Sirva este medio para enviarle un cordial saludo y al mismo tiempo
Enviado por karlo • 2 de Noviembre de 2017 • 849 Palabras (4 Páginas) • 538 Visitas
...
Por otro lado, el derecho de expresión, según el artículo 13 de la Convención solamente puede restringirse en aras de proteger los derechos de terceros o su reputación, así como “la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.” En todo caso, estas restricciones deben estar preestablecidas en ley y no deberán estar sujetas a censura previa (esta última parte también está contemplada en la Constitución Mexicana).
De la lectura de estas disposiciones, que establecen el marco básico regulatorio de la libertad de manifestación se contestan las primeras dos preguntas, pues existen límites establecidos en la Constitución y en el marco regional de derechos humanos. Pero en lo subsiguiente, la situación se torna más compleja. Parte del problema surge del hecho de que estas disposiciones fueron ideadas para evitar la represión gubernamental y no mediar entre diversos derechos humanos (o garantías individuales).
Si bien en la Constitución Federal y en la Convención Americana se prevé la posibilidad de restringir la libertad de expresión cuando se afecten derechos de terceros, es importante determinar si el mismo se ve obstaculizado con las manifestaciones. De inicio parece que no, pues este derecho tiene por objeto que una persona pueda ir al lugar que le plazca, lo cual no se restringe con una manifestación, pues la misma solamente obstaculiza las vías ordinarias de paso, sin impedir que se llegue al destino. El derecho de tránsito si se vería afectado si las personas que se manifiestan impiden que terceros lleguen a un lugar determinado.
En esta medida, las autoridades, que tienen la obligación de hacer posible que se ejerzan los derechos de las personas, (artículo 1 y 2.2 de la Convención Americana) No le corresponde solamente a los manifestantes respetar el derecho de circulación, ni a los automovilistas (principalmente) respetar el derecho de asociación/expresión. No es un problema, entonces, de que un derecho prevalezca sobre el otro
De lo anterior se generarían problemas quedando como un gobierno autoritario, por lo que solicitamos su compresión respecto a las forma de manifestarse de los diversos grupos que existen en el Municipio y con ellos llevar una sana convivencia que no lleve a violentar las garantías constitucionales.
...