EL INGRESO DE CHINA A LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE COMERCIO. Análisis jurídico e implicaciones comerciales para México
Enviado por klimbo3445 • 12 de Agosto de 2018 • 7.385 Palabras (30 Páginas) • 433 Visitas
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Derivado de lo anterior y manifestando que China seguiría a la transición de una política liberal. El Grupo de Trabajo, manifestó su preocupación en cuanto a la fijación de los precios, los cuales eran impuestos por el gobierno. Por lo cual China se comprometió, la liberación de los precios y que estos se fijarían bajo la oferta y demanda, comprometiéndose a publicar los mecanismos para la fijación de precios, así como a los bienes y servicios aún no liberados.
Se desprende del Protocolo de Adhesión a China, las obligaciones que contralló al ser miembro de la Organización Mundial de Comercio, respetando lo que se mencionó en los párrafos que anteceden, relativo al principio de no discriminación y trato preferencial. Las obligaciones son los siguientes:
- Transparencia.
- Revisión Judicial.
- No discriminación.
- Acuerdos comerciales especiales.
- Derecho a tener actividades comerciales.
- Comercio de Estado.
- Medidas no arancelarias.
- Licencia de importación y exportación.
- Controles de precios.
- Subvenciones.
- Impuestos y cargas a la importación y la exportación.
- Agricultura.
- Obstáculos técnicos al comercio.[4]
Uno de los muchos impulsos para que China se incorporara a la Organización Mundial de Comercio, fue el de Estados Unidos de América, pero antes se negoció que China firmara unos acuerdos adicionales, tales como Acuerdo sobre Propiedad Intelectual, el Acuerdo de Servicios y la suscripción del paquete de la Ronda de Uruguay.
Otro motivo que tenía China para ser parte de la organización, derivaba que mientras el país asiático no fuera miembro, sus socios comerciales les podían imponer cualquier medida para restringir las importaciones provenientes de ese país. En el momento en que China se convirtiera en miembro, la gran cantidad de medidas de salvaguarda o proteccionistas, y otro tipo de restricciones vigentes, tendrían que eliminarse, o por lo menos ajustarse.[5]
Por tal motivo China quiso eliminar todos los aranceles y sobre importes que tenían sus bienes comercializados ante los países internacionalmente, pero tal beneficio viene con una obligación, que es de igual manera ajustar todas sus aduanas y eliminar o encuadrar los importes y aranceles derivados de la exportación e importación de mercancías nacionales y extranjeras.
Con dicho ingreso pudo colocar sus productos en mercados antes inaccesibles por las cuestiones referidas. Esa mayor apertura también supuso un aumento
de la inversión extranjera en el país, ya que el país elimino todas sus políticas proteccionistas, insitando al país en realizar reformas económicas-comerciales y así abrirse al mundo.
Una de las primeras Reformas que sufrió la estructura de china fue cuando el campo se abandonó definitivamente el sistema comunal de producción rural que estuvo en operación por muchos años.
En el trascurso de esta tesina, se habló del concepto todo único, el cual significa la aceptación de todos los acuerdos que hasta el momento habían sido alanzados, también significa la obligación de respetar los nuevos acuerdos sobre servicios y los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio. En este contexto, el Protocolo de Adhesión de China, forma parte de este concepto llamado, “Todo Único.”
Asimismo el OMC, tiene un Órgano de Solución de Diferencias, en donde sus miembros deben ajustarse a todas las disposiciones de la organización, los cuales deben interpretarse de manera armónica, considerando el principio de obligación de arreglar pacíficamente las controversias y el respeto de los sistemas jurídicos nacionales. [6]
III. LAS CUOTAS COMPENSATORIAS ENTRE MÉXICO Y CHINA BAJO LAS NORMAS MULTILATERALES DE LA OMC
México realizo investigaciones en los años 90 que tuvieron por nombre el “paquete china” que respondían a una política comercial de la protección a la industria frente a la apertura comercial. Previo a la ronda de Uruguay, así como también a la conformación de la OMC, lo que dio pie a los lineamientos que marcaron la ley de comercio exterior del 27 de julio de 1993 para no tener de parámetro de referencia lo después establecido en la OMC[7].
Con estas medidas el gobierno mexicano decidió aplicar cuotas compensatorias a diversos productos importados de China, dichas medidas abarcan sectores en lo general y forman parte de lo negociado en el anexo 7 del PACH entre México y china en el 2001, el establecimiento de esas cuotas fue una decisión completamente arbitraria por parte de México que tuvo la oportunidad de fijarlas de manera tan amplia y discrecional, porque china no era miembro del GATT y se le aplicó el trato de economía de no mercado dando como resultado cuotas excesivas. Se reconoce que el establecimiento de las cuotas no logró su propósito de protección a la industria nacional en razón de que no se establecieron de manera simultánea medidas para crear un entorno económico propicio para lograr una mejor competitividad en el mercado interno e internacional.
Posteriormente de acuerdo con el PACH y la OMC, México negocio el anexo 7 en 2001 considerando las cuotas compensatorias y el resultado fue que china aceptó que las cuotas compensatorias no se someterían al cumplimiento de las disposiciones de la OMC por un término de 6 años que concluyó el 11 de diciembre de 2007.
Más tarde Conforme al párrafo 17 del informe del grupo de trabajo del protocolo de adhesión de China a la OMC dicho país aceptó que temporalmente algunos miembros de la OMC pudieran mantener prohibiciones o restricciones a sus importaciones de conformidad con las reservas establecidas en el anexo 7 del PACH.
La República Popular de China es miembro de la o m c a partir del 11 de diciembre de 2001 de conformidad con la parte III sobre disposiciones finales Punto 2 del protocolo de adhesión, el PACH forma parte de los acuerdos de la OMC y por lo tanto su observancia es obligatoria para todos los miembros. En el PACH se acordó qué ha dicho país no debe otorgársele el tratamiento o reconocimiento de una economía de Mercado en 15 años o se hace que hasta el 11 de diciembre de 2016 todos los miembros de la OMC deben reconocerlo
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