.

Es adversarial, regula el momento de la presentación de argumentos y/o pruebas.

Es adversarial, regulada por las etapas de la presentación de pruebas y sustentación de argumentos.

¿Es formal?

Es informal y sin estructura considerable.

Generalmente informal y sin estructura considerable.

Generalmente informal y sin estructura considerable.

Procesalmente menos formal que la vía judicial.

Formal y altamente estructurado.

¿Qué tipo de carácter tiene?

Es Privado.

Es Privado.

Es Privado.

Es Privado.

Es público.

¿Quiénes participan?

Solo participan las partes.

Participan las partes con ayuda de un tercero escogido y aceptado por las partes.

Participan las partes y un tercero que es el conciliador, el cual media sin tomar decisiones.

Participan las partes y el árbitro como tercero, el cuál es elegido y es quien resuelve.

Participan las partes y un tercero que no puede ser elegido, quien es el que resuelve.

¿Quiénes controlan el proceso?

Las partes.

Las partes y el tercero.

Las partes y el tercero.

Principalmente el tercero.

El tercero.

¿Quienes toman la decisión?

Las partes.

Las partes.

Las partes.

El árbitro.

El juez.

¿Los acuerdos tomados son de obligatorio cumplimiento?

Es Voluntario, depende de las partes.

Es Voluntario, depende de las partes.

Es Voluntario, depende de las partes, pero es pre-requisito para dar inicio a un proceso judicial.

Es de cumplimiento obligatorio.

Es de cumplimiento obligatorio.

¿Es obligatorio participar?

No, la participación es voluntaria.

No, la participación es voluntaria.

No, la participación es voluntaria.

No, la participación es voluntaria.

Sí, es obligatoria la participación.

¿Qué resultados busca?

Se busca que las partes queden satisfechas.

Se busca que las partes queden satisfechas. El mediador NO propone fórmulas de solución.

Se busca que las partes queden satisfechas. El mediador SÍ propone fórmulas de solución.

Se buscan soluciones equitativas dentro del marco legal.

Se busca una decisión fundamentada en la normativa.

¿Cuáles son las principales ventajas?

El resultado depende principalmente de que las partes estén dispuestas a que su objetivo no sea imponerse sobre el otro. Si esto es así el resultado será fácilmente exitoso y alcanzable.

El tercero puede sugerir ideas a las partes como una forma de asistirles a resolver el conflicto, abriendo así canales hacia un resultado satisfactorio.

Existe una mayor participación y control de las partes sobre el procedimiento, el cual es rápido, económico y eficiente. Es, además, un proceso de carácter reservado y confidencial.

Carecen de impugnación, por lo que la resolución es acatada de forma definitiva.

Es la vía más estructurada que existe, además que por ser obligatoria las partes tendrán una solución de forma definitiva.

¿Cuáles son las principales desventajas?

Si una de las partes no está dispuesta a sacrificar parte de sus intereses la negociación no será efectiva.

Como el propósito no es juzgar ni buscar culpables o inocentes, los resultados no siempre van a estar alineados con quien tiene los los derechos a su favor.

Los asuntos complejos quedan en manos y decisión de las partes, quienes no siempre van a tener el conocimiento y/o criterio para resolver de la forma más exitosa y conveniente para ambas partes.

No existe una regulación de tarifas, por lo que es un medio realmente costoso, lo que dificulta el acceso igualitario.

Es una vía que toma una inversión de tiempo considerable, además del desgaste económico y mental del proceso debido a la alta carga procesal que existe actualmente y a la desconfianza a las autoridades y su imparcialidad, una de las razones principales por las que surgieron los medios alternativos de solución de conflictos.

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