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Historia del derecho mexicano.EL DERECHO PRECORTESIANO

Enviado por   •  2 de Mayo de 2018  •  26.778 Palabras (108 Páginas)  •  938 Visitas

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Cerca del Siglo XIII Grupos chichimecas invadieron la Ciudad Tollan Xicototitlan Capital de los toltecas y a partir de este periodo comenzaron a moverse hacia el Sur y establecerse hasta el valle de México , los chichimecas que llegaron al valle de México fueron los que comando Xólotl, los cuales posteriormente abandonarían su nomadismo para absorberse en la cultura Mesoamericana sedentaria.

1.5 AZTECAS

Los aztecas representan una rama originalmente poco llamativa dentro de los Chichimecas.

Después de participar en la derrota de Tula (Segunda mitad del siglo X), capital Tolteca, los Aztecas llegaron al Valle de México, dirigidos por su Dios protector, Huitzilopochtl. En el Valle de México hubo en aquel entonces un conjunto de ciudades, que vivían en competencia militar y comercial, conformadas por victoriosos Chichimecas, derrotados Toltecas y pobladores autóctonos. Los Aztecas, después de vivir algunas generaciones en un rincón relativamente tranquilo dentro de este tumultuoso mundo, ósea en Chapultepec y no muy felices con la política de sus poderosos vecinos tuvieron que huir hacia una isla en el Lago de Texcoco, donde destruyeron poco a poco su notable ciudad Tenochtitlan (¿1325 D.C.?) que, con el tiempo, absorbería su antiguo hogar, Chapultepec, que se juntó mediante 10 diques, al mismo tiempo carreteras, con tres puntas de la orilla. A partir de ese momento su política fue mas hábil. Los servicios que como mercenarios prestaron a Azcapotzalco (mucho tiempo dominado por el glorioso déspota Tezozomoc) dieron buenos resultados ambas partes, combinando esta colaboración en la derrota de Texcoco, en 1418. Entre tanto desde 1383 los Aztecas transformaron su gobierno aristocrático en monarquía, se eligió un rey (el Mexy) de pretendía ascendencia tolteca. Al lado del rey funciono un consejo de delegados nobles. Después de la muerte del ya centenario Tezozomoc (1426), Tenochtitlán tomo la iniciativa para un total reversement des allances (1429) junto con el exiliado pretendiente de Texcoco, Nezahualcoyotl (reinante de 1431 a 1472). Los Aztecas destrozaron Azcapotzalco (1430) y obtuvieron la hegemonía dentro de una triple alianza con Texcoco y Tlacopan (Tacuba). Con apoyo de esta alianza, los aztecas lograron extender su poder hasta Veracruz, mas allá de Oaxaca y las costas Guerrero sus guarniciones se localizaban hasta lo que hoy se conoce como Nicaragua. En el noroeste empero, tuvieron que respetar la independencia de los tarascos. Los príncipes de las tribus sometidas, se convirtieron en vasallos del emperador azteca, tenían que vivir con este en Tenochtitlan.

1.5.1 EL DERECHO PENAL AZTECA

El derecho penal era, desde luego muy sangriento, y por sus rasgos sensacionalistas es la rama del derecho mejor tratado por los primeros historiadores. La pena de muerte es la sanción más corriente en las normas legisladas que nos han sido transmitidas y su ejecución fue generalmente pintoresca y cruel. Las formas utilizadas para la ejecución fueron a muerte en hoguera, el ahorcamiento, el ahogamiento, el apedreamiento, el azotamiento, muerte por golpes de palos, el degollamiento, empalamiento, desgarramiento del cuerpo. Antes o después de la muerte hubo posibles aditivos infamantes.

A veces, la pena capital fue combinada con la de confiscación. Otras penas fueron la esclavitud, la mutilación, el destierro definitivo o temporal, la pérdida de ciertos empleos, destrucción de la casa o encarcelamiento en prisión, que en realidad fueron lugares de lenta y miserable eliminación.

El homicidio se castigaba con la pena de muerte, salvo que la viuda abogara por la esclavitud. El derecho de que el homicidio hubiera encontrado a la víctima en flagrante delito de adulterio con su esposa no constituía una circunstancia atenuante. La riña y las lesiones solo daban lugar a indemnizaciones. Como el uso del alcohol fue muy limitado (por la ley) y los indios andaban inermes (fuera del caso de guerra), parece que los delitos de lesiones no alcanzaron la frecuencia y gravedad que exigiría una mayor represión.

Es de notarse que entre los aztecas el derecho penal fue el primero que en parte se translado de la costumbre al derecho escrito. Sin embargo, la tolerancia española frente a ciertas costumbres jurídicas precolombinas no se extendió al derecho penal de los aborígenes. En general puede decirse que el régimen penal colonial era mucho más leve para el indio mexicano que este duro derecho penal azteca.

2.1 EL DERECHO ESPAÑOL HASTA EL SIGLO XII

* Las formaciones políticas y la reconquista.

Hacia 1150, el territorio peninsular se hallaba dividido entre varios reinos.

Aparte los musulmanes, se contaban el de Portugal, desde 1140; León y Castilla, separados desde 1157 a 1229 y desde esa fecha definitivamente unidos; Navarra, primero bajo una dinastía española, luego unida al reino de Francia desde 1286 a 1328, de nuevo independiente bajo la casa de Evreux de 1328 a 1425, y más tarde vinculada a la Corona de Aragón desde 1425 a 1479; y la Corona de Aragón, que unía bajo un mismo rey a Aragón y Cataluña.

Excepto Navarra, los restantes reinos consiguieron extender sus fronteras reconquistando el territorio que aun quedaba en poder de los musulmanes.

Jaime I de Aragón conquistó los reinos moros de Mallorca (1229) y de Valencia (1238) y los unió a la Corona de Aragón; Mallorca se separó algún tiempo como reino independiente (1276 a 1349).

Fernando III unió a Castilla los reinos de Córdoba (1236), Murcia (1241) y Sevilla (1248), y sus sucesores conquistaron el resto de Andalucía, salvo Málaga y Granada.

Luego, terminada la reconquista, los reyes de Aragón buscaron nuevos dominios en el Mediterráneo: Sicilia, Cerdeña y Nápoles.

Castilla, por su parte, conquistó varias de las islas Canarias a lo largo del siglo XV.

Consecuencia inmediata de esta situación fue la vigencia de diversos ordenamientos jurídicos en la península y su expansión a otros países.

También, el fortalecimiento de los diferentes reinos y de la realeza.

** La vida económica y social.

A partir del año 1100 se produjo en toda España, pero especialmente en las zonas del Cantábrico y de Levante, una gran prosperidad económica, que se fue acentuando con el correr de los siglos,

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