Derecho Constitucional..
Enviado por tomas • 9 de Abril de 2018 • 1.912 Palabras (8 Páginas) • 275 Visitas
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- Constitución en Roma
Remedio Sánchez Ferris define como constitución: “la ciudad de roma tiene caracteres muy parecidos a la griega (grupo social reducido, unidad religiosa y participación ciudadana) lo que la diferencia es que tiene conciencia de la existencia de una res publica diversa a los intereses privados y la proyecta sobre la distinción entre un derecho público y un derecho privado”
La res pública son aquellos que están reunidos sobre la base de un consenso sobre el derecho y de una comunidad con interés. La res pública no puede tener origen unilateral y violento, so no pacífico y consensuado.
- Constitución en la Edad Media
En la edad media no existió un concepto de constitución, puede hablarse el concepto Ley Fundamental como antecedente de la constitución.
Fioravanti habla de que “Existen rey, príncipes y señores, laicos y eclesiásticos que derivan sus poderes de manera más o menos segura y lineal de los poderes ya que a su vez tienden a considerar el objeto e su domino como un territorio más o menos unificado o como simple conjunto e tierras unidas de carácter feudal.
En general la Constitución medieval es limitada de los poderes públicos.
- Constitución de la Edad Moderna
La constitución según Rolando Tamayo y Salmorán:”Aparece como resultado de ciertos acontecimientos, de los cuales, algunos de los más importantes son: a ) aparición de los conceptos de comunidad y estado b)la protección jurídica de los pactos y el nacimiento de los civiles right c) aparición de cartas de las colonias inglesas de Norteamérica y d) el auge de la doctrina moderna del derecho natural.
- Constitución como norma jurídica
En primer momento la Constitución es una simple decodificación del sistema político superior, que representa el compromiso del poder monárquico, al que s ele atribuye el poder soberano, en cuanto a la forma de organizar y legitimar el ejercicio de tal poder. Segundo momento la Constitución como norma representa entre dos principios legitimadores el poder: el principio monárquico, que controla el ejecutivo y el principio popular que controla al legislativo.
No hay procedimientos constitucionales carentes de eficacia jurídica. Las normas orgánico-procedimentales, las normas sustantivas, las normas relativas a los derechos fundamentales, las normas que suponen garantías institucionales y las normas que suponen auténticos mandatos al legislador son auténticas fuetes de derecho objetico e imponen obligaciones.
Tipos de Constituciones
Tipos de Constituciones por su forma
Constituciones consuetudinarias
Las constituciones consuetudinarias son mezcla de usos y costumbres sobre la manera de gobernarse, fruto de la idiosincrasia de un pueblo concreto. Suelen estar acompañadas de algún texto escrito de carácter parcial por lo que podemos decir que tienen una pluralidad de fuentes normativas. Ejemplos de Constituciones consuetudinarias los tenemos en la Constitución inglesa y la de Israel.
Constituciones escritas
Las constituciones escritos son incorporadas por lo general a un texto único pero a veces formadas por una pluralidad de textos.
Un autor (Lord Bryce) estableció que esta clasificación más que a la forma respondía más bien a la mayor o menor dificultad para su modificación, lo que nos lleva a la siguiente clasificación.
Tipos de Constituciones por la mayor o menor dificultad de modificación
Constituciones rígidas
Son aquellas Constituciones que para modificarse establecen un procedimiento más agravado que el procedimiento legislativo ordinario. Según el grado de complejidad del mismo se denominarán bien rígidas, bien súper rígidas.
Constituciones flexibles
Se modifican mediante el procedimiento legislativo ordinario, lo que significa que una ley del parlamento puede cambiarlas.
Desde este punto de vista podemos decir que todas las consuetudinarias son flexibles pero no todas las escritas son rígidas porque puede haber Constituciones escritas que no tengan previsto un procedimiento especial para su modificación.
Tipos de Constituciones por su forma de establecimiento
En esta clasificación atendemos al hecho de determinar cual es el poder que está detrás de la aparición de un texto constitucional.
Cartas otorgadas
Las cartas otorgadas son las Constituciones del periodo de la monarquía limitada en el que el soberano (el rey) autolimita su poder mediante el otorgamiento de una "Constitución" y conservando todo el fondo de poder político del que no ha establecido una limitación expresa.
Cartas pactadas
Las cartas pactadas son las Constituciones del periodo doctrinario, orleanista o de monarquía constitucional pura en el que, como sabemos ya, se encuentran al mismo nivel la legitimidad del monarca y la popular representada en el parlamento. Rey y parlamento acuerdan una Constitución, que por eso se denomina pactada.
Constituciones de soberanía nacional
Las constituciones de soberanía nacional son aquellas Constituciones que reflejan ya la desaparición de la soberanía de los reyes y el triunfo de la legitimidad popular. Responden a la actuación de un poder constituyente que se encarna en el concepto de nación.
Aunque la explicación de esta clasificación parte de los supuestos históricos que caracterizaron, en Europa, la desaparición del Antiguo Régimen y su sustitución por el Nuevo Régimen su valor no es solamente histórico sino de circunstancias. Es decir, en nuestro tiempo también podemos contemplar estas variables tipológicas en distintos países de la tierra, en los que no hay reyes pero puede haber un dictador que en un momento dado autolimita su poder con una Carta Otorgada o las seudo Cartas Pactadas por las que se gobiernan muchos países árabes y asiáticos.
CONCLUSION
En esta breve investigación sobre la Constitución
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