DIVORCIO INCAUSADO - APUNTES VARIOS.
Enviado por Stella • 8 de Marzo de 2018 • 2.876 Palabras (12 Páginas) • 444 Visitas
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DE LA INDEPENDENCIA, ENTIDAD FEDERATIVA DE GUERRERO, oficialía cinco 05, libro uno 1, acta treinta y cuatro 00034, Bajo Protesta de decir Verdad manifiesto que no firmamos capitulaciones matrimoniales, actualmente las estoy tramitando y me dieron una simple copia fotostática sin valor como acuse, en el momento que me lo den el original de los apéndices o índices previos al matrimonio los presentaré antes de dictar la sentencia de mérito, acredito el vínculo matrimonial con la copia certificada del acta de matrimonio que agrego como (Anexo Uno).
2. De nuestro matrimonio no procreamos hijos.
3. Bajo Protesta de decir verdad, manifiesto que nuestro último domicilio conyugal se ubicó en el Primer Callejón de San Marcos número treinta, departamento C1 en la colonia Barrio San Marcos, en la Ciudad de México, delegación AZCAPOTZALCO, Código Postal 02020, entre San Marcos y Antiguo Camino a San Marcos, domicilio que sigue siendo su hogar de la señora MARIBEL GONZALEZ MIRANDA.
4.- Es mi voluntad disolver el vínculo matrimonial que me une con la señora MARIBEL GONZALEZ MIRANDA; petición que resulta procedente en atención a que ha transcurrido más de un año de la celebración del mismo;
5.- Al día de hoy el suscrito, tengo la capacidad económica suficiente, a fin de cubrir mis necesidades básicas, ya que obtengo mi ingreso como Ayudante General y taxista.
6.- Al día de hoy la hoy demandada, tiene la capacidad económica suficiente, a fin de cubrir sus necesidades básicas, ya que trabaja como Camarista en un Hotel y tiene la capacidad de cubrir sus necesidades.
7. El régimen patrimonial, bajo el que está sujeto el vínculo que nos une, es el de Sociedad conyugal.
8. En atención a que la señora MARIBEL GONZALEZ MIRANDA, no ha iniciado el trámite de solicitud de divorcio, es por lo que pido la disolución del vínculo matrimonial, con todas y cada una de las consecuencias legales que a dicha determinación corresponden, por lo que con fundamento en el artículo 267 del Código Civil para el Distrito Federal reformado, hoy ciudad de México, acompaño a la presente solicitud, el convenio respectivo, el cual solicito se tenga aquí por reproducido como si a la letra se insertase, en atención al siguiente criterio Jurisprudencial, cuya interpretación y aplicación le es obligatorio de conformidad con los artículos 192 y 193 de la Ley de Amparo: “DEMANDA. LA OBLIGACIÓN DE EXPRESAR LOS HECHOS FUNDATORIOS DE LA ACCIÓN, SE CUMPLE CUANDO EL ACTOR HACE REMISIÓN EXPRESA Y DETALLADA A SITUACIONES, DATOS O A LOS CONTENIDOS EN LOS DOCUMENTOS ANEXOS A ELLA (LEGISLACIÓN DE LOS ESTADOS DE SONORA Y PUEBLA)”, cuyos datos de localización son:
Novena Época
Registro: 181982
Instancia: Primera Sala
Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XIX, Marzo de 2004
Materia(s): Civil
Tesis: 1a./J. 63/2003
Página: 11
DEMANDA. LA OBLIGACIÓN DE EXPRESAR LOS HECHOS FUNDATORIOS DE LA ACCIÓN, SE CUMPLE CUANDO EL ACTOR HACE REMISIÓN EXPRESA Y DETALLADA A SITUACIONES, DATOS O A LOS CONTENIDOS EN LOS DOCUMENTOS ANEXOS A ELLA (LEGISLACIÓN DE LOS ESTADOS DE SONORA Y PUEBLA).
Si bien es cierto que los artículos 227, fracción VI, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora y 229, fracción V, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano del Estado de Puebla, de aplicación supletoria a los juicios mercantiles, establecen el imperativo de que en la demanda se expresen con claridad y precisión los hechos en que se sustente la acción que se ejercite, también lo es que tal obligación se cumple cuando el actor hace remisión expresa y detallada a situaciones, datos o hechos contenidos en los documentos exhibidos junto con la demanda, aun cuando éstos constituyan base de la acción, pues con esa remisión, aunada al traslado que se le corre con la copia de ellos, la parte demandada tendrá conocimiento de esos hechos para así preparar su defensa y aportar las pruebas adecuadas para desvirtuarlos.
Contradicción de tesis 26/2002-PS. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito. 12 de noviembre de 2003. Mayoría de 3 votos. Disidente: Juventino V. Castro y Castro. Ausente: Humberto Román Palacios. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretario: Heriberto Pérez Reyes.
Tesis de jurisprudencia 63/2003. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de doce de noviembre de dos mil tres.
De conformidad con el artículo 255 fracción X y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, hoy ciudad de México, para acreditar la procedencia del convenio que se acompaña a la presente solicitud, ofrezco las siguientes:
P R U E B A S
1. DOCUMENTAL PÚBLICA: Consistente en la copia certificada del acta de matrimonio de fecha treinta 30 de agosto de dos mil novecientos ochenta y seis 1986, contraje matrimonio civil con la señora MARIBEL GONZALEZ MIRANDA, bajo el régimen patrimonial de sociedad conyugal, ante la oficialía de COACOYULA DE ALVAREZ, MUNICIPIO DE IGUALA DE LA INDEPENDENCIA, ENTIDAD FEDERATIVA DE GUERRERO, oficialía cinco 05, libro uno 1, acta treinta y cuatro 00034, tal y como lo acredito con la copia certificada del acta de matrimonio que agrego como (Anexo Uno).
El hecho que se demuestra es que la celebración del matrimonio entre los hoy divorciantes.
La razón por la cual considero demostrare mis afirmaciones respecto de la solicitud de divorcio, es porque se trata de una documental publica, con pleno valor probatorio, de conformidad con los artículos 327 fracción IV y 403 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
2. DOCUMENTAL PÚBLICA, consistente en recibo de , del mes noviembre del año dos mil quince que conservo del tiempo que vivía allí, que acompaño como.
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