ESTUDIO DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA APLICADAS A LAS CUENTAS DEL ACTIVO
Enviado por Antonio • 6 de Febrero de 2018 • 5.101 Palabras (21 Páginas) • 567 Visitas
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Alcance NIIF N° 14
Esta norma será aplicada en los primeros estados financieros conforme a las NIIF si y solo si, realiza actividades con tarifas reguladas y reconoció importes cumpliendo con los requisitos de saldos de cuentas de diferidos de acuerdo con PCGA anterior.
Una entidad que quede dentro del alcance de esta norma, y decida implementarla, aplicara todos los requerimientos a todos los saldos de las cuentas de diferidos de actividades reguladas que surjan de todas las actividades con tarifas reguladas.
Línea De Tiempo
El IASC (Internacional Acounting Standards Comité) en 1995 firmó con la IOSCO (Organización internacional de los organismos rectores de Bolsas) un acuerdo mediante el cual se comprometían a revisar las NIC (Normas internacionales de Contabilidad) con el fin de que fueran empleadas por las empresas que cotizaban en bolsa.
A consecuencia la Unión Europea aprobó un reglamento con el que la aplicación de las normas fuera una realidad a partir de Enero de 2005. Con esto la UE consigue eliminar en cierta medida barreras que dificultan la movilidad de personas y capital.
Cronológicamente
1975 Se publican las primeras NIC definitivas: NIC 1 (1975), Revelación de Políticas Contables, y NIC 2 (1975), Valoración y Presentación de Inventarios en el Contexto del Sistema de Costo Histórico.
1989 La Federación Europea de Contabilidad (FEE) apoya la armonización internacional y una mayor participación europea en IASC. IFAC adopta directrices provenientes del sector público para requerir a los órganos de dirección de las empresas públicas el seguimiento de las NIC.
1994 Establecimiento de un Consejo Consultivo del IASC con responsabilidades de supervisión y financiación.
1995 La Comisión Europea, respalda el acuerdo entre el IASC y la IOSCO para completar las normas fundamentales y determinar que las multinacionales de los países de la Unión Europea adopten las NIC.
1996 La Comisión Norteamericana del Mercado de Valores muestra su apoyo a los objetivos del IASC, para desarrollar las normas contables.
1997 Se constituye el Comité de Interpretaciones Permanente (SIC), con el objetivo de crear interpretaciones de las NIC para que el IASC las apruebe.
1999 Los Ministros de Finanzas del G7 y el FMI impulsan su apoyo a las Normas Internacionales de Contabilidad.
2001 El IASC pasa a llamarse IASB que tiene como objetivo la homogenización de normas contables a nivel mundial, teniendo en cuenta los cambios mencionados anteriormente las NIC empiezan a llamarse NIIF.
2002 El SIC cambia su nombre por el de Comité de Interpretaciones de Información Financiera (IFRIC) no solo con objetivo de interpretar las normas contables existentes, sino también de proporcionar una guía de asuntos no tratados en las NIC/NIIF.
2003 Se publican la primera norma definitiva IFRS- NIIF (NIIF 1) y el primer borrador de interpretación del IFRIC.
2004 Se emitió la NIIF 5, que se denomina “ACTIVOS NO CORRIENTES MANTENIDOS PARA LA VENTA”.
2006 La NIIF mencionada anteriormente fue modificada.
2014 El consejo de Normas Internacionales emitió en enero del mencionado año la NIIF 14, llamada “CUENTAS DE DIFERIMIENTOS DE ACTIVIDADES REGULADAS”
2016 La NIIF 14 se aplicara a partir de Enero.
1.2 Sección 2: Antecedentes desde el nivel nacional
Entidades de control
El proceso de convergencia de las NIFF está dentro de la ley 1314 de 2009 bajo la dirección del presidente de la república, en la parte publica se encuentra la contaduría general de la nación y para las demás empresas, las superintendencias; para la normalización técnica está el consejo técnico de contaduría pública y para la vigilancia y control la Junta central de contadores y las Superintendencias de quien hablaremos, la ley nombrada anteriormente presenta todo lo relacionado con la convergencia de las NIFF en Colombia, esta ley tiene como objetivo modernizar las normas contables y de auditoria del país, para mejorar la productividad, competitividad y el buen desarrollo de la actividad empresarial, de igual manera apoyar la internacionalización de las relaciones económicas con principios de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional.
Los preparadores de información financiera ya sean vigilados o controlados deberán informar a la Superintendencia de vigilancia sus avances y grado de preparación para el proceso de convergencia a las Normas de Información Financiera contenidas en el Marco Técnico Normativo de información financiera establecido mediante el Decreto 2706 y 2784 de 2012.
El CTCP hace unas recomendaciones que se resumen así:
- Emitir la norma legal que ponga en vigencia las NIFF.
- Los planes de estudio de las universidades deben ser armónicos con las NIFF.
- Los accionistas y administradores deben ser conscientes de los impactos de la convergencia a NIIF.
- Las superintendencias deben contar con los diferentes tipos de recursos necesarios para este proceso.
- Las comisiones de regulación deben hacer estudios de impacto de las NIFF en tarifas de servicios públicos.
- Los desarrolladores de software deben agilizar sus procesos, actualizar las normas de regulación y control en las superintendencias, actualizar el Código de Comercio, aceptar el concepto de moneda funcional y emitir nomas referentes al sistema documental contable.
Teniendo en cuenta todo lo anterior, podemos concluir que las entidades de vigilancia y control, son las encargadas de llevar a cabo la supervisión y recomendaciones a todo este nuevo proceso que ha impactado el mundo económico y contable del país.
Paulatinamente las empresas han venido afrontando e implementando todo este nuevo proceso, para cumplir con todo lo establecido en estas normas.
Las NIIF, están afectando económica, financiera y contablemente a cada país ya que su objetivo es que nacional e internacionalmente se hable un mismo idioma: para esto se está
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