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Ética de la psicología

Enviado por   •  15 de Enero de 2019  •  11.224 Palabras (45 Páginas)  •  444 Visitas

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3.1 Deontología

Retomando lo que ya revisamos la semana pasada la deontología de la psicología es la normatividad que establece cuales son las conductas convenientes o buenas y las malas prácticas en la psicología y concluíamos además que dichas normas dictan cuáles son los comportamientos propios de la profesión, que son vistos como buenos y los que son vistos como malos e incluso que se castigan, considerando la aplicación de la psicología en sus diversas áreas.

En este manual revisaremos brevemente los códigos deontológicos del APA (Asociación Americana de Psicología) y de la EFPA Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos y abordaremos ampliamente el Código ético del Psicólogo presentado por el CNEIP y de la Sociedad Mexicana de Psicología (2016)

3.2 Códigos deontológicos y su aplicabilidad APA Y EFPA, que rigen el comportamiento en el uso de la psicología.

La Asociación Americana de Psicología (APA por su sigla en inglés) es la organización profesional de los psicólogos en los Estados Unidos. Esta organización publica los Principios Éticos de Psicólogos y el Código de Conducta como un documento completo. Este documento incluye una introducción, preámbulo, los principios generales y las normas de la profesión. Los psicólogos que son miembros de la APA son éticamente y profesionalmente obligados por tal documento (Bianca, s/f)

Las normas Éticas del APA, establecen reglas obligatorias de conducta profesional, el propósito del Código de Ética del APA es proporcionar orientación para los psicólogos y reglas de conducta profesional que pueden ser aplicados por la APA y por otras instituciones que deciden adoptarlas (Facultad de psicología, Universidad de Buenos Aires s/f). Los principios Éticos que establece el APA son los siguientes: A. La beneficencia y no malversación, B. La fidelidad y la responsabilidad, C. La integridad, D. La justicia y el respeto a los derechos de las personas y E. La dignidad. Es importante la consulta de dicho código, este lo encontrarán en los recursos de la semana 3, de su plataforma Blackboard.

Un código ético es una característica de profesiones consolidadas, el Meta-código de Ética de la Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos (EFPA) está elaborado por un grupo de psicólogos de distintos países de Europa, está basado en los cuatro principios éticos: Respeto, Competencia, Responsabilidad e Integridad, el Meta-código fue originalmente diseñado para guiar a las asociaciones profesionales de los países miembros en la elaboración o revisión de sus códigos. Sin embargo, la experiencia ha mostrado que los psicólogos también encuentran el Meta-código útil para su propia práctica profesional (Lindsay, 2009)

Debido a la importancia del Meta-código de Ética de la Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos (EFPA) he anexado tal documento en los recursos de la semana 3 en la plataforma de blackboard, por lo que es importante su consulta. Tal Meta-código aborda diversos temas de interés para el psicólogo como la dignidad de las personas, la competencia, la responsabilidad, la integridad, la autodeterminación, la conciencia ética y entre muchos temas de interés para el psicólogo.

Otro de los códigos éticos importante es el que citaré a continuación y con el que abordaremos los siguientes temas. Considero que este código está muy completo por lo que en el siguiente apartado del manual lo citaré de manera textual en cada uno de sus 149 artículos, se trata del Código Ético del psicólogo del CNEIP y de la Sociedad Mexicana de Psicología (2016)

3.2.1 Competencia y honestidad en la psicología

Los siguientes artículos que presenta el CNEIP y de la Sociedad Mexicana de Psicología (2016) hablan sobre la importancia de que los servicios que ofrece el psicólogo partan de una base científica y en estudios acreditados, además habla sobre las nuevas áreas donde se debe buscar proteger a los participantes de dichos servicios, la importancia de la actualización y de las declaraciones públicas engañosas sobre su formación, además de la importancia de reconocer los propios conflictos como un elemento que puede afectar su desempeño profesional y sobre el trabajo con grupos étnicos y la importancia de documentarse acerca de ellos.

Artículo 1. Los servicios, la enseñanza y la investigación que realiza el psicólogo, se basan necesariamente en un cuerpo de conocimientos válido y confiable, sustentado en la investigación científica, por lo que el trabajo que desempeña debe corresponder directamente con la educación, formación, experiencia supervisada o experiencia profesional que haya recibido formalmente.

Artículo 2. En el caso de servicios de enseñanza, o investigación en áreas nuevas o que entrañen técnicas nuevas, el psicólogo podrá desempeñarse en estas, solo después de haber acreditado los estudios, recibido la formación y la supervisión, y/o consultado las personas competentes en aquellas áreas o técnicas y la constancia que acredite dicha formación.

Artículo 3. En áreas emergentes en las que no exista todavía normas generalmente reconocidas para la formación, no obstante, el psicólogo tomará las medidas razonables para asegurar la calidad de su trabajo y para proteger de daño a pacientes, clientes, organizaciones, comunidades, estudiantes, participantes e investigaciones y otros.

Artículo 4. El psicólogo se mantendrá razonablemente actualizado acerca de la formación científica y profesional actual en su campo de actividad y realiza esfuerzos continuos para mantener su competencia y pericia en las habilidades que emplea. Recibirá la educación, formación, supervisión y consultas adecuadas.

Artículo 5. El psicólogo no hace declaraciones públicas que sean falsas, engañosas, que se presten a malos entendidos, o fraudulentas, ya sea porque se trate de aseveraciones directas, enunciados que den la impresión o sugieran omisiones. Como ejemplos (y no como limitantes) de esta norma, el psicólogo no hace declaraciones falsas o engañosas respecto a:

- Su formación, experiencia o competencia;

- Sus grados académicos;

- Sus credenciales;

- Afiliaciones institucionales o asociaciones;

- Sus servicios;

- La base clínica o científica, o resultados o nivel de éxito, de sus servicios;

- Su remuneración;

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