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Exhibicion de pliego de posiciones

Enviado por   •  14 de Mayo de 2018  •  4.920 Palabras (20 Páginas)  •  496 Visitas

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e).- EL ACREDITADO, conviene que en caso de que el presente Instrumento sea descontado, EL FONDO tendrá en todo tiempo la facultad de inspeccionar cuando estime conveniente las inversiones realizadas con motivo del financiamiento y la de hacer las observaciones que estime pertinentes y que estas mismas atribuciones tendrán los representantes de cualquier Institución u Organismo Nacional o Internacional que haya participado en el refinanciamiento del crédito.

QUINTA.- INTERESES.- Las cantidades dispuestas por el ACREDITADO, causaran los siguientes intereses:

A).- Intereses Ordinarios: EL ACREDITADO se obliga a pagar a EL ACREDITANTE por el presente Contrato de Apertura de Crédito Simple con Intereses y Garantía Hipotecaria sin necesidad de previo requerimiento intereses ordinarios sobre saldos insolutos diarios de Capital a la tasa de interés ordinaria anual que resulte de sumar a la TASA PROMEDIO TIIE CINCO PUNTO CINCO puntos porcentuales, o la que resulte de multiplicar, por el factor UNO PUNTO SETENTA Y DOS, la que resulte mayor.

Los intereses deberán ser pagados por mensualidades vencidas el día último de cada mes, o el último día hábil en caso de que dicho día sea inhábil. Para efectos de este Contrato, el primer pago de intereses será el día último más próximo.

La tasa de interés ordinaria que resulte se redondeara al cuarto de punto inmediato superior. Dicha tasa de interés se aplicará sobre la base anual de 360 trescientos sesenta días y según el número de días transcurridos.

Llegado el caso de que desapareciere la TIIE, EL ACREDITANTE acordará con EL ACREDITADO la tasa sustituta, y si no hubiere tal acuerdo en un plazo de diez días hábiles a partir de la desaparición de la TIIE EL ACREDITADO faculta a EL ACREDITANTE para dar por vencido anticipadamente el plazo de este contrato. Asimismo, si, en cualquier momento, la TIIE dejare de ser la tasa líder en el mercado de dinero, EL ACREDITADO igualmente faculta a EL ACREDITANTE para dar por vencido anticipadamente el plazo de este contrato.

DEFINICIONES: TIIE.- Se entenderá por esta, a la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio que determina Banco de México y que publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

TASA PROMEDIO TIIE.- Se entenderá por esta el promedio simple aritmético de la TIIE a plazo de hasta 28 veintiocho días, resultante de las cuatro últimas semanas, según publicaciones en el Diario Oficial de la Federación, que procedan al inicio del PERIODO DE INTERESES respectivo.

PERIODO DE INTERESES.- Significa un periodo de un mes, en el entendido de que (i) el primer periodo de intereses comenzará en la fecha de operación del presente contrato y terminará precisamente el día último, o el último día hábil, en caso de que dicho día sea inhábil, (ii), cada periodo de intereses subsecuente comenzará el siguiente día natural en que haya concluido el periodo de intereses inmediato anterior y terminará precisamente el día último del siguiente mes o el último día hábil en caso de que dicho día sea inhábil.

B).- Intereses Moratorios.- En caso de que el ACREDITADO, no cubra oportunamente al ACREDITANTE algún pago mensual, por concepto de intereses o de capital e intereses, primas de seguro o cualquier otra cantidad que adeude, pagará a este en adición a los intereses previstos en el apartado de Intereses Ordinarios. Intereses Moratorios a razón de una tasa de interés anual que será el resultado de multiplicar la tasa de interés ordinaria fijada en el inciso anterior por el factor de DOS PUNTO CERO, y el resultado será la tasa de intereses moratorios que se causan, sobre el saldo insoluto total del adeudo.

SEXTA.- COMISIONES.- Manifiesta el ACREDITADO que está de acuerdo y se obliga a pagar las siguientes comisiones:

Comisión Integral del TRES POR CIENTO sobre el monto de: crédito, pagadera en forma proporcional en cada disposición.

Comisión Anual del UNO PUNTO CINCO POR CIENTO sobre el saldo insoluto pagadera al año aniversario.

Asimismo para el caso de que el ACREDITADO no lleve a cabo la individualización de las viviendas con salida Sociedad Hipotecaria Federal, SOCIEDAD NACIONAL CRÉDITO, INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO o INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), través METROFINANCIERA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO en al menos el OCHENTA Y CINCO POR CIENTO del total de las viviendas financiadas se aplicara una comisión castigo por liberación del CINCO POR CIENO sobre el valor de venta de la vivienda a individualizar. Lo anterior aplica solamente para el caso de viviendas individualizadas con recursos de la SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL o INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES (INFONAVIT). -

Las partes acuerdan que independientemente de la disposición, parcial o total de la línea de crédito otorgada en el presente instrumento y a la cual tiene derecho el ACREDITADO, este se obliga a pagar oportunamente las comisiones establecidas en la presente Cláusula.

SÉPTIMA. GARANTÍAS.- En garantía del cumplimiento de las todas y cada una de las obligaciones contraídas por el ACREDITADO tanto en el contrato de apertura de crédito relacionado en el antecedente DOS de la presente escritura; como de las que el propio ACREDITADO contrae o pueda contraer por virtud de este contrato y por la utilización del crédito, así como de las obligaciones que se deriven de la Ley o de Resoluciones Judiciales, K-SA 2003, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en su carácter de garante hipotecario, (por lo que se refiere al terreno de su propiedad) en unión del ACREDITADO GRUPO INMOBILIARIO K-SA METROPOLITANA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (por lo que se refiere a las construcciones que edificará sobre el mismo predio y precisamente con los fondos del crédito que se consigna en la presente escritura) constituyen y amplían la HIPOTECA ESPECIAL, EXPRESA Y EN PRIMER LUGAR EN FAVOR DEL ACREDITANTE, quien estando representada como ha quedado dicho, acepta el gravamen y la ampliación de la misma que se en este acto se otorgan en su favor, sobre el inmueble y construcciones que en el mismo se erijan, marcado con el número TRESCIENTOS OCHO de la calle de JOSÉ MARÍA RICO y terreno sobre el que se encuentra construido y le corresponde, lote QUINCE de la manzana CUARENTA Y SEIS, comercialmente conocido como Fraccionamiento MORAS, en la colonia DEL VALLE, Delegación BENITO JUÁREZ, DISTRITO FEDERAL, descrito e identificado cuyas superficie, medidas, linderos, han quedado

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