Divorcio Unilateral Incausado.
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PROTESTO LO NECESARIO.
Mazatlán, Sinaloa, a 09 de mayo del 2016.
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IRASEMA CAMACHO
Aceptamos y protestamos al cargo de Procurador Judicial en términos del artículo 67 del Adjetivo Familiar.
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LIC. ___________________
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LIC. ___________________________.
PROPUESTA DE CONVENIO QUE SE PONE A CONSIDERACION DE ESTE H. JUZGADO, Y DE MI CONYUGE MANUEL JOSE RAMOS, CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 182 DEL CODIGO FAMILIAR PARA EL ESTADO MISMO QUE SE SUGETARÁ A LOS SIGUIENTES REQUISITOS DE LEY.
CLAUSULAS
PRIMERO.- Guarda y Custodia de nuestro menor hijo MANUEL JOSE RAMOS CAMACHO, se solicita quede a cargo de la suscrita IRASEMA CAMACHO, misma que se ejercerá en el domicilio ubicado en Calle Sixto Osuna y Callejón 9 S/N, en Barrón, , tanto en el procedimiento como después de que se declare ejecutoria la sentencia que se dicte en este juicio.
SEGUNDO.- La Patria Potestad de dicho menor, la ejerceremos conjuntamente y en todo tiempo los suscritos IRASEMA CAMACHO y MANUEL JOSE RAMOS.
TERCERO.- Derecho de visitas. El señor MANUEL JOSE RAMOS podrá visitar y convivir los fines de semana con el menor de nombre MANUEL JOSE RAMOS CAMACHO, en el domicilio ubicado en Calle Sixto Osuna y Callejón 9 S/N, en la Barrón, y en el horario que comprende de las 14:00 horas, en el entendido de que las actividades del menor no se vean afectadas, como lo es, descansos, comidas, y tareas, obligándose el Señor MANUEL JOSE RAMOS a regresarlo al domicilio que habite la madre antes de las 19:00 horas y abstenerse de querer hacer valer este derecho Si se encuentra Bajo los Efectos del Alcohol. Así mismo se obliga la suscrita IRASEMA CAMACHO, a dar toda clase de facilidades para que se lleve a efectos esas visitas, y permita salga el menor del domicilio en compañía de mi Cónyuge.
CUARTO.- Alimentos. En lo referente a los alimentos el señor MANUEL JOSE RAMOS, se propone que el cónyuge pague a nuestro menor hijo MANUEL JOSE RAMOS CAMACHO, la cantidad de $1000.00 (MIL Pesos 00/100 M.N) semanales, que en su totalidad consistirán en $4000.00 (Cuatro mil Pesos 00/100 M.N) mensuales, mismos que serán entregados de forma personal a la suscrita del menor la señora IRASEMA CAMACHO, la cual se compromete a entregar el recibo correspondiente a fin de garantizar el cumplimiento de dicha obligación.
Se propone dicha cantidad, ya que el señor MANUEL JOSE RAMOS, no cuenta con un trabajo fijo en ningún negocio o empresa, ya que el mismo se dedica por su cuenta a la fumigación de sembradíos en las parcelas, así como al changerismo.
QUINTO.- Respecto a la obligación de darnos alimentos entre los cónyuges, propongo que ambos quedemos exentos de otorgárnoslos, toda vez que uno y otro tenemos capacidad económica para sufragar nuestros alimentos.
SEXTO.- Uso del Domicilio Conyugal: Con respecto a la designación del cónyuge al que corresponderá el uso del domicilio conyugal la suscrita propone que el mismo quede a cargo del señor MANUEL JOSE RAMOS por ser el cónyuge que actualmente habita en dicho domicilio
SEPTIMO.- En virtud de nuestro matrimonio no adquirimos bienes muebles ni inmuebles de ninguna especie, es por eso que no hago alusión a ningún inventario y avalúo
OCTAVO.- No se hace propuesta en relación con la fracción VI, del Artículo 182 del Código Familiar del Estado, al no encontrarnos los consortes en ese supuesto.
Tomando en consideración lo antes expuesto, solicito se me tenga dando cumplimiento al convenio que hace alusión el artículo 182 del Código Familiar Vigente para el Estado, y solicitando que en el momento procesal oportuno sea aprobado de plano por su Señoría.
PROTESTO LO NECESARIO.
BARRON, MAZATLÁN, SINALOA, A 09 DE MAYO DEL 2016.
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IRASEMA CAMACHO
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