Dictamen del infonavit
Enviado por monto2435 • 2 de Abril de 2018 • 2.046 Palabras (9 Páginas) • 429 Visitas
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CUANDO NO SURTIRA EFECTO
No surtirá efecto el aviso que se presente cuando:
- No se presente el aviso correspondiente y dicho aviso no haya sido suscrito por el patrón y por el CPA
- El registro del CPA se encuentre suspendido o cancelado
- Tenga notificado una visita de auditoria
- Se esté practicando una visita de auditoria que involucra el ejercicio solicitado a dictaminar
PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN
Para su presentación se considera dentro de los 6 meses posteriores a la fecha de presentación del aviso de dictamen
PRORROGA
El instituto puede otorgar prorroga hasta por 60 días naturales para la presentación del dictamen, anexos y otros documentos
DICTAMEN
El dictamen contendrá lo siguiente:
- Dictamen
- Carta de presentación
- Cuaderno de dictamen
- Anexos
El dictamen deberá apegarse al texto que apruebe el instituto y contendrá lo siguiente:
- Opinión
- Sin salvedades
- Con salvedades
- Con abstención de opinión
- Con opinión negativa
- Señalar los conceptos omitidos en caso de que existan
- El registro patronal y el ejercicio dictaminado
- En su caso las razones por la cual no puede formular el dictamen
- Número de registro ante el instituto, nombre y forma del CPA
OMISIONES
Cuando el CPA en su revisión se detecta cantidades omitidas, podrá determinarse y pagarse antes de la entrega del dictamen
ANEXOS
El dictamen que prepare el CPA deberá ir acompañado de los siguientes anexos que se listan a continuación:
- Informe sobre la situación fiscal del patrón, que debe contener lo siguiente
- Descripción de las características generales del patrón
- Clases y características de los contratos de trabajo colectivos e individuales
- Cuadro analítico de las bases para realizar las aportaciones y los descuentos
- Análisis del total de percepciones por grupos o categorías
- Conciliación del total de percepciones de trabajadores
- Reporte de la actividad realizada por el patrón y su clasificación
REVISIÓN SECUENCIAL
Consiste en que la institución revisara el dictamen y sus anexos conforme a lo siguiente
- Requerirá por escrito al CPA con copia al patrón:
- Cualquier información del cuadernillo del dictamen
- Los papeles e trabajo
- La información y documentación correspondiente a las partidas a revisar
- Requerirá al patrón con copia al CPA, la información y documentos de las partidas sujetos a revisión por parte de la institución+
BENEFICIOS
Aquellos patrones que opten por dictaminarse tendrán los siguientes beneficios:
- No serán sujetos visitas domiciliarias por el ejercicio dictaminado
- No se emitirán a su cargo cedulas de determinación de diferencias derivados del procedimiento de verificación de pagos
- En caso contrario de lo mencionado anteriormente y se encuentre en proceso el dictamen el patrón deberá liquidar el saldo a su cargo
SANCIONES AL CPA
Cuando el Instituto detecte irregularidades en la elaboración e integración del dictamen podrá imponer sanciones, las cuales se mencionan a continuación:
- Le amonestara:
- Si presenta incompleta la información
- Cuando se presenta extemporáneamente el dictamen y anexos
- No cumpla con los requerimientos que establece el instituto
- No cumpla con las obligaciones impuestas por el instituto
- Le suspenderá el registro ante el instituto:
- Por un año, cuando acumule 3 amonestaciones
- Por dos años, cuando:
- No formule el dictamen y anexos debiendo hacerlo
- No haga las aclaraciones por no haber presentado completa la información
- Cuando no se presente en el plazo establecido la documentación aclaratoria
- Por tres años cuando se determine que dictamino aun cuando se encontraba en uno de los supuestos que impedían realizarlo
- Cuando este sujeto a proceso penal
- Por el periodo en que preste sus servicios a una autoridad fiscal
- Le cancelara el registro ante el instituto cuando:
- Hubiera incidencia a la violación a las disposiciones que rige la LSS
- Cuando la sentencia del proceso penal al que fue sujeto, sea condenatoria
- Deje de ser socio activo de algún colegio
- Tenga relación laborar con el Instituto
- Al dejar de tener vigencia su registro
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