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EFECTOS ECONÓMICOS QUE GENERÓ EN LAS PERSONAS NATURALES Y EN LOS PROFESIONALES DEL ÁREA CONTABLE DE LA CIUDAD DE QUIBDÓ LA IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA TRIBUTARIA 1607 DE 2012

Enviado por   •  19 de Abril de 2018  •  10.355 Palabras (42 Páginas)  •  466 Visitas

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Asimismo, el Gobierno Nacional formalizó la reforma tributaria, como una Ley de carácter distributivo, que modificó lo concerniente a los impuestos nacionales de rentas y otros impuestos.

Enpalabras del tributaristaTulio Restrepo(2014, p.8) se afirma que “la intención del Gobierno no es otra que redoblar el control fiscal sobre las personas naturales, y de esta manera ampliar la base de contribuyentes”. Es decir, se estimó que al menos un millón de colombianos más fueran sujetos del impuesto sobre la renta, aunque aclaró que “no todos deberán pagarlo, ya que muchos podrían tener saldos a favor por haber pagado retenciones en la fuente por salarios y comisiones”.

Además deben presentar el certificado de deducciones a aportes de salud obligatoria y complementaria, intereses por créditos para vivienda y rentas como la pensión y los ahorros en cuentas AFC.

Por ejemplo una persona natural que sea profesional e independiente que desempeñe cargo de docente y esté devengando un salario mensual de $3.8000.000 y facturen la totalidad de operaciones y sus ingresos hayan estado sometidos a la retención en la fuente, debe declarar renta y pueden deducir el 100% de los costos y gastos que se hayan ocasionado por el ejercicio de su actividad. Por ende su saldo a pagar podría ser cero (0).

A su turno, el también tributaristaLuis Hernando Franco Murgueitio(2014, p.8) anotó que “los nuevos montos, sobre todo para los empleados, son muy bajos”, pues se nota que el objetivo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales “DIAN” es buscar nuevas fuentes de ingresos para ampliar su recaudo cada año.

Esta Ley, fue uno de los mayores temores en las personas naturales de la ciudad de Quibdó, debido a que, al reducir los topes de ingresos anuales los obligó a declarar.

Sin embargo y antes las pocas evidencias halladas en torno al tema, conviene resaltar que la exigencia de declarar a los nuevos contribuyentes del impuesto de renta, es decir, comerciantes de restaurantes, panaderías, cafeterías, heladerías, legumbreras, bares, y una gran parte del magisterio quibdoseño que se encuentran en el escalafón 11 en adelante, y que además tenga 1 o 2 pensiones y los docentes regidos con el escalafón 3, le permitió tener conocimiento y control de su patrimonio y pasivos, es decir, tener su patrimonio legalizado, brindándole la facilidad de realizar algún tipo de actividad financiera.

Por tanto, estos ingresos incluyen salarios, prestaciones sociales, bonificaciones, indemnizaciones, pensiones, arrendamientos y rendimientos financieros, entre otros. En estos patrimonios los docentes deben incluir, el patrimonio bruto, es decir, lo que se tiene, como lo son los activos fijos como casa, finca, maquinaria y vehículos y los activos disponibles, que hacen referencia a cuentas de ahorro, CDTs, inversiones, fiduciarias, aportes y ahorros en cooperativas, entre otros.

Es importante aclarar, que uno de los objetivos del Gobierno Nacional, es combatir y mejorar el desarrollo económico, social y fiscal;y además financiar y hacer sostenible el gasto necesario para satisfacerlas necesidades públicas y mejorar la calidad de vidade la población, específicamente en la ciudad de Quibdó, la cual se logra mediante la aportación u obligación que tienen los contribuyentesen pagar los tributos.

Por consiguiente, el Gobierno ejecuta el Presupuesto General de la Nación, señalando los recursos monetarios para respaldar los gastos cada año,y luego distribuye el presupuesto, cumpliendo con las Transferencias de Ley establecidas en el Sistema General de Participaciones (Salud, Educación, Agua potable y saneamiento básico), es decir;los sanitarios, como los destinados a la construcción y mantenimiento de hospitales y centros de salud; la adquisición de equipos y aparatos médicos; a la adquisición de medicamentos; o al abono de los sueldos del personal sanitario, los educativos, como los ocasionados por la construcción de centros escolares; por la compra de material didáctico, equipos informáticos; o por el pago de sueldos al personal docente, los de seguridad y defensa, para costear la policía, los bomberos, los servicios de protección civil en general y las Fuerzas Armadas, entre otros.

Con todo, la Reforma trajo consigo cambioseconómicos negativos principalmentepara las personas naturales, dado que, algunoscontribuyentes afirman que para diligenciar las declaraciones necesitan un contador,ya que no cuentan con la capacidad idónea para realizar la declaración, y además el pago a los contadores tenía un costoentre $200.000 ymás de $1.000.000 aproximadamente,calculados por los ingresos económicos que el contribuyente tuviese.

Antes bien, los contadores manifiestan que la promulgación de la Ley fue benéfica para ellos, puesto que, afirman que al abrir la cobertura de contribuyentes aumenta los clientes, es decir, tienen más trabajo y por ende crecerán sus ingresos económicos y su labor serviría de utilidad para las personas naturales.

Así las cosas, los profesionales del área contable hacen una crítica constructiva a la DIAN acerca de los mecanismos que brinda a las personas naturales para diligenciar las declaraciones, debido a que especialmente a los pensionados en jubilación, invalidez, vejez, sobrevivientes o riesgos laborales de nuestra ciudad que se venía considerando como no obligados a presentar declaración de renta en consideración al monto de sus ingresos por concepto de pensiones.

Siguiente a ello, estanueva normatividad obliga a declarar, no significando que deban pagarlo; es decir, este pago efectivo se determina mediante una liquidación incluida dentro del mismo formulario de la declaración, en donde las pensiones mensuales inferiores a 1000 UVT ($26.841.000) se consideran rentas exentas al momento de establecer la base gravable para liquidar el impuesto de renta, siguiente a ello, si el contribuyente la incluye, la declaración quedará mala y será sancionado.

Por otro lado, muchos contadores no cobran el precio establecido por las declaraciones, dado que,tienen en cuenta el grado de familiaridado amistad que posean con el contribuyente.Estose evidenciócuando personas naturales expresaban que las declaraciones se las diligenciaba un amigo, un hijo e incluso un sobrino.

Más aún, otroscontribuyentes manifiestan que aunque le toca contratar los servicios de un profesional contable para diligenciar la declaración, esta les genera un saldo de cero (0).

Por consiguiente, si la declaración generaba saldo a pagar, le ocasionaba a laspersonasnaturales un gasto que no tenían estipulado, dinero queexpresan quepodría ser utilizado para otras actividades relacionada

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