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CONTRATO DE ASOCIACION EN PARTICIPACION.

Enviado por   •  20 de Febrero de 2018  •  2.917 Palabras (12 Páginas)  •  465 Visitas

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c) Es deber de EL ASOCIADO cumplir las obligaciones laborales con su personal, así como que estos cuenten con Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo y Seguro contra Accidentes. La programación del personal deberá estar disponible para su verificación por la Autoridad de salud y los usuarios.

d) Los procedimientos que se encuentren comprendidos como parte del servicio de EL ASOCIANTE, no podrán ser derivados o transferidos a establecimientos distintos al de SURCO SALUD, sin previa coordinación con EL ASOCIANTE.

e) Respetar las tarifas establecidas a los pacientes por EL ASOCIANTE para el cobro del servicio materia del presente contrato, pudiendo ser modificada o variada, previo acuerdo entre las partes.

f) Cumplir con los requerimientos normativos expedidos por SUSALUD (Superintendencia Nacional de Salud) y por las instituciones competentes en lo que respecta a la especialidad prestada por EL ASOCIADO.

g) Contar con el equipamiento tecnológico que permita la gestión de datos.

h) Retirar el equipo médico e instrumental correspondiente del establecimiento de salud, dentro de 15 días calendario, siguientes de recibida la comunicación de EL ASOCIANTE, en caso de que finalice el contrato y/o por acuerdos pactados entre ambas partes. De no retirar EL ASOCIADO sus productos, bienes y/o equipos dentro del plazo establecido que fuera comunicado por escrito por EL ASOCIANTE donde se expresa la conclusión del contrato o resolución del mismo, EL ASOCIANTE está autorizado por EL ASOCIADO a trasladar los bienes debidamente inventariados a un depósito.

i) Cumplir con el pago de los tributos derivados de los servicios y/o ventas realizados como consecuencia de la gestión del presente servicio.

j) Otorgar las facilidades del caso a favor de EL ASOCIANTE para establecer descuentos en el desenvolviendo de campañas de salud, exoneraciones, casos sociales, etc.; debidamente coordinado entre las partes.

k) Otorgar un servicio de exclusividad a favor de EL ASOCIANTE dentro del Distrito de Santiago de Surco en lo que respecta a salud. EL ASOCIADO reconoce que EL ASOCIANTE tiene dentro de sus planes aperturar mayores establecimientos de la Red Surco Salud con la finalidad de llegar a todos los sectores de Santiago de Surco; y por ende, se obliga a no prestar ni aperturar directa o indirectamente otros servicios médicos dentro del Distrito antes mencionado.

CLAUSULA QUINTA: DE LOS HORARIOS

El servicio materia del presente Contrato se prestará ininterrumpidamente en el horario establecido, de 8:00 am a 20:00 pm horas de lunes a sábado, salvo modificación del mismo por parte de EL ASOCIANTE.

EL ASOCIADO se compromete a controlar el horario de atención a los pacientes por parte de sus médicos durante los turnos de atención establecidos.

El ASOCIADO deberá presentar como fecha máxima siete (7) días antes de cada fin de mes el cronograma de horarios médicos a EL ASOCIANTE; teniendo como fecha de corrección hasta el último del mes en curso.

EL ASOCIADO tendrá un máximo de 48 horas de anticipación de comunicar el cambio o falta de personal médico y/o técnico. Dicha comunicación se deberá realizar a la administración de la sede de Surco Salud que corresponda o en su defecto al Director Médico que corresponda.

CLAUSULA SEXTA: DE LAS CONTRIBUCIONES

Como consecuencia del presente contrato de asociación, LAS PARTES acuerdan conforme a las bases establecidas y propuestas económicas ofrecidas, el(los) siguiente(s) porcentaje(s) de contribución: XXX.

Las partes dejan constancia que la única contribución económica es la establecida en la presente cláusula, renunciando ambas partes a cualquier acción legal sobre pretensiones relacionadas al pago de utilidades, entre otros.

EL ASOCIANTE autoriza a EL ASOCIADO, la instalación de una caja de venta del servicio o los servicios que brinde, siempre y cuando utilice el software de cobro y emisión de comprobantes de pago brindado por EL ASOCIANTE.

Asimismo, LAS PARTES dejan establecido que la(s) contribución(es) pactada(s) en el presente instrumento podrá(n) ser modificada(s) por EL ASOCIANTE, previo estudio de mercado, ante alguna eventualidad que ponga en riesgo el desenvolvimiento de Surco Salud.

CLAUSULA SEPTIMA: DE LAS COORDINACIONES

EL ASOCIANTE realizará el seguimiento, monitoreo y supervisión de las obligaciones de EL ASOCIADO a través del Gerente de la Unidad de Gestión de Surco Salud y/o Director Médico.

CLAUSULA OCTAVA: RESPONSABILIDAD FRENTE A TERCEROS

Sin perjuicios de las responsabilidades solidarias por LAS PARTES en los supuestos determinados por Ley, se deja establecido que la vinculación que existe como consecuencia de la celebración del presente contrato de Asociación en Participación, se limitará a las actividades expresamente indicadas en este, no existiendo relación jurídica entre los terceros y EL ASOCIANTE, y por tanto no se extiende a ninguna otra actividad que pueda desarrollar de manera independiente cada una de las partes del presente contrato.

En la eventualidad que EL ASOCIADO tuviera algún problema de carácter civil, penal, comercial, tributario y laboral con terceras personas ajenas a la relación contractual, serán asumidos íntegramente por EL ASOCIADO, respondiendo este de los daños y perjuicios que pudieran ocasionar a EL ASOCIANTE; en caso de no asumir estos compromisos será causal de resolución automática del presente contrato.

CLAUSULA NOVENA: PROHIBICION DE CEDER O TRANSFERIR

Ninguna de las partes podrá ceder o transferir, parcial o totalmente, su posición en el presente contrato a terceros; sin autorización de EL ASOCIANTE. La cesión de posición contractual a favor de EL ASOCIADO, se podrá autorizar únicamente en los siguientes casos:

a) Que el Cedente tenga participación en la empresa del Cesionario,

b) Que el Cesionario demuestre la participación y/o propiedad de los equipos instalados en el servicio, previa autorización y/o acuerdo con el Cedente.

c) Que el Asociado participe como consorcio con otra persona natural y/o jurídica.

CLAUSULA DECIMA: PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO

El presente contrato de Asociación en participación entrará en vigencia

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