Control de Ingreso de Sustancias Peligrosas
Enviado por poland6525 • 17 de Marzo de 2018 • 1.189 Palabras (5 Páginas) • 592 Visitas
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Tener en su poder y estar capacitado en el uso y manejo de las Hojas de Seguridad de las sustancias peligrosas que ingresen a faena.
EL GUARDIA DE GARITA DEBE DAR CUMPLIMIENTO A TODOS Y CADA UNO DE LOS PROCEDIMIENTOS INDICADOS EN EL PRESENTE INSTRUCTIVO.
De los Checklist
El Guardia de Garita deberá completar el checklist correspondiente, de acuerdo al registro del presente Instructivo. Se deberá controlar TODOS los camiones que pasen por las garitas de control.
Los documentos checklist deberán ser firmados por el Guardia de Garita que efectuó el control respectivo y el conductor del camión que ha sido revisado e inspeccionado. Los documentos checklist deberán ser almacenados en las Instalaciones de Garitas respectivas por Personal Expeditor.
En caso que no se cumpla con algunas de las condiciones consideradas en el checklist, el camión no podrá continuar su desplazamiento hacia el interior de faena, siendo de inmediato comunicado al Administrador de Contratos correspondiente a la carga transportada.
De los Camiones y sus conductores
En el caso de los camiones, se deberá poner especial énfasis en el cumplimiento de la normativa legal relativa a los distintivos de seguridad de la carga y el estricto cumplimiento de la Normas Chilenas.
El conductor del camión, deberá portar permanentemente el Checklist de origen y Procedimiento de Contingencia.
Se debe dar cumplimiento a la Ley de Tránsito para lo cual el conductor debe poseer licencia clase A5, o la equivalente según estipula la Ley de Tránsito.
De las Instalaciones
El Guardia de Garita será el encargado de velar por el cuidado y la seguridad de las Instalaciones y sus equipamientos. Asimismo, será el responsable de cumplir las tareas operacionales que le sean encomendadas, para el correcto funcionamiento de las Instalaciones.
De la toma de muestra de Alcotest:
El Guardia de la Garita deberá realizar examen de alcotest a todos los conductores de sustancias peligrosas y en forma aleatoria a los conductores de carga general.
Para que el conductor esté autorizado a continuar viaje deberá marcar 0.00 grs/lt de alcohol.
En caso de detectar algún valor superior no podrá continuar viaje hacia el interior de la faena.
El resultado quedará como registro en un Acta de Alcotest, que administrará la Garita de Control y los resultados serán enviados al Departamento de Prevención de Riesgos de Faena, para su notificación a la administración de la empresa involucrada.
Ante negativa a la toma de Alcotest el Guardia de Garita no autorizará la continuación del viaje e informará de inmediato al Departamento de Prevención de Riesgos de Faena quienes informarán al Administrador de Contrato respectivo de SCM MLCC y a la empresa contratista correspondiente. Por otro lado, SCM MLCC podrá dar aviso a Carabineros de Chile para que actúe conforme a la Ley.
Consideración Especial.
Los Guardias de Garitas deberán tener especial cuidado para determinar si el conductor se presenta con cansancio evidente, con sueño, bajo la influencia del alcohol, antigüedad del camión, etc.
Ante la detección de algunos de los aspectos mencionados anteriormente, se debe prohibir continuar la marcha hacia el interior de faena, y se procederá a dar aviso de inmediato al Expeditor.
El Expeditor deberá presentar al Departamento de Medio Ambiente de SCM MLCC, semanalmente un informe del flujo de sustancias peligrosas que se controlen en las garitas de control y al finalizar el mes, deberá presentar a la misma unidad indicada, la información consolidada.
Prohibiciones.
Los Guardias de Garita deberán dar estricto cumplimiento al presente Instructivo. No está autorizado para hacer concesiones de ningún tipo.
- Registros: CHECK LIST INSPECCIÓN CAMIONES EN GARITAS DE CONTROL
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