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Como se da el Consejo de Derechos Humanos

Enviado por   •  5 de Enero de 2019  •  14.354 Palabras (58 Páginas)  •  282 Visitas

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En sus cinco primeros años de funcionamiento se ha producido una etapa inicial de construcción institucional, donde se definieron los mecanismos y procedimientos a ser utilizados por el nuevo órgano. También se han extinguido y creado órganos subsidiarios, se han revisado los mandatos de los relatores especiales y se ha puesto en marcha el Examen Periódico Universal.

En efecto, a pesar de que la protección de los derechos humanos por parte de la ONU es un asunto ampliamente abordado por la doctrina desde hace décadas, la reestructuración institucional del principal órgano de derechos humanos de esta organización en este inicio de siglo XXI justifica que se revisite el tema, con la mirada específica hacia la efectividad de las modificaciones introducidas en el nuevo órgano. Y es que, no debemos olvidar, al replantear uno de sus ejes centrales –los derechos humanos–, resulta afectada de alguna manera la totalidad del sistema de las Naciones Unidas.

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SISTEMAS INTERNACIONALES DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EL SISTEMA UNIVERSAL DE PROTECCIÓN

Para comprender adecuadamente la creación del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y la transición de la Comisión de Derechos de la ONU hacia el Consejo, es imprescindible referirnos previamente a la existencia de mecanismos de control internacional de las obligaciones estatales y de su utilización en la protección internacional de los derechos humanos en el marco de la referida Organización. La contextualización de la noción de control es, pues, esencial para acercarnos al Consejo de Derechos Humanos, una vez que éste no sólo heredó de su antecesora la casi totalidad de los mecanismos de supervisión que existían en su seno, sino que su gran novedad – el Examen Periódico Universal- también tiene por objetivo la evaluación de la conducta estatal con respecto a las normas internacionales de derechos humanos.

La mención a la teoría del control se hace aún más importante si ponderamos que fue precisamente la debilidad del ejercicio del control por parte de la Comisión de Derechos Humanos lo que supuestamente impulsó su extinción y la consecuente creación del Consejo. Esto nos lleva a concluir que será la capacidad del Consejo para ejecutar con más eficiencia sus tareas de fiscalización de las obligaciones internacionales de los Estados lo que definirá en el largo plazo el éxito o el fracaso de la transición institucional.

- El control internacional como mecanismo de protección y garantía de los derechos humanos

Debido a la estructura y caracteres específicos de la Sociedad internacional y del Derecho que la rige, en especial la soberanía de los Estados como elemento esencial, los mecanismos de aplicación del Derecho Internacional poseen su propia especificidad. Entre todo ellos, el más desarrollado es el conocido como control internacional. Pues bien, antes de abordar su análisis en relación a los derechos humanos, nos aproximaremos a su concepto general, en tanto en cuanto ello nos servirá para contextualizar el control internacional en la específica área de los derechos humanos.

- Aproximación a la noción de control internacional

El concepto de control internacional ha sido ya objeto de innumerables estudios a lo largo del tiempo[4]. A pesar de ello, en la práctica dichos estudios han resultado infructíferos a la hora de formular una noción unívoca del término. Así, para MARIÑO MENÉNDEZ “la noción de control internacional tiene perfiles bastante borrosos”[5]. Por tal razón, y también porque mi motivación es tan solo la de contextualizar la labor tanto de la Comisión como del Consejo de Derechos Humanos dentro del marco al que pertenecen -el del control internacional de los derechos humanos-, nos limitaremos a utilizar el concepto de control relacionado a la idea de verificación del cumplimiento de las obligaciones internacionales de los Estados, sin pretensiones de profundizar en el tortuoso camino de los debates teóricos sobre el concepto de control[6].

Para fines de este trabajo, definiremos el control internacional como el conjunto de las operaciones realizadas por una autoridad internacional con el objetivo de averiguar la compatibilidad de la conducta estatal con relación a una norma de Derecho Internacional, en general, de naturaleza obligatoria y aplicable al Estado en cuestión. Luego, se puede afirmar que la principal función del control internacional es verificar el cumplimiento de las normas internacionales por parte de los Estados, velando a la vez por la fortaleza e integridad de las normas de Derecho Internacional en general[7].

Es importante recordar que el fundamento del control internacional es siempre el consentimiento estatal, es decir, como regla general el Estado tiene que haber dado su aquiescencia previa tanto a la norma que le obliga como, en especial, a la posibilidad de tener su conducta verificada[8]. Por su parte, la organización internacional responsable de realizar el control también tiene que haber consentido respecto a su prerrogativa para controlar[9]. Luego, el control internacional es un instituto de carácter eminentemente voluntarista, como corresponde a la Sociedad internacional westfaliana de Estados soberanos, que no reconoce poder superior al estatal, por consiguiente, y en la que todavía nos encontramos.

- El control internacional del respeto a la situación de los derechos humanos

A partir la teoría general del control brevemente expuesta, podemos pasar al examen de uno de los ámbitos materiales donde el control internacional se ha desarrollado más intensamente: la protección internacional de los derechos humanos. Efectivamente, como veremos en seguida, a partir de finales de la Segunda Guerra Mundial comenzaron a establecerse sistemas de control en el marco específico de la protección internacional de los derechos humanos. Este proceso tuvo como resultado la construcción de sistemas internacionales de control en diferentes ámbitos, tanto a nivel universal como regional, como vamos a ver a continuación.

- Origen y desarrollo histórico de los sistemas internacionales de protección de los derechos humanos

La protección internacional de los derechos humanos es resultado de un proceso evolutivo, que comenzó a finales del siglo XIX y que se caracteriza, entre otras cosas, por su rápida progresión, por su apertura al cambio y a la evolución, por su carácter axiológico y por la heterogeneidad

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