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UNIDAD II: PROCEDIMIENTOS DE RETENCIÓN DE IMPUESTO PARA PERSONAS NATURALES RESIDENTES Y NO RESIDENTES.

Enviado por   •  20 de Mayo de 2018  •  3.124 Palabras (13 Páginas)  •  493 Visitas

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Esta división también permite la inclusión de los pagos por cuota de intereses por prestamos obtenidos para la adquisición de la vivienda principal o el desembolso por alquiler de residencia que habite como asiente permanente de hogar. Por otra parte se hace hincapié al contribuyente referiéndole que solo puede escoger uno de los referidos descuentos, por lo que si elige la opción de otros desgravamenes debe anexar los soportes de los pagos efectuados en el ejercicio fiscal a declarar.

REBAJAS DEL IMPUESTO.

Las Personas Naturales tiene la posibilidad de aplicar rebajas a través de la introducción de las cargas familiares al presentar la declaración de Impuesto Sobre la renta, éstas conforme a los establecido en la Ley, están descritas al cónyuge, los ascendientes y descendientes directos (padres e hijos) de quien presenta la declaración definitiva de rentas. Los cónyuges no separados de bienes son considerados como un solo contribuyente, salvo cuando la mujer casada opte por declarar por separado los enriquecimientos provenientes de sueldos, salarios, emolumentos, dietas, gastos de representación, pensiones, y demás remuneraciones distintas de los viáticos obtenidos por prestación de servicios bajo relación de dependencia. También se declaran los sueldos, salarios, emolumentos, dietas, gastos de representación, pensiones, y demás remuneraciones distintas de los viáticos obtenidos por prestación de servicios bajo relación de dependencia. De igual manera los honorarios y estipendios provenientes del libre ejercicio de profesiones no comerciales.

La normativa de la Ley establece que la Persona Natural puede aplicar una rebaja personal correspondiente a 10 unidades tributarias (U.T) y en caso de tener personas a su cargo, también se puede rebajar 10 U.T por el cónyuge no separado de bienes y 10 U.T por cada ascendiente o descendiente directo residente en el país. La mencionada rebaja nos e designa en el caso de descendientes mayores de edad, unicamente se aplica la rebajo en caso de incapacidad para el trabajo; o porque sean estudiantes, menores de 25 años.

PERSONAS RESIDENTES Y NO RESIDENTES.

Se considera como persona “Residente” para efectos fiscales, por su permanencia continua o discontinua en el país por mas de seis (6) meses en el año o período gravable, o que se completen dentro de éste.

Por otra parte, se considera como “No Residentes” las personas naturales de Nacionalidad Venezolana y domiciliados en el exterior, o las personas naturales de Nacionalidad Extranjera, cuando no cumplan con el período de permanencia por mas de seis (6) meses en forma continua o discontinua en el país.

UNIDAD III: CÁLCULO DEL PORCENTAJE INICIAL DE RETENCIÓN Y DETERMINACIÓN DEL NUEVO PORCENTAJE DE RETENCIÓN EN LOS CASOS DE VARIACIÓN.

Cuando los ingresos previstos para el año que inicia resulten equivalentes a 1.000 U.T. vigente, nace la obligación de presentar el formulario ar-i para determinar el porcentaje del Impuesto Sobre la Renta a Retener durante el año. (Base Legal: Decreto de Retención N° 1.808. Artículo 2).

En lineas generales el impuesto sobre la renta es aquel que grava un signo cierto y seguro de riqueza, o bien, la riqueza ganada o renta, teniendo como fuente, objeto y base de calculo , los ingresos netos percibidos por loas personas naturales y jurídicas, por ello se considera un impuesto justo y ecuánime.

FORMULARIO AR-1.

Es una herramienta utilizada por las personas naturales bajo relación de dependencia laboral, donde se determina el porcentaje de retención de impuesto que su agente de retención le aplicará sobre los sueldos, salarios y demás remuneraciones análogas que le pague o le abone en cuenta durante el curso del año. Este expresa de manera detallada la forma en que se evalúa y estima sobre la renta bruta el impuesto a enterar.

INFORMACIÓN BÁSICA A REQUERIR.

Los trabajadores que residan en el país y que se estimen obtener u obtengan de uno o mas pagadores o deudores, un total anual excedido de 1.000 U.T. tiene el deber de proporcionar a cada pagador o deudor la siguiente información requerida en el FORMULARIO AR-I:

- La totalidad de las remuneraciones fijas, variables o eventuales a percibir o que se estimen percibir.

- Las cantidades que estimen desembolsar dentro del año gravable por concepto de desgravamen, de no optar por el desgravamen único.

- El desgravamen único equivalente a 774 U.T. en caso de optar por esta modalidad.

- El numero de personas que constituyen carga familiar, que por lo tanto le dan derecho a rebajas de impuesto.

- Las cantidades retenidas de mas en años anteriores por concepto de impuesto sobre sueldo y demás remuneraciones similares, no reintegradas, ni compensadas o cedidas, y que correspondan a derechos no prescritos.

- El porcentaje de retención que deberá aplicarse en cada pago o abono en cuenta que le efectúe. (Base Legal: Decreto Retención N° 1.808. Artículo 4).

REMUNERACIONES POR SUELDOS, SALARIOS Y SIMILARES.

Constituyen la suma de dinero y otros pagos en especie que recibe de forma periódica la figura de un trabajo en general ( empleado u obrero) de su empleador por un tiempo de trabajo determinado o por la realización de una tarea especifica o fabricación de un producto determinado, diferenciando si eres una persona residente o no residente. El pago puede ser mensual, quincenal, semanal o diario en cuyo caso recibe el nombre de jornal (jornada).

Las remuneraciones pueden ser básicas o complementarias. Las remuneraciones complementarias responden a las características del trabajo realizado, a las condiciones personales o a la situación de la empresa.

DESGRÁVAMENES.[pic 1]

Los desgrávamenes son las deducciones de la renta de los contribuyentes antes de efectuarse el cálculo de impuesto según tarifa.

Estos significan disminuciones o descuentos al monto de la tributación que deben hacer los contribuyentes (personas naturales residentes) en materia de Impuesto Sobre la Renta. En esta sección se agruparan los desgrávamenes que el contribuyente estima a pagar en el año gravable, señalando separadamente el monto de cada uno de los cuatro rubros descritos sobre la renta, es decir, lo pagado a:

- Instituciones docentes

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