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ESTUDIO DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA APLICADAS A LAS CUENTAS DEL PASIVO Y PATRIMONIO

Enviado por   •  12 de Diciembre de 2018  •  6.612 Palabras (27 Páginas)  •  442 Visitas

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Esta ley consta de 17 artículos en donde se detallan sus objetivos, los cuales son que cada empresa presente información financiera transparente, confiable y útil para la toma de decisiones, también se puede encontrar que la aplicación de esta es para toda persona natural o jurídica que estén obligadas a llevar contabilidad y la preparación de los estados financieros no olvidando los conceptos que hay que tener en cuenta para clasificar, reconocer, interpretar, analizar, evaluar e informar, las operaciones económicas de un ente económico. Bajo la supervisión del presidente de la república, la contaduría general de la nación, los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, los cuales realizaran normas con el objetivo de ejercer un control a la contabilidad financiera y la junta central de contadores será el tribunal disciplinario para el cumplimiento de estas funciones.

La cual trae muchos beneficios para las empresas como por ejemplo que mejora la productividad de cada una, disminuye el riesgo en el sector privado, mejora la competitividad, ayuda a un ambiente armonioso, entre otros beneficios.

DECRETO 2784 del 2012. Por el cual se reglamenta la Ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 1. Este decreto identifica las condiciones y requisitos para pertenecer al grupo 1 y define mediante anexo el Marco Conceptual, las NIC (IAS), SIC (Interpretaciones de las NIC), NIIF (IFRS) y CINIIF (IFRIC) denominadas NIIF Plenas (IFRS Full) vigentes a Enero 1 de 2012.

DECRETO 2706 del 2012. Por el cual se reglamenta la Ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo de información financiera para las microempresas. El decreto está formado por cinco artículos que nos muestran el marco técnico normativo de la información financiera para las microempresas, el ámbito de aplicación, su cronograma de aplicación y la vigencia del decreto. Esta norma nos muestra el marco técnico normativo para el régimen microempresas con la finalidad de establecer un régimen simplificado de contabilidad de causación aplicados para estas empresas y para otras entidades sin ánimo de lucro.

DECRETO 1851 del 2013. Por el cual se reglamenta la Ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativa para los preparadores de información financiera, como por ejemplo los establecimientos bancarios, corporaciones financieras, compañías de financiación, entidades aseguradoras, etc.

Las personas que están encargadas de la información financiera deben tener presente el marco técnico del anexo del decreto 2784 de 2012.

DECRETO 3023 DEL 2013. Por el cual se modifica parcialmente el marco técnico normativo de información financiera para los preparadores de la información financiera que conforman el Grupo 1 contenido en el anexo del Decreto 2784 de 2012. Este decreto es una actualización del decreto 2784 del 2012 aunque se debe entender como un complemento y no como una derogatoria de este, allí está plasmado la forma de presentación de los estados financieros, menciona la propiedad planta y equipo, estados financieros separados, los instrumentos financieros, etc. Y nos establece las normas para la realización de los estados financieros para asegurar de que estos sean comparables tanto con la misma entidad correspondiente a periodos pasados como con otras entidades. Aunque los cambios que se hicieron no son muy significativos en algunos párrafos se pueden evidenciar algunas modificaciones que se hicieron.

DECRETO 3024 DEL 2013. Por el cual se modifica el Decreto2784 de 2012 y se dictan otras disposiciones, este decreto nos muestra el ámbito de aplicación, y las adiciones y modificaciones que se han hecho. Algunos cambios que menciona este decreto es la fecha de reporte en que se presentara los primeros estados financieros de acuerdo al marco técnico normativo, también una de las adiciones que encontramos las pautas que deberán seguir las personas que pertenezcan al grupo 2 y 3 y luego cumplan con los requisitos para pertenecer al grupo 1. Otro de los puntos que se reflejan en este decreto es la permanencia que debe tener las personas que pertenezcan al grupo 1 las cuales deberán permanecer en dicho grupo durante un tiempo no menor a 3 años.

DECRETO 3024 DEL 2013. Por el cual se reglamenta la Ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 2. Esta norma nos habla del tiempo durante el cual las entidades deberán realizar actividades realizar actividades desarrolladas con el proyecto de convergencia y el periodo durante el cual los supervisores podrán solicitar información a los supervisados sobre el desarrollo del proceso. También nos muestra que la permanencia de las personas que pertenezcan al grupo dos tendrá una permanencia en estos durante un tiempo no inferior a tres años.

Conceptos emitidos por autoridades de control y vigilancia en el año 2016:

-Concepto 551 CTCP, Proceso de implementación NIIF 14 de julio de 2016

El Art 2 de la Ley 1314 de 2009 señala, “La presente ley aplica a todas las personas naturales y jurídicas que, de acuerdo con la normatividad vigente, estén obligadas a llevar contabilidad, así como a los contadores públicos, funcionarios y demás personas encargadas de la preparación de estados financieros y otra información financiera, de su promulgación y aseguramiento”

Teniendo en cuenta que las empresas constituidas legalmente en Colombia están obligadas a llevar contabilidad, deberán aplicar uno de los tres marcos técnicos normativos contenidos en los decretos 2420 de 2015 y su modificación.

-Concepto N 518 CTCP, Obligaciones del contador público y su alcance 05 de julio de 2016. Las responsabilidades u obligaciones del contador público desde que inicia su vínculo laboral con la persona jurídica o natural que lo contrate o solicita sus servicios, son aquellas enunciadas en el artículo 8 de la Ley 43 de 1990, en adición a las que en el contrato de trabajo y en el manual de funciones de la entidad se expresen, si se trata de un vínculo laboral. La responsabilidad profesional del Contador Público se da durante el tiempo del contrato, y por las actuaciones realizadas. El Contador Público, no podría asumir responsabilidad alguna por situaciones ocurridas antes de iniciar la labor para la cual fue contratado, lo cual significa que si existiera una situación particular en el momento de certificar los estados financieros, este deberá expresar su inconformidad, mostrando las implicaciones pertinentes en su certificación

-Concepto

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