Donación de órganos en Chile: Participación en la Región Metropolitana
Enviado por Rimma • 20 de Noviembre de 2018 • 1.695 Palabras (7 Páginas) • 379 Visitas
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Marco teórico
En primera instancia, debemos clarificar el concepto que se entiende por “ser donantes de órganos” y según ello, podemos declarar que “Ser donante de órganos es un acto voluntario, altruista y gratuito, mediante el cual una persona o su familia (como representante) deciden “donar” los órganos, para que sean extraídos del cuerpo e implantados en otra persona.” (Instituto de Salud Publica, 2017)
El acto de donar un órgano acarrea un trasplante de órgano que es “la extracción del órgano que falla y su reemplazo por uno sano proveniente de un donante. Los órganos que se trasplantan con más frecuencia en nuestro país son: corazón, pulmón, hígado, páncreas y riñones.” (Instituto de Salud Publica, 2017)
En Chile, se realizó el primer trasplante renal en el año 1966. En este caso en específico, el paciente falleció tras unos días debido a que su trasplante pasó a ser un foco de infección. Fue en ese momento cuando se puso el marcha el proceso de evolución de cómo se realizan los procedimientos referentes a la donación de órganos en el país, apoyado de los avances tecnológicos para progresivamente disminuir estos errores.
Para la legislación Chilena, la donación de órganos contempla la extracción de un órgano de un donante ya sea vivo o muerto, para implantarlo en el cuerpo de un receptor. Es un proceso que se lleva a cabo únicamente para procesos terapéuticos según la Ley 20413, 2012, p 1. Actualmente, cualquier persona puede ser donante de órganos sin que exista un límite de edad, a excepción de las personas fallecida.
De esta misma forma, las pocas excepciones, donde una persona NO podría donar órganos, son:
- La persona es portadora de VIH.
- La persona presenta infecciones no controladas o graves.
- La persona tiene cáncer con metástasis. (Ley 20413,2012, p. 2).
Ahora bien, debemos conocer que existen 2 tipos de donación de órganos:
1. Donación de órganos de una persona viva: Solo se puede realizar cuando la extracción de un órgano no afecte el correcto funcionamiento de su cuerpo.
2. Donación de órganos de una persona fallecida: Se realiza por medio de un permiso emitido de un representante familiar.
La Ley Chilena 20.413 que se modificó en el 2010, establece que toda persona tiene derecho a ser o no donante, sin embargo, para ser donante se requiere de mayoría de edad en personas fallecidas y sin haber dejado manifestación expresa de no querer serlo. En el caso de ser menores de edad fallecidos, los padres o representantes legales deberán autorizar la donación de órganos.
Anterior a la donación de órganos de una persona fallecida se realiza un proceso llamado procuramiento de órganos que se refiere al proceso de convertir donantes potenciales vivos o muertos en donantes de órganos efectivos. Luego, en el proceso de la donación, los órganos que pueden ser trasplantados de un donante en muerte cerebral son corazón, pulmones, hígado, páncreas, riñones, intestino, córneas, huesos, y piel. En caso de donantes en paro cardio-respiratorio sólo se pueden extraer las córneas y en el caso del donante vivo, se pueden trasplantar riñón, pulmón, hígado, intestino y páncreas.
En el caso de las personas que necesitan ser trasplantadas, se convierten en receptor de órganos según (Ministerio de Salud, 1996) “Cualquier persona cuyo estado de salud lo requiera tiene derecho a ser receptora de órganos. Si varias personas se encuentren en igualdad de condiciones para la recepción de un órgano, se deberá priorizar según gravedad y posición en la “Lista de Espera para Trasplante de Órganos”, también se deberá considerar el hecho de no estar inscrito en el Registro de No Donantes.”
En Chile, la tendencia respecto a la donación de órganos es la siguiente, según los datos lo presentan
Fuente: datos de la investigación en base a la Corporación del Trasplante (2012)
1993
52
1998
116
2003
136
2008
116
2012
133 (Octubre)
Tabla 1: Fuente: datos de la investigación en base a la Corporación del Trasplante (2012)
Fuente: datos de la investigación en base a la Corporación del Trasplante (2012)
La Institución Gubernamental encargada de los programas de donación y trasplante de órganos bajo “La Coordinación Nacional de Procuramiento y Trasplante de Órganos y Tejidos del Ministerio de Salud es el departamento encargado de velar por el funcionamiento de los programas de donación y trasplante, en la red pública y privada de salud.” (Ministerio de Salud, 2015)
Bibliografía
Ministerio de Salud. (1996). ESTABLECE NORMAS SOBRE TRASPLANTE Y DONACION DE ORGANOS. Santiago. Obtenido de https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=30818
Ministerio de Salud. (2015). Introducción Trasplantes. Santiago. Obtenido de http://www.minsal.cl/introduccion-trasplantes/
Ministerio de Salud. (2016). Datos Donantes de Organos año 2016. Santiago. Obtenido de http://web.minsal.cl/wp-content/uploads/2017/01/consolidado_2016.pdf
Ministerio de Salud. (2017). Datos Donantes de Organos Enero-Marzo 2017. Santiago. Obtenido de http://web.minsal.cl/wp-content/uploads/2015/09/Datos-P%C3%A1gina-Enero-Marzo-2017.pdf
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