DERECHO CONSTITUCIONAL TEMA I TEORÍA DE LA CONSTITUCIÓN
Enviado por monto2435 • 21 de Mayo de 2018 • 19.874 Palabras (80 Páginas) • 401 Visitas
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1. 2 CLÁSICA.
Fue en esta etapa cuando quedaron establecidas las bases fundamentales del estado constitucional. Durante ella surgieron las primeras grandes constituciones escritas, que paulatinamente fueron generando un proceso de imitación en muchos países del mundo. La ubicamos en la segunda mitad del siglo XVIII. Los dos acontecimientos más importantes que originaron esta relevante consecuencia política fueron la Revolución Norteamericana y la Revolución Francesa, manifestando ante la historia el criterio de que el pueblo debía darse una constitución, y que esta debía tener la categoría de ley suprema, escrita, codificada y sistemática. Esta concepción política se asentaba sobre tres nociones básicas: a) la superioridad de la ley sobre la costumbre, b) la renovación del contrato social, en virtud de la constitución, c) la idea de que las constituciones escritas eran un medio excepcional la educación política para hacer conocer a los ciudadanos sus derechos y sus deberes.
La Constitución Norteamericana: el 4 de julio de 1776 un congreso de 13 colonias declara la independencia de ellas, donde se menciona el derecho a la vida, libertad, propiedad, resistencia a la opresión, etc. Días antes de ser declarada la independencia el estado de Virginia sanciono su propia constitución cuya declaración de derechos es considera como la primera de la historia. En 1777 se dictan los artículos de la confederación y de la perpetua unión. Creando un órgano común de la confederación, el congreso, que más tarde en 1787, convocaría a la asamblea que daría origen a la constitución de los Estados Unidos de Norteamérica. La Constitución fue puesta en vigencia en 1788, el texto redactado se componía de 7 artículos y carecía de declaración de derechos, omisión que fue suplida con las diez primeras enmiendas, las cuales sancionadas por el congreso entraron en vigencia en 1791.
La Revolución Francesa: fue en 1789 y promovió una modificación radical, abrupta, violenta, surgió en medio de una severa y profunda crisis económica. Si bien la toma de la Bastilla, el 14 de julio de 1789, es uno de los símbolos del inicio de la revolución, es evidente que la revolución comenzó mucho antes. La declaración de los derechos del hombre y del ciudadano, fue aprobada por la asamblea Constituyente de Francia el 26 de agosto de 1789.
La declaración de los derechos: este documento dictado en 1789 tiene una clara inspiración iusnaturalista. Consta de diecisiete artículos, constituye un instrumento institucional. Francia tuvo a partir de entonces diversas constituciones, la última de las cuales es la de 1958, parcialmente modificada en nueve oportunidades hasta 1995. La actual constitución comienza haciendo mención de aquella declaración proclamando su adhesión.
La Burguesía y el cuarto estado: al producirse la revolución había tres estamentos, dos privilegiados, el clero y la nobleza, y el tercero los burgueses. Mientras las clases gobernantes sé corrompían con el poder, la burguesía iba labrando el presente, asegurando el porvenir, llegando un momento que los burgueses dominaban la economía, el comercio la banca, entonces oriento el arte, poseyó la ciencia y así domino todo. El cuarto estado aparece con posterioridad a la revolución, se los llamo el proletariado. Los descamisados, los muy pobres fueron el origen del cuarto estado, la clase trabajadora.
Fueron muchos los países que comenzaron a sancionar sus respectivas leyes fundamentales durante ese período, que comprende la mayor parte del siglo XIX. Casi todas ellas siguieron, los grandes modelos del constitucionalismo clásico. En Francia, después de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, aparecieron las constituciones de 1791, 1793, 1795 y 1799. En España se sancionó en 1812 la Constitución de Cádiz, un largo repertorio constitucional de 348 artículos. Suiza sancionó su constitución en 1848. También aparecen en Suecia (1809), Noruega (1814), Bélgica (1831) y Dinamarca (1849). La mayoría de los países sudamericanos habían sancionado su constitución, Chile (1813), Perú (1823), Uruguay (1830) y Paraguay (1844).
1. 3 SOCIAL
Es el proceso constitucional que tuvo sus primeras expresiones normativas a comienzos del presente siglo y que se caracteriza por enriquecer el constitucionalismo liberal con una visión más amplia del hombre y del estado. Tutela al hombre frente a diversas situaciones que debe afrontar (enfermedad, trabajo, vivienda, salud, etc.). Pasa a un enfoque más participativo de parte del estado, se le reconoce al estado un papel activo y protagónico, para hacer posible el goce de los derechos constitucionales. En este enfoque aparecen el estado de bienestar, el estado benefactor, y más moderadamente el estado social y democrático de derecho. El constitucionalismo social no reniega del liberal o clásico, por el contrario enriquece su obra con nuevos aportes, completa el marco de protección de la libertad. Sus primeras manifestaciones fueron a principios de este siglo, la encíclica Renum novarum, de 1891, el código de Malinas de 1920. Los primeros ejemplos de cláusulas económico – sociales fueron las constituciones de México de 1917 y la de Weimar de 1919 de Alemania. Su difusión cobro especial relevancia después de la segunda guerra mundial.
TEMA II
ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL CONSTITUCIONALISMO MEXICANO
2. 1 LA CONSTITUCIÓN MONÁRQUICA DE 1812.
La constitución de Cádiz de 1812 es la primera constitución española en la cual se ven plasmadas las voces de todo el pueblo que exigían de forma agónica la libertad de sus derechos para poder dejar atrás al absolutismo de la monarquía, en España eran tiempos violentos y de desigualdad social y económica, las Américas eran dominadas por virreyes que eran impuestos directamente por los reyes de España en México la constitución apenas y fue aplicada muy brevemente aunque fuera de su aplicación esta seria de vital importancia para la independencia de México ya que Morelos reunió a varios simpatizantes en Apatzingán y dio la primera constitución de México el 28 de octubre de 1814 es así pues como indica el historiador Cuevas Mariano en su libro historia de la nación mexicana (1940) “no fue el cura Hidalgo si no los españoles peninsulares, quienes iniciaron la independencia de México”
Es así que en España se empieza a dar los primeros pasos para que en México se creará una carta magna definitiva aunque pasaría un siglo para poder lograrla; la constitución de Cádiz se gestó años atrás
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