Derecho Constitucional y Teoría del Estado
Enviado por Kate • 23 de Abril de 2018 • 1.165 Palabras (5 Páginas) • 396 Visitas
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6. La distinción entre la tortura y el trato inhumano o degradante, La distinción entre la tortura y el trato inhumano o degradante deriva principalmente de la diferencia de intensidad del daño infligido, La tortura constituye una forma agravada y deliberada de penas o de tratos crueles, inhumanos o degradantes¨
Los derechos que fueron vulnerados :
- A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia, nadie será procesado ni condenado por acto u omisión que al tiempo de cometerse no esté previamente calificado en la ley, de manera expresa e inequívoca, como infracción punible; ni sancionado con pena no prevista en la ley
- Su integridad como persona, porque no respetaron su integridad moral, psíquica y física.
El caso va a CIDH
El 2 de junio de 1997, los abogados de La Rosa, Heriberto Benítez y Miguel Jugo, en representación de la ONG de DDHH “Asociación por los DDHH” presentaron la denuncia ante la Comisión Interamericana de DDHH, posteriormente en diciembre de 1998 esta fue admitida en la Corte Interamericana de DDHH (CIDH).
A raíz de esto es que el 20 de noviembre de 1999 el entonces Primer Ministro del Perú, Alberto Bustamante Belaunde, acepta que el Estado Peruano fue responsable de las torturas a Leonor La Rosa, y anunció negociaciones para el pago de la indemnización a la agraviada. Finalmente durante el gobierno de Fujimori (que culminó el 2001) nunca se indemnizó a la agente, sin embargo el Estado se encargó de financiar los gastos de su tratamiento médico.
Presidente Toledo indemniza a La Rosa
El 19 de febrero del año 2002, el Presidente Alejandro Toledo en ceremonia pública desagravió e indemnizó a Leonor La Rosa con 120,000 dólares y prometió castigar a quienes la torturaron
Excusas del caso Leonor La Rosa:
Según el Consejo Supremo de la Justicia Militar:
El testimonio del médico Oscar Fernando Valero Sánchez Concha, ex jefe de la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Militar "daría plena fe del estado en que se encontraba la suboficial, corroborando que hasta el 22 de febrero de 1997, no mostraba señas de maltrato alguno
1. Según Periodista Ricardo Uceda:
- Diversos testigos aseguraron al periodista y a la Justicia Militar, haber visto a la ex agente caminar el mismo 19 de febrero (el supuesto día de las torturas) sin quemaduras y sin ningún tipo de golpe.
- El mayor EP Anderson Kohatsu, uno de los torturadores según La Rosa, tenía una pierna enyesada desde el muslo al tobillo el 19 de febrero, por lo que difícilmente podía habría podido quemar, torturar o violar a nadie.
- Existen evidencias que los exámenes de resonancia magnética que se le hicieron a la columna cervical de Leonor La Rosa estaban equivocados, estos exámenes sirvieron de apoyo a una junta médica que dijo que tenía lesión cervical , la lesión cervical puede explicar el problema que ella tiene. Y si no hay lesión cervical tenemos una versión debilitada.
- El periodista dice que nunca se produjeron las torturas a La Rosa y que el caso es una farsa
2. Según los médicos:
El Dr. Jesús Noriega, jefe de rehabilitación del Hospital Militar y el Dr. Zorrilla, jefe del departamento de salud mental del Hospital Militar llegaron a las siguientes conclusiones:
“la suboficial tenía la columna intacta, no tenía lesiones cervicales, y que la secuela neurológica que tiene fue originada durante el paro cardiorrespiratorio que sufrió durante la operación” y que “en esas semanas la paciente pasó por una situación de estrés límite, la misma razón que motivó el cuadro de neurosis histérica que presentó Leonor La Rosa entre 1994 y 1996”.
Actualmente
Leonor La Rosa vive en Suecia “exiliada” y regresa de vez en cuando en Perú donde aún existen medios de prensa así como personas interesadas que creen en su versión y la tratan como heroína a pesar de todas las pruebas de su mentira.
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