El Juicio sucesorio intestamentario.
Enviado por Helena • 3 de Enero de 2018 • 1.016 Palabras (5 Páginas) • 791 Visitas
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dejó mi cónyuge, lo fue una casa habitación ubicada en GORRIONES NUMERO 11, ubicado en la colonia VILLA SONORA.
I N V E N T A R I O:
I.- Casa habitación consistente en 188.000 metros cuadrados de superficie de terreno y 86.490 metros cuadrados de superficie de construida, en la calle gorriones numero 11. Manzana 12 y lote 6 en la colonia Villa Sonora, Inscrita en el registro Publico de la Propiedad en Nogales Sonora el 18 de Mayo del 1990, bajo en numero 8767, de la Sección de Instrumentos Privados, Volumen 45, Se anexa copia certificada del instrumento número 0117006-1, en la ciudad de Nogales Sonora a los 10 días de Octubre de 1989; Certificada por el Lic. Andrés Octavio Ibarra Salgado, Titular de la notaria pública numero 99, en la ciudad de Nogales Sonora el día 05 de Enero del 2010; Con las siguientes medidas y colindancias.
* AL NORTE: 21.450 METROS CON LOTE NO. 5.
* AL SUR: 21.400 METROS CON LOTE NO. 7
* AL ORIENTE: 8.750 METROS CON AREA DE DONACION.
AL PONIENTE: 8.800 METROS CON CALLE DE LOS GORRIONES.
A V A L U O:
A dar cumplimiento a este requisito legal, estoy exhibiendo Avalúo con número 19002092610556763 expedido por perito valuador GILDARDO TELLECHEA HERNANDEZ, a solicitud de Nataly Fernada Maldonado Suarez, con fecha el día 16 de diciembre del 2009.
DERECHO:
Son aplicables en cuanto al fondo los artículos 1675 Fracción. Y 1684 en relación con el 334 y demás relativos y aplicables del Código Civil para el Estado de Sonora.
En cuanto al procedimiento son aplicables los artículos 752, 753 Fracción. II, 754 Fracción. Y 760, 761, 766, 767, 768, 770, 771, 778 Fracción. Y 757, 758 Fracción. Y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, A USTED C. JUEZ ATENTAMENTE PIDO SE SIRVA:
PRIMERO.- Tenerme por presentado en tiempo y forma con este escrito y documentos anexos denunciando juicio sucesorio intestamentario a bienes del señor MARIO ARTURO MALDONADO BERNAL.
SEGUNDO.- Por estar apegado a derecho admitir la presente demanda, acordando de conformidad a la brevedad posible.
TERCERO.- Dar intervención que corresponda al C. Agente del Ministerio Público adscrito a este H. Juzgado.
CUARTO.- Fije fecha y hora para que tenga lugar la junta de herederos.
QUINTO.- Se tenga por autorizados a los profesionistas designados en el proemio del presente escrito y por señalado el domicilio igualmente mencionado.
SEXTO.- Se giren los oficios correspondientes al Boletín Oficial del Estado, a la Dirección General de Notarias para efectos de que informe a este H. Juzgado si se dejó disposición testamentaria alguna a bienes del señor MARIO ARTURO MALDONADO BERNAL.
PROTESTAMOS LO NECESARIO
NOGALES, SONORA; A LA FECHA DE SU PRESENTACIÓN.
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