Analizar las ventajas y desventajas del uso y consumo de la marihuana así como las posibles consecuencias de su legalización.
Enviado por Ninoka • 31 de Enero de 2018 • 2.904 Palabras (12 Páginas) • 571 Visitas
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En dicha carta, México solicitó que se diera más atención a la demanda porque “el consumo de drogas constituye la fuerza generadora de la producción y el tráfico de las mismas”. Además, incluyó una fuerte crítica a las operaciones antidroga de Estados Unidos en territorio mexicano y criticó su mecanismo unilateral de certificación. Al final lo que salió de esa asamblea fue una reconfirmación del enfoque prohibicionista y de la rigidez de las políticas en vigor.
En el año 2006 el presidente Felipe Calderón presentó una iniciativa que posicionó en la agenda pública, lo cual reactivó el debate sobre legalización-prohibición de la marihuana. Ésta fue presentada en el Senado con el objetivo de despenalizar a nivel federal el consumo de ciertos narcóticos en cantidades limitadas, para dejar atrás las sanciones impuestas a consumidores como si fueran delincuentes y atenderlos como adictos o víctimas de una enfermedad.
En 2008, la simpatía de los jóvenes cannábicos hacia los institutos políticos emergentes desemboca en la Iniciativa Conde, en la cual proponen su legalización para uso recreativo, medicinal e industrial. Por su parte, en 2011, Marcelo Ebrard, ex jefe de Gobierno del Distrito Federal, aprueba los derechos humanos para usuarios de sustancias proactivas. Tanto la tolerancia de dosis personal como los derechos humanos psicoactivos son producto del activismo del Movimiento Cannábico.
De este modo, en el año 2009, se eliminaron las sanciones para cantidades de eso personal: 5 gramos de cannabis, 2 gramos de Opio, 0,5 gramos de Cocaína, 50 miligramos de heroína o 40 miligramos de metanfetamina y las personas con adicción se someterán a tratamiento obligatorio solamente después del tercer arresto. No obstante la ley define estrictamente la dosis personal lo que podría conducir a condenas de cárcel para los que sean sorprendidos con cantidades mayores a las que permite.
Recientemente, la revista Cáñamo México comenzó a circular y uno de sus objetivos fue difundir toda la información necesaria para entender los pros y contras de la despenalización de la marihuana, reviviendo nuevamente el debate.
- Usos
En lo referente a su uso medicinal y terapéutico existen fitocannabinoides entre los que se encuentran: el cannabinol, el cannabidiol y el cannabigerol, que han sido mejor estudiados.
Se sabe que el cannabidiol posee efecto antiinflamatorio, analgésico, antipsicótico, antiisquémico, ansiolítico y antiepiléptico. Zuardy, vicedirector del departamento de Neurología y Psicología Médica, y colaboradores han mostrado su efectividad para tratar síntomas psicóticos en pacientes esquizofrénicos y en pacientes con enfermedad de Parkinson; circunstancia de gran valor potencial médico en la terapia de padecimientos neurológicos. El cannabigerol, por su lado, actúa contra la psicosis, la epilepsia, la ansiedad, algunos procesos neurodegenerativos y alteraciones del sueño.
Su éxito se debe al efecto estimulante, seguido de relajación y reducción general del estrés. Suscita, además, un efecto analgésico y puede bloquear la migraña o controlar los síntomas de la esclerosis múltiple.
Otras dolencias para las cuales la marihuana es útil son: sida, anorexia, ansiedad, asma, varios tipos de cáncer, dolor crónico, depresión, fiebre, glaucoma, insomnio, síndrome premenstrual, anemia falciforme, paraplejia y pruritis agregó la psiquiatra y psicofármaco, Julie Holland
- Marco legal
A lo largo de los años se han modificado una serie de leyes en el país para asegurar un adecuado control comercial y de consumo, tal es el caso de la legislación para las drogas en México que está establecida en la Ley General de Salud de 1984, junto con lo que en materia de drogas establece el Código Penal Federal luego de las reformas de 1994. Además, en 1996 se creó la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que elevó exponencialmente las penas por cualquier delito que se considerara cometido en asociación delictuosa.
El 21 de agosto de 2009 entró en vigor un decreto que reforma la Ley General de Salud, el Código Penal Federal y el Código Federal de Procedimientos Penales. su principal objetivo es combatir la modalidad del comercio de drogas al por menor. El decreto determina también cantidades máximas de las diversas sustancias permitidas para el consumo personal.
Así, las reformas hechas en 1994 al conforman en gran parte la legislación vigente en México en materia de drogas. Un cambio importante introducido por dichas reformas es que desde entonces se habla de drogas y los diversos delitos relacionados con éstos ya no se encuentran todos en un mismo artículo. Las penas se aumentaron para los casos de producción, transporte, tráfico, comercio y suministro, que ahora son de un mínimo de 10 y un máximo de 25 años. Pero la pena por siembra, cultivo y cosecha disminuyó.
Para el consumo la ley establece que “No se procederá en contra de quien no siendo farmacodependiente, se le encuentre en posesión de alguno de los narcóticos señalados en el artículo 193, por una sola vez y en cantidad tal que pueda presumirse está destinada a su consumo personal”; también que todo procesado o sentenciado que fuere farmacodependiente quedará sujeto a tratamiento (Art. 195).
En 1996 se creó la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que elevó exponencialmente las penas para la asociación delictuosa. Esta Ley también estableció la figura del arraigo, que en 2008 fue incorporada a la Constitución. El arraigo permite la detención y privación de la libertad de una persona hasta por 80 días, sin ninguna acusación, orden de aprensión o sin haber sido detenida por cometer un delito en flagrancia, simplemente por ser sospechoso de cometer un delito relacionado con la delincuencia organizada.
La Ley de Narcomenudeo fue adoptada por el Congreso en abril de 2009 y entró en vigor en agosto de 2009, eliminando todas las sanciones por cantidades para uso personal establecidas así: 5 gramos de cannabis, 2 gramos de opio, medio gramo de cocaína, 50 miligramos de heroína o 40 miligramos de metanfetamina . Los usuarios serán sometidos a tratamiento obligatorio solamente después del tercer arresto (art. 479 Ley General de Salud)
El consumo de sustancias psicoactivas no es un delito en México, pero la posesión con fines de consumo sí está tipificada como delito. No obstante, si la posesión no excede los montos máximos que establece la Tabla de Orientación y si no se presenta en los lugares señalados en el Art. 475 de la Ley General de Salud (escuela,
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