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Movimiento obrero. Resistencia de los trabajadores al sistema económico libera

Enviado por   •  2 de Diciembre de 2018  •  5.149 Palabras (21 Páginas)  •  442 Visitas

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Características de los movimientos sociales latinoamericanos

Resistencia y formas de lucha:

Si consideramos que el neoliberalismo es la forma de dominación asumida por el capitalismo a partir del último cuarto del siglo XX, convendremos en aceptar que las consecuencias de su ejercicio para la mayoría de la humanidad son de tal magnitud que lejos están de compensar la legitimación que encuentra por parte de los sectores menos afectados (regional y socialmente) a partir de la promesa del consumo permanente.

La globalización y las políticas neo-liberales se construyen sobre las desigualdades existentes, pero elevándolas a niveles exponenciales, así, frente a las devastadoras consecuencias provocadas por la aplicación de medidas que a grandes rasgos implicaron: cifras nunca antes conocidas de desocupación, deterioro de los salarios, flexibilización y precarización laboral y aumento de los índices de pobreza, se producirá la conformación de un creciente sector de población excluida del acceso al empleo y al consumo, el debilitamiento de la capacidad de movilización del movimiento obrero pero paralelamente el surgimiento de nuevas formas de organización y lucha.

Podría decirse que a partir del levantamiento del 1º de enero de 1994 en Chiapas, el zapatismo cumplirá un doble rol: ser, por un lado la primera expresión organizada de impugnación contra el orden globalizado encarnado en el neoliberalismo y por el otro, actuar como inspiración e influencia tanto en el movimiento antiglobalización desarrollado en los países centrales como en otras organizaciones latinoamericanas, de allí la trascendencia de un movimiento que planteará un desafío no sólo político sino también teórico.

Si en los centros de poder mundial se pregonaba la buena nueva de la inevitable eternidad del capitalismo y el fin de la historia, desde la profundidad de la selva un grupo de campesinos indígenas se levantaba en armas poniendo frente al mundo otra realidad que articulaba una cultura de la resistencia construida durante más de 500 años con estrategias defensivas surgidas para dar respuesta a la forma de dominación neoliberal: "... una resistencia tan antigua como la dominación pero tan moderna como la integración teleinformática de los procesos mundiales".

La era de la tolerancia

La edad heroica concluyo con el reconocimiento de las libertades de coalición y asociación sindical, pero no puede fijarse una fecha, ni siquiera aproximada, porque varia de país a país, pues mientras el Parlamento ingles reconoció la libertad de asociación en 1824, Francia espero hasta el año 1864 la derogación de las normas penales que sancionaban la formación de los sindicatos y las huelgas; la evolución alemana fue la más compleja, ya que si bien algunos estados levantaron las prohibiciones entre 1841 y 1859, fue en el año de 1872 cuando una ley del recién formado imperio generalizo las libertades.

Denominamos a este segundo periodo la era de la tolerancia: los trabajadores pudieron asociarse libremente, sin temor a ser perseguidos y sin que el estado pudiera estorbar su formación, pero las reformas a las leyes penales y la consecuente libertad de sindicación, no trajeron consigo su reconocimiento legal como personas jurídicas; fueron asociaciones de hecho, razón por la cual los empresarios no estaban obligados a negociar o contratar colectivamente las condiciones de trabajo. Podían también los trabajadores suspender su trabajo, pero no podían paralizar las actividades de la empresa, antes bien, la ley y la fuerza pública acudían en auxilio del patrono a fin que pudiera contratar nuevos trabajadores y continuar las actividades de la negociación; por otra parte, si la huelga dejo de construir un delito, era un ilícito civil, cuya sanción consistía en la facultad otorgada al empresario para declarar rescindidos los contratos de arredramiento de servicios en vista del incumplimiento de las obligaciones del arrendador.

En esta etapa de la tolerancia , el movimiento obrero gana a su favor la mínima supresión como delito de la coalición y la huelga, en la mayoría de los países europeos: en Gran Bretaña se eliminan las Combinations Act en 1824, pero aún no se reconocen las coaliciones obreras; en Francia en 1864 se suprime el delito de coalición, que es sustituido por el atentado a la libertad de trabajo; a su vez, en Bélgica en 1866 se elimina el delito de coalición y Astria-Hungria en 1870, Holanda 1872 e Italia en 1890 hicieron lo propio, eliminando como delitos a la coalición y la huelga, pero aun sin reconocer expresamente el derecho a asociarse de los trabajadores.

Legalización[2],[3],[4]

En esta etapa, catalogada también de reglamentación, proliferaron los sindicatos y las asociaciones profesionales, dado el reconocimiento del Estado, como un derecho legítimo de la clase obrera a asociarse para defender sus intereses.

Las asociaciones de trabajadores se formaron muy pronto; de hecho, algunas fueron transformaciones de los viejos gremios a la nueva situación industrial, pero todas las organizaciones estaban prohibidas, pues se consideraba que iban contra la libertad de empresa y de contrato.

En Inglaterra se dieron las Combination Acts de 1799 y 1800. Que prohibían explícitamente las organizaciones de trabajadores. Siete décadas después, la ley de 1871 consagró el derecho a constituir asociaciones profesionales, aunque cabe hacer notar que en esencia no constituía un beneficio social, sino que impedía fraudes que pudieran cometer los representantes sindicales. La Trade Union se definió como “Toda agrupación transitoria o permanente, cuyo objeto sea reglamentar las relaciones entre obreros y patrones […] o imponer condiciones restrictivas…” El protagonismo de las Trade Unions en la vida social y política inglesa se incrementó notablemente tras la Primera Guerra Mundial (1914-1918).

En Francia se aprobó la famosa Ley Le Chapelier, por el nombre de su autor, en 1789 y que establecía el fin de los gremios y la libertad de poder ejercer cualquier trabajo u oficio y la libertad de empresa, por su parte, a partir de un proyecto de ley presentado en 1876 que implicaba el reconocimiento legal de las organizaciones sindicales obreras, el movimiento obrero empezó a cobrar mayor fuerza y a organizarse sobre las bases previas de sus objetivos, pero con el reconocimiento de su actividad por el Estado. En 1884, se expidió la ley sobre sindicatos, pero sin dar un concepto de esas asociaciones. Sin embargo, en este paso la legalización de la actividad obrera asociativa

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